
El testamento es un acto jurídico en el que una persona determina quiénes serán los sujetos que reciban su patrimonio en el momento de su muerte.
Dejarlo escrito tiene numerosas ventajas para los herederos, ya que les facilita trámites y les permite ahorrar tiempo y dinero. Existen varias maneras de redactarlo, y su elección dependerá de las circunstancias de los causantes.
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El testamento notarial abierto es el más recurrente en España. Su formalización se lleva a cabo con la asistencia de un notario, quien orienta al testador, certifica su identidad y aptitud, y envía una notificación al Registro de Últimas Voluntades de la Dirección General de Registros y del Notariado. Es el más recomendado, sobre todo para las personas que no tienen problema en el que se conozca su contenido, ya que se facilita los trámites posteriores a los herederos.
El testamento notarial también puede ser cerrado, una alternativa ideal para aquellos que deseen mantener en privado su contenido. El autor redacta su testamento y lo almacena dentro de un sobre sellado. Su realización requiere la presencia de, como mínimo, un notario, aunque también puede contar con la asistencia de dos testigos adicionales. Una vez que el sobre esté cerrado, se sellará de forma que su apertura implique necesariamente dañar su envoltura.
Por otro lado, se encuentra el testamento ológrafo, que es aquel en el que el testador expresa sus voluntades de manera escrita, directamente con su puño y letra -no se considera válido si se redacta con un ordenador-, añadiendo la fecha y su firma al documento. Es el más barato para el causante, ya que su elaboración no genera costes. Este testamento cuenta con la ventaja del notarial cerrado por su confidencialidad, y además, puede ser elaborado por cualquier persona (no se requiere de terceros).
Pero aunque pueda parecer la mejor opción, sobre todo, por su ahorro en costes, es el que más desventajas conlleva, sobre todo, para los herederos.
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Desventajas del testamento ológrafo, el más barato
Lo primero que hay que saber, es que los herederos tendrán que demostrar la autenticidad del testamento. Un proceso protocolario que podría costarles hasta 100 euros, por la necesidad de peritos y otros expertos técnicos. Además, para hacerlo válido se requerirá de un proceso de lectura y legalización que tendrá que llevar a cabo un notario, lo que supone un coste añadido para los sucesores.
Otro problema que puede surgir es que no se encuentre. Es importante dejarlo guardado exento de riesgo, para que no se pierda y se pueda tener en consideración, pero tampoco que sea de difícil acceso, ya que si los herederos no logran encontrarlo, no se respetarán las voluntades del fallecido.
A pesar de que la edad natural para testar comienza a los 14 años, en este caso, el Código civil exige la mayoría de edad para otorgarlo.
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Por último, realizar este escrito solo, sin la presencia y el consejo de expertos con conocimiento legal en herencias, puede llevar a que se redacte mal, por ejemplo, sin incluir a los herederos forzosos; lo que conllevaría a su nulidad.
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