
El Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valladolid ha condenado a un cirujano a indemnizar a un paciente con 93.358 euros por los graves daños que sufrió a consecuencia de una actuación médica negligente.
Según señala la sentencia, la intervención quirúrgica, que se produjo el 1 de marzo de 2021 con el propósito de extirpar al paciente un pólipo benigno en el colon ascendente, “no resultaba necesaria, dado el tamaño, grado de displasia y tipo de arquitectura” del pólipo. El médico, además, al no localizar el pólipo en la porción del colon donde se había marcado, “continuó explorando mediante cirugía abierta sin recabar previamente el consentimiento del paciente o de alguno de sus familiares”, añade el texto.
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El doctor, indican desde la Asociación de El Defensor del Paciente, que se ha encargado de la defensa del caso, “realizó una cirugía desproporcionada y evitable, ocasionando graves secuelas físicas y psíquicas al paciente”. La operación, explican, derivó en complicaciones graves debido a un "error en el diagnóstico endoscópico previo y a una actuación de cirugía abierta desproporcionada", señala el letrado Santiago Diez Martínez, director de SDS Legal Abogados y adscrito a los servicios jurídicos de la asociación, quien asegura que esta sentencia “supone un importante reconocimiento del derecho de los pacientes a ser informados de manera adecuada antes de cualquier intervención médica”.
En este caso, añade el abogado, el cirujano “actuó de forma unilateral, adoptando una decisión que implicaba graves consecuencias, de las que tenía que haber informado al paciente, y en todo caso, comprobar la localización de ese pólipo antes de ampliar la cirugía de resección”, dado que esa decisión implicaba importantes repercusiones. “La actuación del cirujano fue precipitada, invasiva y con consecuencias devastadoras” para la salud del hombre, pues la cirugía abierta “resultó en una extirpación mayor del intestino y graves secuelas irreversibles”, añade.
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La sentencia también indica que como el pólipo era benigno y de pequeño tamaño (0,9 cm), “podía haberse tratado con resección endoscópica o seguimiento colonoscópico”.
Entre las consecuencias de esta actuación, el paciente sufrió la amputación de colon ascendente y transverso, con trastorno funcional y dos hernias periumbilicales, además de un trastorno de estrés postraumático, cicatrices abdominales innecesarias y alteraciones intestinales persistentes. El paciente permaneció de baja durante más de 14 meses debido a las complicaciones de la cirugía.
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Fallo judicial
La justicia, por tanto, ha concluido en su fallo que la actuación del cirujano no se ajustó a la lex artis médica y que la falta de consentimiento informado constituye un grave incumplimiento de los derechos del paciente. La sentencia desestima la responsabilidad del endoscopista, aunque reconoce que su diagnóstico previo fue erróneo en la localización y tamaño del pólipo, lo que influyó en la decisión quirúrgica posterior.
Por su parte, la presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, Carmen Flores, advierte de que este fallo “evidencia la necesidad de reforzar los protocolos de información y consentimiento en la práctica médica”. “No podemos permitir que errores de este tipo sigan ocurriendo y comprometan la salud de los pacientes de manera irreversible”, concluye.
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