
Conducir demasiado rápido implica poner en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la vía, y por eso, también supone un severo castigo para los bolsillos de los conductores multados. Según un estudio realizado por Automovilistas Europeos Asociado, solo en 2022, la DGT ha recaudado más de 507 millones de euros en sanciones por exceso de velocidad.
Aunque la mortalidad en las ciudades españolas se sitúa entre las más bajas de Europa, la DGT ha seguido trabajando en reducir unas cifras que han experimentado un pequeño crecimiento. En 2022 se produjeron 1.042 accidentes en los que perdieron la vida 1.145 personas, un 4% más que en 2019. Una cifra que se pretende reducir con el papel de los 2.820 radares que hay en funcionamiento.
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Precisamente, la elevada cifra de estos dispositivos es lo que ha empujado a los conductores a instalar algún tipo de dispositivos que les alerte de la presencia de un radar. Y es ahí donde hay que mirar la ley. De los tres tipos que funcionan: avisadores, detectores e inhibidores, solo el primero de ellos es legal. El uso o la presencia de alguno de los otros dos en el vehículo es motivo de sanción.
Inhibidores de radar
La Ley de Tráfico aprobada en 2022 ha endurecido la normativa relacionada con el uso de este tipo de instrumentos. Si antes ya se sancionaba su uso, ahora solo la mera presencia de uno de éstos en el vehículo supondrá una multa, aunque no se esté utilizando.
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“Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros”. Así lo ha explicado el artículo 13.6 de dicha ley.
Sin embargo, no todos los mismos instrumentos reciben el mismo tipo de sanción. Los inhibidores de radar son los más castigados económicamente, con 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
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Cómo funciona un inhibidor
El motivo de la muy elevada multa por llevar este tipo de aparato es que no solo limitan la detección de la presencia de estos cinemómetros (tanto ondas como láser), sino que además interfieren en su funcionamiento, al emitir una señal que impide la detección del vehículo que circula a una velocidad por encima del límite.
Además, resulta conveniente recordar que la sanción no solo se limita al conductor, sino que también sale perjudicado el taller que lo ha instalado, que según la nueva normativa puede alcanzar una multa de hasta 30.000 euros.
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Detectores de radar
Por otro lado, los detectores, sean portátiles o instalados, son aparatos que avisan de la presencia de cualquier tipo de radar (móvil, fijo, de tramo o semáforo), gracias a su tecnología de espectro con ondas de radio que captan las señales emitidas por los cinemómetros.
Aunque se pueden confundir con los avisadores de radar, la principal diferencia consiste en que los avisadores se basan en las listas publicadas de la DGT y de la señal GPS del vehículo. La sanción que conlleva tener un detector de radar en el vehículo asciende a 500 euros y la retirada de 3 puntos del carnet.
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