
El juez a cargo del caso Neurona, que ha dedicado más de tres años a indagar posibles irregularidades en un contrato suscrito entre Podemos y una consultora mexicana para las elecciones de 2019, ha decidido archivar la causa al no encontrar indicios de apropiación indebida de fondos electorales ni de cualquier otro delito electoral.
Esta resolución se encuentra detallada en un auto emitido por Juan José Escalonilla, el titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid. En dicho auto, se ordena el sobreseimiento provisional de la causa relacionada con los delitos electorales que estaban bajo investigación. Además, se exime de responsabilidad a los exdirigentes de Unidas Podemos, Juan Manuel del Olmo, Daniel de Frutos y Carlos García Ramos, así como al empresario Elías Castejón.
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Después de haber sido revisadas ambas cuentas y realizadas las investigaciones necesarias, el juez ha dictado que “no consta indiciariamente acreditado que el numerario de la cuenta electoral desde la que se abonó el importe de dicho contrato fuera distraído para fines distintos a los contemplados en la LOREG. Esta es la razón por la cual no cabe apreciar la presunta comisión de un delito de apropiación indebida de fondos electorales tipificado en el artículo 150.1 de la LOREG. Tampoco del delito electoral tipificado en el artículo 149.1 de dicho mismo texto legal, en concurso de normas con los artículos 392.1 y 390.1 2º y 3º del Código Penal”, concluye D. Juan Jose Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción nº42 de Madrid.
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En ese momento, Escalonilla excluyó el delito de financiación ilegal en relación con Podemos y señaló que la investigación se centraba en la posible comisión de un delito electoral, sin prever la responsabilidad penal del partido.
Este martes, el magistrado ha decidido archivar el procedimiento al concluir que durante este período no se ha demostrado que “los fondos de la cuenta electoral desde la cual se pagó” el contrato con la empresa Neurona Consulting hayan sido desviados para fines distintos a los contemplados por la ley electoral.
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Sujeto a posibles recursos
El archivo del caso, sin embargo, está sujeto a posibles recursos. Se produce después de recibir el último informe pericial pendiente en el caso. Este informe evaluaba los “trabajos reales” realizados por Neurona Consulting en cumplimiento del contrato de 363.000 euros suscrito con Podemos en febrero de 2019 para la campaña electoral de abril de ese año.
El informe concluyó que el precio de los trabajos estaba dentro del rango medio del mercado e incluso ligeramente por debajo, y que los servicios cumplían con los estándares profesionales en el ámbito de la comunicación internacional y el diseño de campañas.
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Este argumento llevó al juez Juan José Escalonilla a archivar finalmente el caso, que se originó el 16 de julio de 2020 por presuntos delitos de administración desleal y malversación, después de una denuncia de José Manuel Calvente, un abogado del partido que fue despedido tras acusaciones de acoso sexual y laboral a otra letrada del partido, Marta Flor, un caso que posteriormente fue archivado.
“La factura de 26.200 euros es auténtica”
En 2021, el juez decidió imputar al cofundador del partido, Juan Carlos Monedero, debido a sospechas de elaborar una factura falsa para justificar un pago de 26.200 euros de Neurona. Sin embargo, en septiembre de ese año, el juez disipó estas sospechas en otro auto al confirmar la ausencia de indicios de que Monedero “intermediara” o participara en la contratación de la consultora por parte de Podemos, concluyendo la “autenticidad” de la factura polémica.
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Recientemente, el juez ratificó esta decisión y rechazó un recurso de Vox, que actuaba como acusación popular en el caso, solicitando la revocación del archivo en relación con Monedero.
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