
El pasado mes de abril, el Senado aprobaba la fusión de la renta agraria y el subsidio agrario en una única prestación. El PSOE propuso este cambio con el objetivo de mejorar la protección de las personas que trabajan en el campo y “acabar con las situaciones de desigualdad” generadas por los gobiernos previos del PP. Pero ¿cuáles son las diferencias entre cada uno de los dos instrumentos?
El sector agrario emplea en Andalucía y Extremadura a multitud de personas. Se trata de una actividad cíclica, en la que se alternan períodos de mucha carga laboral con otros en los que no hay tareas que hacer. No requiere demasiada especialización y, con los avances tecnológicos, cada vez se necesita menos mano de obra. Un cúmulo de particularidades que pone en el limbo la situación de cientos de trabajadores cada temporada.
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La renta agraria
La renta agraria es una prestación por desempleo de la que pueden beneficiarse los trabajadores eventuales que estén inscritos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS). Para tener acceso a esta ayuda, los solicitantes deben residir en Andalucía o Extremadura y llevar empadronados en alguna de las dos comunidades un mínimo de 10 años.
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Para tramitarla, es necesario acudir al SEPE y figurar como demandante de empleo. La cuantía y el pago pueden cambiar en función del número de jornadas trabajadas. La duración de la renta depende de la edad de la persona que la solicite: desde los 180 días si el beneficiario tiene entre 25 y 51 años hasta los 300 si supera los 52.
El subsidio agrario
Por su parte, el subsidio agrario es otra prestación por desempleo, pero cuyas barreras de entrada son menos restrictivas. En lugar de 10, se exigen tres años de residencia en alguna ciudad extremeña o andaluza. Asimismo, se pide haber cotizado un mínimo de 35 jornadas en los 12 meses naturales previos al paro. También se tramita a través del SEPE y los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo, aunque a diferencia de la renta, el subsidio agrario es fijo y se calcula en base al 80% del IPREM.
Una única prestación
Con la fusión de las dos ayudas, aprobada por el Senado en abril de 2023, se pretende ampliar la protección asistencial no contributiva para los trabajadores del campo. Muchos jornaleros se quedaron fuera del subsidio agrario tras las duras condiciones de acceso impuestas por el PP en 2002. Al unificar ambos instrumentos, se simplifica el acceso a las prestaciones y se tienen en cuenta las condiciones reales del trabajo en el campo.
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