
El 6 de septiembre de 2020, una mujer acudió a las Urgencias del Hospital Río Carrión, en Palencia, con fiebre por una celulitis con bacteremia y fallecía 19 días después por covid. La Consejería de Sanidad de Castilla y León ha sido condenada a indemnizar a la familia de la víctima al estimar que hubo una infracción de la lex artis (calidad exigible al servicio sanitario) ingresar a la paciente con una paciente infectada por coronavirus. El contacto entre ambas provocó la infección de la mujer, que falleció a los pocos días.
Al ingresar, a la paciente fallecida se le hizo el test de antígenos protocolario, en el que dio positivo. Eso bastó al hospital para que ingresara en una misma habitación con otros contagiados. En ese momento, para evitar falsos positivos, la primera prueba debía confirmarse con la realización de otra prueba más específica, COVID-TMA, con nueva muestra. Al día siguiente, esta prueba consecutiva dio negativo y trasladaron a la mujer a una sala en aislamiento.
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La paciente fue tratada de la enfermedad por la que fue ingresada, pero presentó un resultado positivo de PCR a los siete días del ingreso, desarrolló sintomatología propia de la covid-19 y falleció como consecuencia de la infección respiratoria. El abogado Santiago Díez, de la Asociación El Defensor del Paciente, ha sido quien ha gestionado la demanda, por la que el servicio de salud de Castilla y León (SACYL) ha tenido que indemnizar a la familia con una cantidad que los hijos de la víctima han preferido no hacer pública.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León es clara y contundente contra el servicio de salud castellanoleonés: “Basta sentido común, que un presunto infeccioso hasta que no se confirma que lo es no puede ser ingresado en una habitación compartida con otro que ya está diagnosticado como tal”, reza el escrito.
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El Hospital ocultó datos a la familia
Del mismo modo, el juzgado autonómico asevera que “en el hospital había habitaciones suficientes para ingresar a la paciente en habitación no compartida, lo que hubiera evitado el contagio hospitalario que se produjo al ingresarla en una habitación con una paciente ya confirmada con covid-19″.
La Asociación El Defensor del Paciente asegura que el texto jurídico es “pionero” al identificar infracciones en el funcionamiento del centro: ”La sentencia es muy importante porque es pionera al reconocer que existió una infracción de la lex artis al contagiar a una paciente de covid en el propio hospital por una falta de cuidado. Fue una grave responsabilidad no aislarla hasta confirmarse el contagio”, denuncia la organización.
Además, durante el proceso se obstaculizó a los hijos el acceso a datos clínicos con transparencia: “Desde el Hospital Río Carrión de Palencia, se hizo un gran esfuerzo para ocultar a la familia el contagio hospitalario. A pesar de que sus hijos reiteradamente solicitaron el Historial médico completo de su madre, al que tenían derecho, se les negó el acceso a las hojas de evolución. La covid no puede servir de excusa para justificar las negligencias médicas”, zanja la asociación.
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