Asamblea Legislativa define límites a deducciones de gastos y pérdidas en impuesto sobre la renta

El pleno legislativo aprobó una interpretación auténtica de la ley tributaria que aclara los criterios para la deducción de mermas, costos y gastos, con el fin de otorgar mayor seguridad jurídica a contribuyentes y autoridades.

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Libro 'Ley de Impuesto sobre la Renta', libro abierto con lupa mostrando escudo de El Salvador, fajos de dólares, figuras y ábaco sobre madera. Bandera salvadoreña al fondo.
La Asamblea Legislativa busca mayor transparencia y certeza jurídica en la aplicación de las deducciones fiscales para los contribuyentes. /(Imagen Ilustrativa Infobae)

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una interpretación auténtica del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, con el objetivo de delimitar y clarificar los criterios para la deducción de gastos, pérdidas y mermas en la determinación del impuesto a pagar.

La medida, avalada con 57 votos, busca dotar de mayor certeza jurídica y transparencia a los contribuyentes y a la administración tributaria.

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Durante la sesión plenaria de este 7 de mayo, Christian Guevara, diputado del partido Nuevas Ideas, presentó la solicitud de dispensa de trámites para que la pieza de correspondencia fuera sometida a votación inmediata.

El legislador fundamentó la iniciativa en la necesidad de definir “con claridad los alcances de la aplicación” del artículo 28, argumentando que persisten vacíos interpretativos a pesar de reformas previas.

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“Solicito que la pieza de correspondencia número uno A se apruebe inmediatamente con dispensa de trámites, la cual contiene: Iniciativa de diputados del Grupo Parlamentario Nuevas Ideas, en el sentido se interprete auténticamente el artículo veintiocho de la Ley de Impuesto sobre la Renta, a fin de definir con claridad los alcances de su aplicación”, expresó Guevara durante la plenaria.

Elisa Rosales, primera secretaria de la Asamblea Legislativa, perteneciente a la bancada de Nuevas Ideas, detalló que la reforma responde a la observación de que, desde la última interpretación emitida en 2019, subsisten “determinados vacíos interpretativos y criterios de aplicación que requieren ser precisados”.

El pleno legislativo aprobó por mayoría la reforma que delimita los criterios para deducciones de gastos y pérdidas en materia tributaria./ (Asamblea Legislativa)
El pleno legislativo aprobó por mayoría la reforma que delimita los criterios para deducciones de gastos y pérdidas en materia tributaria./ (Asamblea Legislativa)

Rosales señaló que el nuevo texto busca asegurar “una correcta y uniforme aplicación del artículo veintiocho de la Ley de Impuesto sobre la Renta”, promoviendo mayor seguridad jurídica y certeza tributaria para los actores económicos del país.

El decreto aprobado establece que se entenderán por costo y gasto necesario para la producción de la renta y para la conservación de su fuente “los costos de compra y todos aquellos que sean necesarios y propios del negocio, destinados exclusivamente a los fines del mismo y como consecuencia deducibles de la renta obtenida, tales como todas aquellas mermas, pérdidas o gastos incurridos necesariamente para la producción de renta y para mantener la fuente generadora de ingresos, independientemente del rubro de que se trate”.

Se especifica que, en sectores como industria, comercio o servicios, la merma, pérdida, gasto o costo deberá tener una forma medible, reconocible, inherente a la actividad y con un costo real y razonable, según el texto aprobado.

La disposición subraya que para que estos conceptos sean considerados deducibles, los valores reclamados deben estar debidamente documentados y registrados en la contabilidad o en los registros especiales del contribuyente. No será necesario que resulte un impuesto computado para que tales costos o gastos puedan deducirse al establecerse la renta imponible del ejercicio correspondiente.

La interpretación auténtica se incorpora directamente al artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y deja sin efecto la interpretación previa contenida en el Decreto Legislativo número 345, de fecha 29 de mayo de 2019. Esta nueva disposición busca cerrar definitivamente los vacíos legales y dotar de mayor claridad tanto a los contribuyentes como a la administración tributaria.

La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda podrá emitir lineamientos administrativos tras la entrada en vigor de la reforma.
La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda podrá emitir lineamientos administrativos tras la entrada en vigor de la reforma.

El decreto también faculta a la Dirección General de Impuestos Internos para que, dentro de sus competencias, pueda emitir instructivos, circulares, resoluciones, guías y cualquier otra actuación administrativa necesaria para garantizar la adecuada aplicación de la interpretación auténtica.

La normativa entrará en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. La iniciativa recibió respaldo mayoritario de la bancada oficialista y no fue objeto de debate por parte de la oposición durante la sesión plenaria.

La reforma representa una actualización relevante en el marco legal tributario de El Salvador y está dirigida principalmente a brindar certeza y seguridad a quienes deben cumplir con las obligaciones fiscales, así como a la administración encargada de velar por su aplicación.

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