Entre 200 y 500 euros: la sanción de la DGT que afecta a todos los conductores

La DGT recuerda que es obligatorio llevar una serie de documentos que acrediten tanto la legalidad del vehículo como la capacidad del conductor para manejarlo

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 Varios coches circulan por la autovía A5, a 5 de diciembre de 2023, en Madrid. (A. Pérez Meca/Europa Press)
Varios coches circulan por la autovía A5, a 5 de diciembre de 2023, en Madrid. (A. Pérez Meca/Europa Press)

La Dirección General de Tráfico (DGT) emite multas por diversas infracciones de tráfico. Madrid es la ciudad que más dinero recauda en multas de tráfico al año. El ayuntamiento de la capital, según el II Estudio Dvuelta sobre ayuntamientos y recaudación por multas, podría recaudar en 2024 alrededor de 211,4 millones de euros, un 6% más que en 2023.

Las principales razones son el exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas, el uso incorrecto del teléfono móvil o no utilizar el cinturón de seguridad. Pero también son generalizadas las sanciones por conducir sin llevar la documentación o tenerla sin actualizarse.

En España es obligatorio llevar una serie de documentos que acrediten tanto la legalidad del vehículo como la capacidad del conductor para manejarlo. Según explica la DGT, las multas pueden comprender desde los 200 euros hasta los 500 euros.

Los documentos imprescindibles en España

Es obligatorio llevar el permiso de conducir vigente que corresponda al tipo de vehículo que se está conduciendo. Este documento acredita que el conductor ha superado las pruebas necesarias para manejar un vehículo de motor. También es imprescindible llevar el permiso de circulación, que acredita que el vehículo está matriculado y autorizado para circular por las vías públicas. Debe estar vigente y llevar los datos correctos del vehículo y su propietario.

En tercer lugar, la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV) y el informe de la última inspección, que deben estar actualizados y con un informe favorable. Esto demuestra que el vehículo cumple con los requisitos técnicos necesarios para circular de manera segura.

Por último, pero no menos importante, el seguro obligatorio del vehículo. La DGT recuerda que es obligatorio tener contratado y vigente un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros. Se recomienda llevar una copia del recibo de pago del seguro para demostrar que está al corriente.

Las sanciones

En España, la falta de los documentos obligatorios al conducir puede conllevar distintas sanciones económicas. Según explica la DGT, las sanciones son:

La multa por no llevar el permiso de conducir puede ser de 10 euros si se puede demostrar que se posee el documento, aunque no se porte en el momento. Si no se tiene el permiso, la sanción puede ascender hasta 500 euros y la retirada de puntos del carnet.

No llevar el permiso de circulación: La multa por no llevar el permiso de circulación es de 10 euros si el documento está en regla pero no se lleva en el vehículo. Si el vehículo no cuenta con este permiso la infracción asciende a los 500 euros.

No llevar la Tarjeta ITV: No portar la tarjeta de ITV o el informe de la última inspección también puede conllevar una sanción de 10 euros. Si el vehículo no ha pasado la ITV, la multa puede ser de 200 euros.

No tener seguro obligatorio: La sanción por no tener un seguro de responsabilidad civil puede oscilar entre 601 y 3.005 euros, ya que dependerá de la gravedad de la infracción y de las circunstancias específicas del caso.

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