El presidente salvadoreño, Nayib Bukele, declara un patrimonio superior a cuatro millones de dólares

La publicación de la declaración patrimonial fue realizada después de la entrada en vigor de la nueva Ley Anticorrupción, que exige la transparencia de los bienes de los altos funcionarios mediante el portal del Ministerio de Hacienda

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Datos oficiales inéditos pueden consultarse en la web del Ministerio de Hacienda, en medio de nuevas obligaciones para funcionarios salvadoreños tras acuerdos internacionales recientes. (El Salvador, Mayo 19, 2026.REUTERS/Jose Cabezas)
Datos oficiales inéditos pueden consultarse en la web del Ministerio de Hacienda, en medio de nuevas obligaciones para funcionarios salvadoreños tras acuerdos internacionales recientes. (El Salvador, Mayo 19, 2026.REUTERS/Jose Cabezas)

El patrimonio neto del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, superó los USD 4.4 millones tras la publicación de su declaración patrimonial en un portal del Ministerio de Hacienda, habilitado este lunes.

La difusión ocurre después de la aprobación de la Ley Anticorrupción en febrero, promovida por el mismo gobierno, y es la primera divulgación oficial de este tipo desde 2019.

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Los datos oficiales, citados por la agencia de noticias EFE, consignaron activos por USD 4.561.160,23 y pasivos por USD 94.681,99. De esa diferencia surge un patrimonio neto de USD 4.466.478,24.

La información quedó disponible para consulta ciudadana en la sección Consulta Activos y Pasivos del portal de Hacienda, según EFE. La apertura se produjo después de que la nueva normativa obligara a funcionarios y empleados estatales a presentar su información patrimonial junto con la declaración anual del impuesto sobre la renta.

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Es la primera vez que se conoce públicamente el patrimonio del mandatario salvadoreño desde que asumió la Presidencia en junio de 2019, de acuerdo con EFE. Hasta ahora, las declaraciones patrimoniales entregadas ante la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia permanecían bajo reserva.

El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, participa en una ceremonia para celebrar el bicentenario de la independencia en la Casa Presidencial en San Salvador, El Salvador. 15 de septiembre de 2021. REUTERS / Secretaría de Prensa de La Presidencia / IMAGEN PROPORCIONADA POR UN TERCERO / NI REVENTAS NI ARCHIVOS
El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, participa en una ceremonia para celebrar el bicentenario de la independencia en la Casa Presidencial en San Salvador, El Salvador. 15 de septiembre de 2021. REUTERS / Secretaría de Prensa de La Presidencia / IMAGEN PROPORCIONADA POR UN TERCERO / NI REVENTAS NI ARCHIVOS

Medios locales atribuyeron la divulgación a una exigencia del Fondo Monetario Internacional para publicar el patrimonio de funcionarios públicos, indica la nota de EFE. Ese organismo alcanzó con el Gobierno de Bukele en 2024 un acuerdo de financiamiento por USD 1,400 millones.

Reciente normativa previene la corrupción

La Ley Anticorrupción, aprobada por la Asamblea Legislativa establece que quienes estén obligados a declarar patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia también deben incorporarlo en su declaración anual de renta, con detalles de bienes propios y de su cónyuge.

La norma dispone que la información incluya “los saldos de sus activos fijos y circulantes, pasivos, así como el detalle de todas las adquisiciones o transferencias de bienes muebles e inmuebles” realizadas durante el período declarado en el impuesto sobre la renta.

La Ley Anticorrupción de El Salvador obliga a los funcionarios y empleados públicos que ya deben declarar su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia a presentar, desde el ejercicio fiscal de 2025, un informe jurado de activos y pasivos junto con su declaración anual del impuesto sobre la renta; la norma también ordena su publicación en un portal electrónico y fija la destitución inmediata para quien incumpla, mienta de forma manifiesta o niegue su consentimiento para hacer pública esa información.

La primera Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos deberá presentarse con la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio dos mil veinticinco. A partir de esa fecha, el nuevo requisito quedará incorporado al esquema de control patrimonial de los sujetos obligados.

El artículo 19, incluido en el capítulo de disposiciones finales, establece que esta ley tiene carácter especial respecto de las materias que regula. Añade que serán complementarias, en lo que no la contradigan, las leyes vigentes sobre ética gubernamental, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, lucha contra el lavado de dinero y activos, y las demás normas vinculadas con la prevención y persecución de delitos de corrupción.
La primera Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos deberá presentarse con la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio dos mil veinticinco. A partir de esa fecha, el nuevo requisito quedará incorporado al esquema de control patrimonial de los sujetos obligados. El artículo 19, incluido en el capítulo de disposiciones finales, establece que esta ley tiene carácter especial respecto de las materias que regula. Añade que serán complementarias, en lo que no la contradigan, las leyes vigentes sobre ética gubernamental, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos, lucha contra el lavado de dinero y activos, y las demás normas vinculadas con la prevención y persecución de delitos de corrupción.

La ley, vigente desde el 11 de agosto de 2025, dispone que el Ministerio de Hacienda publique cada declaración en un plazo máximo de 15 días hábiles después de su presentación.

Esa información deberá mantenerse actualizada de forma permanente mientras el sujeto obligado siga en funciones.

El artículo 18 establece que la obligación alcanza a todos los funcionarios y empleados públicos, a quienes por ley ya deben declarar el estado de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia. El nuevo documento se denomina Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos.

Ese informe deberá incluir no solo la información del declarante, sino también la de su cónyuge por matrimonio o conviviente por unión no matrimonial y la de sus hijos. La declaración deberá consignar los saldos de activos fijos y circulantes, los pasivos y el detalle de todas las adquisiciones o transferencias de bienes muebles e inmuebles realizadas durante el período declarado en el impuesto sobre la renta.

La información patrimonial deberá publicarse en un portal del Ministerio de Hacienda

La ley ordena al Ministerio de Hacienda establecer, en coordinación con el ente rector del SINAC, el contenido del informe de activos y pasivos. También le impone crear un portal electrónico específico para publicar esas declaraciones de forma accesible para la ciudadanía.

El texto legal señala que la Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos tendrá el tratamiento de información oficiosa. Para su publicación, Hacienda deberá generar un formato que excluya únicamente datos sensibles que puedan exponer al funcionario a un riesgo.

Entre los datos que no deberán hacerse públicos figuran domicilios, direcciones, números de teléfono, números de identidad y números de cuentas. En esos casos, la publicación deberá conservar los montos y las generalidades de la información patrimonial.

Las declaraciones patrimoniales ya derivaron en condenas contra expresidentes

El expresidente Saca aún tiene una deuda con el Estado salvadoreño de los fondos que desvió durante su presidencia de 2004 a 2009.
El expresidente Saca aún tiene una deuda con el Estado salvadoreño de los fondos que desvió durante su presidencia de 2004 a 2009.

Las investigaciones de la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia sobre el patrimonio de funcionarios derivaron en condenas civiles y penales, según EFE.

Entre los casos mencionados están los de los expresidentes Elías Antonio Saca, que gobernó entre 2004 y 2009 y está en prisión por corrupción, y Mauricio Funes, que presidió entre 2009 y 2014, murió en 2025 y fue procesado por malversación de fondos públicos, entre otros delitos.

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