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Inocencia Fiscal II: tres claves para entender el nuevo proyecto que busca sacar los “dólares del colchón”

El Gobierno logró dictamen de comisión y ahora se espera por el tratamiento de la iniciativa con la que el equipo económico busca destrabar USD 170.000 millones

(Imagen Ilustrativa Infobae)
El nuevo proyecto de Inocencia Fiscal introduce cambios en el ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias. (Foto: Infobae)
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El Gobierno logró un dictamen clave en comisión para el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal, que sentó las bases para su tratamiento en la Cámara de Diputados y su posterior paso al Senado. La iniciativa representa una prioridad para el ministro de Economía, Luis Caputo, quien busca otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes frente a eventuales cambios de gestión y alentar que saquen los dólares del colchón, estimados en 170.000 millones de dólares.

Límites de ingreso

El proyecto del oficialismo que consiguió respaldo en comisión incluye modificaciones en las condiciones de ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG). La versión aprobada en diciembre en el Congreso fijaba límites estrictos: solo podían adherir quienes tuvieran ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio menor a 10.000 millones de pesos. Tributaristas consideraron que estos topes impedían la entrada de muchos contribuyentes y reclamaron su eliminación.

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De acuerdo con Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, la eliminación de estos umbrales resulta fundamental para ampliar la base de beneficiarios. “Respecto a que se elimine el umbral de ingresos y patrimonios, me parece algo sumamente necesario porque era la única forma de que entren más contribuyentes al Régimen que se encontraban imposibilitados de hacerlo”, explicó en conversación con Infobae.

Letra chica sobre exclusión

En relación a la determinación de discrepancias significativas, el proyecto refuerza la precisión de los parámetros que utiliza la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para detectar diferencias en las declaraciones juradas. Según Girardi, se establecen parámetros más concretos para determinar cuándo existe esa discrepancia y, al mismo tiempo, se incorporan mecanismos que permiten morigerar sus consecuencias. “Por ejemplo, se contempla qué sucede si el contribuyente rectifica su declaración dentro de los 15 días hábiles de notificada la liquidación o determinación de oficio y regulariza la diferencia correspondiente”, comentó.

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ARCA
El nuevo proyecto de Inocencia Fiscal establece que hay discrenpancia significativa cuando se detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos por un porcentaje no inferior al 15%.

La nueva redacción indica que la discrepancia se configura si ARCA detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos por un porcentaje no inferior al 15 por ciento. También establece un umbral mínimo: aunque la diferencia reclamada supere el 15%, no se aplicará la exclusión del régimen si ese monto no alcanza el 5% del valor de evasión previsto en el artículo 1° de la Ley Penal Tributaria. El proyecto refuerza la protección de la presunción de exactitud del régimen, ya que la carga de probar la existencia de discrepancia significativa recae en ARCA y se limita la información que puede utilizar para fundamentarla.

Cambios para funcionarios

Uno de los puntos en lo que el Gobierno tuvo que ceder por pedido de la “oposición constructiva”, fue en la posibilidad de que los funcionarios puedan sacar dólares del colchón. Tras el escándalo del ex jefe de Gabinete, Manuel Adorni, por su adhesión al RSG en medio de una investigación judicial por enriquecimiento ilícito, la administración libertaria decidió modificar su postura.

En caso de que se apruebe el proyecto, los funcionarios podrán adherir al RSG, pero no podrán sacar los dólares del colchón. El artículo del dictamen señala: “Los contribuyentes que revistan el carácter de Grandes Contribuyentes Nacionales, conforme la categorización realizada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, así como los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 38 bis de la presente ley, podrán ejercer la opción de adhesión -o, en su caso, de permanencia- a la modalidad simplificada de declaración jurada del impuesto a las ganancias, al solo efecto de presentar la declaración jurada y efectuar su pago en término, de corresponder, bajo esta modalidad. En ningún caso dicha adhesión o permanencia importará la aplicación de los restantes efectos, presunciones ni demás beneficios previstos en el presente régimen”.

El ministro de Economía, Luis Caputo, afirmó que va a enviar un nuevo proyecto de Inocencia Fiscal al Congreso.
El ministro de Economía, Luis Caputo, quiere destrabar USD 170.000 millones que están abajo del colchón. (Foto: Ministerio de Economía)

La cuestión gira en torno a la conveniencia de avanzar con este punto en este momento y a su verdadero alcance. Actualmente, la Ley de Inocencia Fiscal está vigente, lo que permite a cualquier funcionario retirar dólares no declarados sin impedimentos. Esta posibilidad se mantiene hasta que se apruebe un nuevo proyecto. Incluso si se sanciona la nueva ley, persiste un interrogante: ¿qué impediría que un familiar de un funcionario retire esos dólares no declarados?

Beneficios para pymes

En cuanto al régimen de multas, el proyecto incorpora reducciones automáticas para ciertos contribuyentes y un esquema especial para sanciones formales previas. “El proyecto incorpora reducciones para determinados contribuyentes y un régimen especial para multas formales anteriores. Creo que hay que mirar esta modificación también en el contexto de los valores que alcanzaron las multas después de las actualizaciones. Algunas sanciones formales tienen hoy importes muy elevados, especialmente si pensamos en pymes y personas humanas, y el proyecto busca introducir un poco más de proporcionalidad y razonabilidad en ese esquema”, marcó Girardi.

Para Sebastián Domínguez, CEO de SCD Asesores Tributarios, si bien implica una mejora respecto a la situación actual la reducción automática del 25% para personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas o medianas empresas y entidades sin fines de lucro que no sean grandes contribuyentes, no se revierte por completo la situación.

“Hay un tema con las multas de declaraciones juradas informativas que para una sociedad son $10 millones porque no presenta un balance en PDF o se olvida de hacer una presentación de una declaración jurada informativa. Pero la reducción a $7,5 millones sigue siendo altísima para una pequeña empresa o para una persona humana que tiene poca actividad”, concluyó Domínguez.

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