
La campaña de la Renta de 2024, que se puede realizar desde el 2 de abril de este 2025, llega con múltiples novedades que afectan a diversos aspectos de la vida económica de todos los que deben realizarla.
Y entre las novedades más destacadas se encuentran el aumento de las deducciones por donaciones, los cambios en los mínimos exentos para quienes tienen más de un pagador- algo que ha generado mucho debate durante los últimos meses- y un mayor control sobre las transacciones realizadas en plataformas digitales, como Vinted o Wallapop, o bien en plataformas de inversión de criptomonedas.
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No obstante, estos no son los únicos cambios, y es conveniente conocer de cerca cuáles son todos los ámbitos donde hay algo nuevo, para así tener plena conciencia de que se está realizando la declaración de manera correcta, y de esta forma no incurrir en errores que podrían acarrear sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Aumentan las deducciones por rendimientos del trabajo y los mínimos exentos
Uno de los cambios más relevantes afecta a los contribuyentes con las rentas más bajas. Y viene con la reducción por rendimientos del trabajo, que se incrementará de 6.498 euros a 7.302 euros anuales. Así, este ajuste permitirá que las personas con ingresos más modestos reduzcan su base imponible, lo que se traduce en un menor pago de impuestos.
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Pero, por otro lado, el mínimo exento para quienes tienen más de un pagador se ha elevado. Hasta ahora, los contribuyentes estaban obligados a declarar si sus ingresos superaban los 15.000 euros anuales. Sin embargo, para 2025, esta cifra aumenta a 15.876 euros, en línea con el incremento del Salario Mínimo Interprofesional.
En este contexto, será obligatorio presentar la declaración si los ingresos del segundo y posteriores pagadores superan los 1.500 euros. Ahora bien, en el caso de quienes tienen un único pagador, el límite para declarar se mantiene en 22.000 euros anuales.
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Otro asunto es el de las deducciones por donaciones. La principal novedad es que los contribuyentes podrán deducir el 80% de los primeros 250 euros donados a entidades oficiales, un aumento respecto al límite anterior de 150 euros. Y además, para las donaciones que superen esa cantidad, la deducción será del 40%, en lugar del 35% que estaba vigente hasta ahora.
Por último, dentro de las donaciones, si el contribuyente ha realizado aportaciones a la misma organización durante los dos años anteriores, el porcentaje de deducción se incrementará al 45%.
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También llegan novedades para las personas en situación de desempleo, que se verán afectadas por nuevas disposiciones. Según el último cambio de criterio del Gobierno, no estarán obligadas a presentar la declaración de la renta en 2025, aunque esta obligación se retomará en 2026. Sin embargo, si los ingresos superan los 22.000 euros anuales, o 15.876 euros en caso de tener más de un pagador, sí deberán presentar la declaración.
Por su parte, también hay que recordar la novedad con respecto a los pensionistas de antiguas mutualidades, los cuales recibirán las devoluciones correspondientes en un único pago.
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Y también hay que tener en cuenta la normativa sobre deducciones por alquiler de vivienda, que este año experimenta modificaciones significativas. Hasta ahora, los propietarios que alquilaban inmuebles como vivienda habitual podían beneficiarse de una deducción del 60%. Sin embargo, en 2025, esta deducción se reducirá al 50% en la mayoría de las comunidades autónomas.
Eso sí, en las zonas declaradas tensionadas, como es el caso de Cataluña, se aplicarán deducciones especiales, debido a la Ley 12/2023, que busca garantizar el derecho a la vivienda y fomentar el acceso a alquileres asequibles.
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Un mayor control sobre las plataformas digitales
La obligatoriedad de declarar los rendimientos obtenidos en las plataformas digitales no es una novedad, pues ya era así en años anteriores. Lo que sí llega este 2025 con respecto a la declaración de la Renta de 2024 es la exigencia a las propias plataformas de reportar los datos de compraventa que se hayan llevado a cabo a lo largo del año en sus webs.
No obstante, Aitor Fernández, experto fiscal de Taxdown, ha tratado de aclarar que el objetivo no es perseguir a particulares que realicen ventas esporádicas, como la de un par de camisetas, sino prevenir actividades más significativas, como aquellas en las que se obtienen ingresos regulares sin estar registrados como autónomos.
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Por eso, las cifras son más o menos así: si se han vendido más de 30 productos de segunda mano en una misma plataforma o si el valor total de las transacciones supera los 2.000 euros, entonces esto deberá ser declarado.
Y, para concluir, hay que recordar el régimen fiscal para las criptomonedas, que en España establece diferentes tramos impositivos en función de las ganancias obtenidas. Los tipos aplicables en la base del ahorro, y no en la base general, oscilan entre el 19% y el 28%.
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