Una autónoma consigue la gran invalidez por una artrosis severa con la que necesita de una tercera persona para trabajar de costurera

Además de la enfermedad en las manos, sufre de artrosis en los pies y ha sido sometida a una cirugía de cataratas en ambos ojos en 2011, con una supervisión médica continua debido a complicaciones en el ojo izquierdo

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Una costurera con una máquina de coser (ShutterStock).
Una costurera con una máquina de coser (ShutterStock).

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha otorgado a una autónoma el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta en el grado de gran invalidez, debido a que presenta un cuadro clínico severo con artrosis erosiva en las manos, limitando gravemente su funcionalidad y su capacidad para realizar tareas cotidianas esenciales. Además, se ha demostrado su dependencia de terceros para actividades diarias como comer, vestirse y asearse.

La mujer, nacida en 1957, trabajaba como autónoma en el sector textil, concretamente como costurera. En 2008, fue reconocida por primera vez con incapacidad permanente total debido a una artrosis erosiva en las manos, lo que le impedía desempeñar su actividad laboral habitual.

A lo largo de los años, la condición de la mujer empeoró. En una revisión médica realizada en julio de 2022, se confirmó que la trabajadora presentaba un cuadro clínico más complejo, incluyendo artrosis severa con nódulos de Bouchard y Heberden en las manos, lo que limitaba aún más su funcionalidad. Los informes médicos señalaron que tenía dolor constante en las manos, incapacidad para realizar un puño completo o una pinza con los dedos, y no podía extender o flexionar los dedos completamente. Además, la condición había llevado a una posición de semiflexión permanente de las manos.

Además de la artrosis en las manos, sufría de artrosis en los pies y había sido sometida a una cirugía de cataratas en ambos ojos en 2011, con una supervisión médica continua debido a complicaciones en el ojo izquierdo. Un informe de enero de 2023 emitido por su médico de atención primaria indicaba que la trabajadora padecía una pluripatología crónica, con un índice de Barthel de 40 puntos, lo que sugería una dependencia moderada para actividades de la vida diaria. Entre las limitaciones funcionales se destacaban la necesidad de ayuda para comer, lavarse, vestirse, usar el retrete y la presencia de episodios de incontinencia fecal y urinaria.

Debido a este empeoramiento en su salud, se abrió un expediente de revisión del grado de incapacidad en 2022. Tras la revisión, el INSS dictaminó que no había cambios en el estado de sus lesiones, manteniendo la calificación de incapacidad permanente total. Sin embargo, la trabajadora impugnó esta decisión, argumentando que sus limitaciones funcionales y la necesidad de ayuda para las actividades esenciales de la vida justificaban el reconocimiento de la gran invalidez. Esto llevo el caso a los tribunales.

Pensión del 100% sobre la base reguladora

En abril de 2023, el Juzgado de lo Social nº 1 de León falló a favor de la autónoma, considerando que la progresión de su artrosis y otras limitaciones le impedían realizar de forma autónoma actividades esenciales de la vida diaria, como vestirse, comer y desplazarse. Por ello, el juzgado le concedió la incapacidad permanente absoluta en el grado de gran invalidez, con derecho a una pensión del 100% de la base reguladora más un complemento económico destinado a cubrir la asistencia de una persona para los cuidados básicos.

El fallo del juzgado fue esta vez impugnado por el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social, que presentaron un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, argumentando que no se cumplían los requisitos para la gran invalidez y que había errores en el cálculo del complemento.

Finalmente, el TSJ ha acabado confirmando la decisión del juzgado de instancia, desestimando el recurso del INSS y ratificando el derecho de la afectada a la incapacidad permanente absoluta con gran invalidez. El tribunal ha considerado que la necesidad de asistencia para las actividades esenciales de la vida diaria estaba suficientemente acreditada, lo que justificaba el grado de incapacidad reconocido. Además, los jueces han respaldado el método utilizado para calcular el complemento por gran invalidez, basado en la fecha de la resolución administrativa de 2022 y no en la de 2008, como alegaba el INSS.

Un abogado explica los requisitos para recibir la pensión de incapacidad permanente por ansiedad generalizada.
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