
La Asamblea Legislativa aprobó esta tarde la “Ley para el fomento de la expansión de las inversiones”, que incentiva la expansión de inversiones e introduce un esquema de beneficios tributarios y regulaciones específicas con el objetivo de fortalecer el crecimiento económico nacional. El marco legal se enfoca en empresas ya establecidas en el país, nacionales o extranjeras, exigiendo que solo puedan acceder a estos incentivos quienes sumen al menos una década de operaciones comprobadas en territorio salvadoreño y que estén vinculadas a sectores productivos definidos como estratégicos, entre los que destacan textil y confección, agroindustria, electrónicos, autopartes y productos químico-farmacéuticos.
Uno de los puntos centrales de la nueva ley establece que, quienes califiquen como beneficiarios y realicen inversiones de expansión, accederán a un crédito tributario aplicable al Impuesto sobre la Renta, cuyo porcentaje varía según el monto invertido: 10% para inversiones entre $1 millón y $10 millones, 20% para montos superiores a $10 millones hasta $20 millones, y 30% para inversiones por encima de $20 millones. Este crédito puede utilizarse a lo largo de diez años y, si al final del período aún existen saldos sin utilizar, el beneficiario tiene la posibilidad de solicitar una prórroga de igual duración, siempre que justifique los motivos y acredite el cumplimiento de requisitos adicionales.
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El texto legal aclara que la expansión de inversiones podrá tomar diversas formas: ya sea mediante nuevas líneas de producción, construcción de centros fabriles o logísticos, adquisición de maquinaria tecnológica, o el impulso de centros de innovación. No se considerará como expansión la simple sustitución de activos ni la reducción de operaciones previas. Además, la ley excluye expresamente a quienes ya gozan o hayan gozado de otros incentivos fiscales y a las empresas cuyos socios hayan sido objeto de sanción por revocación de beneficios fiscales derivados de incumplimientos legales.
El procedimiento para acogerse a este régimen requiere que el interesado obtenga la calificación de inversión de expansión a través del Ministerio de Economía. Para ello, debe presentar ante la autoridad una solicitud con información detallada del proyecto: descripción técnica, cronograma de ejecución, estados financieros auditados de los últimos diez años, evidencia de viabilidad financiera y técnica, y la calificación de inversionista emitida por la agencia INVEST. Tras cinco días hábiles de revisión, la cartera de Estado notificará acerca de la admisión o requerirá la subsanación de información insuficiente, otorgando un plazo máximo adicional de diez días hábiles.
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Además de los créditos al Impuesto sobre la Renta, la ley otorga exención total del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces para inmuebles utilizados en la expansión, siempre que se destinen durante al menos cinco años al desarrollo del proyecto y permanezcan en propiedad del beneficiario durante ese lapso. Si se incumple esta condición, se debe pagar el tributo originalmente exento.
Una característica clave de la normativa es que prohíbe transferir los beneficios fiscales obtenidos, impidiendo su cesión a terceros o relacionados, así como el uso de esquemas de triangulación que permitan eludir obligaciones fiscales. Este tipo de operaciones serán consideradas como defraudación al fisco y podrían derivar en acciones penales y administrativas.
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La administración y fiscalización de los incentivos queda a cargo del Ministerio de Economía y del Ministerio de Hacienda, este último a través de la Dirección General de Impuestos Internos. Las autoridades podrán ejecutar inspecciones y controles para verificar el cumplimiento de las obligaciones, incluyendo el acceso a instalaciones de las empresas beneficiarias y la solicitud de información y documentación adicional.
Los beneficiarios, por su parte, están obligados a contratar servicios de auditores o firmas independientes que emitan informes semestrales sobre el cumplimiento de sus obligaciones legales, así como a presentar documentación financiera que permita diferenciar claramente los activos y operaciones vinculados a la expansión.
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El inicio de operaciones del proyecto de expansión debe producirse en un plazo de dieciocho meses, bajo el riesgo de revocatoria de la calificación y de la consiguiente pérdida de los incentivos otorgados. Si una empresa incumple cualquier disposición, tanto en materia fiscal como de cumplimiento de proyecto, su estatus de beneficiario puede ser revocado, obligándose a pagar los tributos no abonados desde el momento del incumplimiento y perdiendo cualquier derecho a continuar deduciendo activos de la base imponible.
Finalmente, la ley incorpora un principio de prevalencia sobre cualquier norma en contrario y supletoriedad de otras disposiciones en caso de vacíos normativos.
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