
Con la expansión del teletrabajo y el uso generalizado de dispositivos móviles en el ámbito laboral, el derecho a la desconexión digital se ha convertido en una herramienta clave para proteger la salud mental y el tiempo personal de las personas trabajadoras.
En España, el derecho a la desconexión digital está reconocido desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El artículo 88 de esta norma establece que trabajadores y trabajadoras tienen derecho a no atender llamadas, correos electrónicos u otras formas de comunicación profesional fuera de su jornada laboral, salvo causa de fuerza mayor.
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Promoción profesional a dedo
Bajo esta premisa, una empresa de plásticos de Málaga ha sido sancionada por la Inspección de Trabajo, según ha informado el sindicato CGT. En concreto, se trata de la compañía PLASTICOS IMA por haber violado la desconexión digital de sus trabajadores y por no dar la participación e información debida al comité de empresa.
Las resoluciones de la Inspección han sido dadas a conocer a CGT en plásticos Ima, como denunciante, esta semana, que tras la realización de la preceptiva investigación por parte de la inspectora actuante ha levantado dos actas de infracción contra los abusos laborales de plásticos Ima.
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Por un lado se ha constatado el incumplimiento empresarial del derecho de información, participación y consulta de la representación legal de las personas trabajadoras previsto en el art. 64.8 del Estatuto de los Trabajadores y en los artículos 19 y 26 del XX Convenio Colectivo Estatal de la Industria química, respecto a la promoción profesional realizada a dedo por la empresa, lo que conlleva la correspondiente sanción administrativa y el requerimiento para el cese en ese comportamiento empresarial.
Interrupción de las vacaciones de Navidad
Por otro lado, El Responsable de plásticos Ima en Archidona, “haciendo uso abusivo del poder de dirección”, interrumpió las vacaciones de Navidad a un grupo de nueve empleados en el periodo de parada de producción, para forzarles a realizar un curso de formación preventiva.
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Las comunicaciones de la orden se realizaron a través de los teléfonos particulares de los empleados violando el derecho a la desconexión digital, “perturbando el derecho al descanso vacacional y vulnerando el derecho a la intimidad de las personas afectadas”, por lo que se extiende acta de infracción contra plásticos Ima, exigiéndole el cese de conductas violadoras de la desconexión digital y atentatorias contra la intimidad de las personas trabajadoras.
“Se da la circunstancia que esa actuación ahora sancionada por la Inspección de Trabajo conlleva también la merma de días de vacaciones de los afectados, circunstancia sobre la que la Inspección debe pronunciarse próximamente para que se restituyan los días de vacaciones detraídos ilegalmente para realizar un curso de formación”, explican desde el sindicato.
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Añaden que “CGT en plásticos Ima, como sindicato mayoritario en esta empresa, continúa velando por el cumplimiento de la legalidad en un centro de trabajo donde, como ahora queda probado, han venido prevaleciendo conductas empresariales abusivas, ilegales e impropias en el siglo XXI”.
Una huelga de dos semanas
Y es que este no es el primer encontronazo entre la empresa y el sindicato, ya que el pasado noviembre CGT convocó una huelga indefinida, que acabó durando dos semanas.
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“Tras los intentos fallidos ante el SERCLA la pasada semana, la huelga indefinida en plásticos Ima ha dado comienzo a las 22h del domingo, 24 de noviembre, con un seguimiento masivo que ha provocado la parada obligada de toda la maquinaria y la producción al no tener ningún operario para trabajar”, así anunció el sindicato el inicio del parón.
Lo que defendían es que la empresa pretendía mantener “condiciones inferiores a las establecidas en el convenio estatal de la industria química, no compensar los festivos trabajados, seguir manteniendo la imposibilidad del disfrute del periodo de bocadillo obligando además a recuperarlo con horas de trabajo a mayores de la jornada anual de 1752h, establecer un calendario laboral ilegal para 2025, perpetuarse sin el obligatorio plan de igualdad (a esta empresa no le gustan laboralmente las mujeres) etc”.
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Al final, se acabó desconvocándose tras el envío de un burofax por parte de la empresa en el que se anunciaba “una Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo proveyendo ampliar arbitraria y unilateralmente la jornada anual prevista en convenio en 9 días, suponiendo de facto apropiarse de 1/3 del periodo vacacional anual de la plantilla y con los consiguientes perjuicios para la conciliación laboral y familiar”.
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