
Existe una sensación de pánico común entre la población activa ocupada cuando, por ejemplo, estamos de baja laboral durante mucho tiempo, o, por otro lado, cometemos un error en el trabajo. ¿Dónde están los límites legales para justificar un despido? Esto lo explica el abogado laboralista Juanma Lorente, del despacho Morán Ortiz Abogados, quien a través de su cuenta de TikTok (@juanmalorentelaboralista) ofrece asesoramiento legal en materia de despidos y derechos laborales. En uno de sus últimos vídeos, Lorente aclara qué razones no pueden ser utilizadas por las empresas para extinguir un contrato de trabajo de manera justificada.
“Por llegar tarde un día a tu trabajo no te pueden despedir. Incluso por faltar un día, tampoco”, explica el letrado al comienzo del vídeo. En la misma línea, subraya que tampoco se puede justificar un despido por un error profesional si la empresa no actúa en tiempo y forma: “Si cometes un error gravísimo en tu trabajo, pero pasan dos meses desde que la empresa lo sabe, tampoco te podrán despedir por ello”. Otra de las situaciones que menciona es la realización de funciones fuera de la categoría profesional. “Si ese error gravísimo lo has cometido realizando funciones que no son las de tu categoría, en ningún caso te podrán despedir”, insiste, en alusión a casos en los que se asignan tareas ajenas al puesto pactado en contrato sin que medie una promoción o modificación formal del contrato.
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Lorente también aborda un punto especialmente sensible: las bajas médicas. “No te pueden despedir por cogerte muchas bajas. De hecho, tú no te coges las bajas. Las da el médico. Si lo necesitas por una enfermedad, pues ya está. Es lo que hay. No te pueden despedir por ello”, añade, recordando que las ausencias por enfermedad están amparadas por la ley y no constituyen un incumplimiento contractual.
De bajas médicas a conciliar
Otro de los motivos que no puede dar lugar a un despido es el ejercicio de derechos laborales básicos. “No te pueden despedir por reclamar tus derechos. Jamás te podrán despedir por pedir un permiso retribuido y tampoco por querer reducir la jornada para conciliar la vida laboral con la familiar”, explica el abogado. Se refiere así a supuestos protegidos legalmente, como los permisos por nacimiento, fallecimiento o cuidado de familiares, y a las reducciones de jornada reconocidas por el Estatuto de los Trabajadores.
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A pesar de esta protección, Lorente matiza que el despido sigue siendo posible, pero con consecuencias para la empresa si no se ajusta a la legalidad. “Sí, te pueden despedir, pero si lo hacen o bien tienen que pagarte una indemnización o bien te tienen que reincorporar”, concluye. En estos casos, el despido sería considerado improcedente o nulo, lo que implicaría el pago de una compensación o la obligación de readmitir al trabajador.
Por ello, el abogado recomienda que, ante un despido basado en alguno de estos motivos, se acuda a la vía judicial. “Te aconsejo que si te han despedido por alguna de estas razones, demanda, porque seguramente vayas a ganar el juicio”, afirma.
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