España cerró el año con 20.836.010 afiliados a la Seguridad Social, una cifra que demuestra el aguante del mercado pese a la desaceleración del PIB. Este es el mejor dato de empleabilidad en varias décadas y tiene en cuenta distintas realidades. Los trabajadores, unas veces por circunstancias médicas y otras por motivos personales, tienen que ausentarse durante un tiempo de sus puestos de trabajo. Esto es lo que se conoce como bajas laborales. En algunos casos, las personas afectadas solo necesitan un par de meses para retomar la rutina, aunque la situación puede prorrogarse durante más tiempo. En este contexto, son muchos los ciudadanos que se preguntan cuántos meses pueden estar de baja y qué parte del salario tienen derecho a recibir.
La baja laboral es uno de los múltiples derechos que tienen los trabajadores cuando enferman y, como consecuencia, no pueden desarrollar sus funciones en la empresa de manera habitual. La Seguridad Social regula tanto la duración como los supuestos en los que la baja laboral tiene lugar. Además, también gestiona y calcula las cuantías de la prestación por incapacidad temporal, es decir, el “subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador”, según detalla el organismo que dirige Elma Saiz en su página web.
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La baja laboral es un derecho de todos los trabajadores y ninguna empresa lo puede negar. Los empleados, sin embargo, no puede estar permanentemente en situación de incapacidad temporal, que es el nombre con el que se conoce formalmente esta condición. Esto quiere decir que, si una persona tiene una lesión irreversible o sufre alguna dolencia que perdura en el tiempo, puede prorrogar su baja para no anticipar la vuelta al trabajo. Los trabajadores solo pueden estar de baja laboral 365 días, es decir, un año, prorrogables durante otros 180 días si los especialistas prevén la recuperación médica y/o curación de la enfermedad en dicho período de tiempo. ¿Cuánto dinero pueden cobrar las personas afectadas?

¿Qué parte del sueldo cobras cuando estás de baja?
La incapacidad temporal se puede extender durante 365 días, prorrogables hasta en dos ocasiones si los médicos lo requieren y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) aprueba su veredicto. El organismo tiene la última palabra para aprobar una extensión de la baja de hasta 545 días —en los casos más extremos—. Si en ese período la indisposición no mejora, las personas afectadas pueden solicitar la incapacidad permanente y obtener la condición de pensionistas.
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La Seguridad Social ofrece una protección económica para los trabajadores que están de baja por una enfermedad común. El organismo explica en su página web que la partida surge a modo de “subsidio diario” para “cubrir la pérdida de rentas” que deriva de la enfermedad, accidente laboral o cualquier otra causa que justifique la incapacidad temporal. La cuantía de la prestación dependerá de la duración de la baja y el origen de la misma. En los casos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, los trabajadores pueden cobrar el 60% de la base reguladora entre los días 4 y 15. La aportación correrá a cargo de la propia empresa. La Seguridad Social se hace cargo de los desembolsos a partir del día 16 y desde el día 21 abona lo equivalente al 75% de la nómina. En los casos de enfermedad profesional o accidente laboral, los afectados cobran desde el primer día el 75% del salario.
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