
Los periodos de prueba en las empresas son muy habituales. Permiten al candidato un periodo de tiempo durante el que valorar su desempeño en el puesto de trabajo, teniendo en cuenta sus expectativas. La organización puede analizar si el trabajador se adapta a lo que buscaba, si cumple con las características demandadas y si se integra en el funcionamiento de la empresa.
Existen unos plazos concretos estipulados. En las empresas con más de 25 trabajadores, la prueba no podrá superar los seis meses de duración. Por debajo de este número de empleados, el límite está en tres meses. Durante este periodo, el trabajador cuenta con la mayoría de derechos que figuran por ley para un empleado estándar. La única diferencia es lo referente a su finalización.
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El despido durante la prueba
La principal característica de esta relación laboral es la posibilidad de resolver el contrato en cualquier instante. Para ello, no se requiere justificación alguna, pues se comprende que la decisión se toma valorando la adaptación al puesto durante la prueba. Por tanto, al igual que el trabajador puede abandonar la empresa, esta puede despedirlo sin aportar una explicación que deba cumplir con ciertas normas.
Otra de las diferencias es que no es obligatorio enviar un preaviso. En los contratos habituales, la empresa no puede comunicar de un día para otro una rescisión, pues los empleados cuentan con el derecho de un periodo mínimo de 15 días para adaptarse a perder sus ingresos. También ocurre en la otra dirección, pues el trabajador debe dar tiempo a la compañía para buscar un reemplazo. Esto no ocurre cuando se da durante una prueba, salvo que el contrato o el convenio incluyan algún tipo de cláusula.
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El trabajador sí recibirá un finiquito. La empresa deberá pagarle el sueldo pendiente de cobro. También lo equivalente a las vacaciones o pagas extra de las que no haya podido beneficiarse. Pero no existe una indemnización por el hecho de cortar la relación de trabajo, como ocurre en los casos usuales.
El despedido durante la prueba se convierte automáticamente en un desempleado. Esto le permite cobrar el paro. En principio, esto ocurre con cualquier tipo de despido, independientemente de cómo figures dentro de la empresa. Sin embargo, existen algunas excepciones, como el despido disciplinario o el colectivo. Esto podría hacer pensar que durante el periodo de prueba podría ser otra excepción, pero no es el caso.
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También hay despidos nulos
Aunque no deba existir una causa para el despido a estos trabajadores, puede haber situaciones que permitan la anulación de la destitución. Esto incluye los despido motivados por las bajas por paternidad o maternidad, por un embarazo o por casos de violencia de género o sexual. Si se demuestra algún tipo de estas discriminaciones, será declarado nulo.
De la misma forma, pueden ser despidos improcedentes. Esto ocurre cuando el contrato no establece una duración máxima de la prueba, o la fecha límite supere lo acordado con el convenio. De ahí que la existencia de los meses posibles sea muy relevante. Pero, como conclusión, más allá de estos casos determinados y excepcionales, los despidos en los periodos de prueba no requieren de aviso ni de una indemnización.
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