
La compañía aérea Ryanair ha sido condenada a abonar el importe pagado por una pasajera por poder viajar con su equipaje de cabina en varios vuelos entre 2019 y 2024. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino (Salamanca) establece que, al considerarse ilegal el cobro de una tarifa adicional para acceder a este derecho, la aerolínea lowcost deberá reembolsar los 147 euros que le costó a esta ciudadana embarcar en el avión con sus pertenencias.
La asociación para la protección de los consumidores Facua, de la que la afectada era socia, ha comunicado que se trata de la quinta sentencia judicial de este tipo en la que el magistrado falla a favor de uno de sus miembros en los últimos meses, desde que el pasado mes de noviembre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 multase a Ryanair y otras aerolíneas por estas prácticas abusivas. En total, la compañía irlandesa se enfrenta junto a Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea a sanciones de 179 millones de euros, de los que 107 millones deben ser abonados por la primera.
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Ryanair acumula tres condenas
Esta última resolución se suma a la tomada en abril condenando a Ryanair por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid y el mismo mes por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca en contra de Vueling. Esta última operadora ya había sido forzada en febrero a reembolsar este recargo a otro consumidor por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián, así como Ryanair, a quien condenó en diciembre de 2024 el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz.
Yolanda Garrido Legarreta denunció el pago indebido de un sobrecargo por su equipaje de cabina en cinco vuelos diferentes realizados junto a su hija entre marzo de 2019 y el mismo mes de 2024. Se trata de un primer trayecto realizado entre el aeropuerto de Madrid y el de Londres, así como un segundo con origen en Manchester y destino de vuelta en Madrid, ambos ejecutados a lo largo de 2019. En 2023, Garrido y su hija viajaron de Madrid a Mallorca y de Mallorca a Valladolid con la compañía de vuelos de bajo coste, mientras que el último de los desplazamientos incluidos en el caso es un trayecto Madrid-Milán en 2024.
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Tarifa extra en casa vuelo
Según denuncia la consumidora, la aerolínea forzó a ambas viajeras a adquirir el suplemento ‘Priority’ junto con su billete, un recargo adicional necesario para poder acceder a la cabina del avión con su equipaje de mano. Facua señala que se trataba de una maleta de dimensiones reducidas con objetos básicos para el viaje, mientras que la afectada asegura que “cabían perfectamente en los compartimentos de la cabina”, una de las condiciones que demanda Ryanair para poder viajar con el equipaje.
Raquel Martínez Marco, la jueza en el caso de Garrido, asegura en la sentencia sin posibilidad de recurso a favor de la consumidora que, al tratarse de “un elemento indispensable del transporte de los pasajeros”, el equipaje de mano “no puede ser objeto de suplemento de precio”, por lo que Ryanair deberá reembolsar el importe pagado.
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