El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció el envío de un nuevo proyecto de Inocencia Fiscal al Congreso. Tras el aviso, se conoció un borrador en el que el oficialismo propone una apertura para todos los contribuyentes. Al mismo tiempo que elimina los límites de ingresos y el patrimonio para ingresar al sistema. La tributarista Fernanda Laiún explicó en Infobae en Vivo A las Nueve que la reforma responde a una de las principales dificultades del esquema vigente.
Según señaló la especialista, la normativa actual dejabaa afuera a muchos contribuyentes por la forma en que calculaba los límites patrimoniales y de ingresos.
La medida propuesta por el Gobierno extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 la posibilidad de incorporar fondos al circuito formal bajo un esquema con beneficios fiscales. La iniciativa apunta a incentivar el uso de ahorros no incorporados al sistema y establece nuevas condiciones para quienes adhieran, aunque mantiene controles sobre el origen lícito del dinero.
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En este sentido, la especialista sostuvo que el proyecto mantiene diferencias para los grandes contribuyentes nacionales, quienes podrán utilizar el régimen simplificado de información, aunque sin acceder a determinados beneficios previstos para el resto de los adherentes.
¿Qué cambia con la reforma del régimen de inocencia fiscal?
Laiún afirmó que la principal modificación consiste en la eliminación de los topes para ingresar al régimen. "No hay tope para entrar, vos podés entrar, no importa cuáles sean tus ingresos, no importa cuál sea tu patrimonio”, explicó.
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Asimismo, la tributarista señaló que ese cambio reduce los conflictos de interpretación que existían con la normativa vigente. También remarcó que el único requisito general consiste en haber sido residente fiscal argentino durante todo el año correspondiente.
Además, explicó que los grandes contribuyentes nacionales podrán adherir al régimen simplificado, aunque no accederán a beneficios como el denominado efecto de “tapón”, previsto para otros casos.
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El objetivo de incentivar el uso de los dólares fuera del sistema
La reforma también busca facilitar la incorporación de fondos al sistema financiero. Según explicó Laiún, el proyecto distingue dos cuestiones diferentes. Por un lado, simplifica la presentación de declaraciones juradas al reducir la información patrimonial y de consumos que debe informarse. Por otro, permite ingresar fondos al sistema hasta el 31 de diciembre de 2027 sin que ese hecho pueda utilizarse para determinar ventas omitidas o ganancias no declaradas.
“Mientras lo hagas en ese plazo, ARCA no va a poder usar eso como información para determinarte ventas omitidas o ganancias no declaradas”, sostuvo. Para la especialista, la redacción propuesta representa una apertura más amplia que la versión anterior porque busca generar un marco de mayor confianza para el contribuyente.
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Sin embargo, aclaró que una inspección iniciada antes de la adhesión continúa su trámite normal y debe concluir con el procedimiento correspondiente. En esos casos, indicó que la norma prevé la condonación de multas si el contribuyente regulariza la situación.
La diferencia entre inocencia fiscal y un blanqueo
Entre otras cosas, la especialista comparó entre el régimen de inocencia fiscal y un blanqueo tradicional. Laiún consideró que el concepto formal tiene otro objetivo porque procura modificar la relación entre el fisco y el contribuyente mediante una presunción de buena fe.
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No obstante, agregó que la posibilidad de incorporar fondos al sistema sin cuestionamientos fiscales hasta fines de 2027 funciona como “una suerte de blanqueo, en definitiva, sin costo”.
La especialista explicó que el régimen exige que el contribuyente declare correctamente sus ingresos y gastos, con un margen de diferencia limitado respecto de la determinación impositiva.
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Cómo funciona el límite del 15%
Uno de los aspectos técnicos más relevantes del proyecto corresponde al umbral del 15%. Laiún explicó que ese porcentaje opera sobre la diferencia que ARCA pueda detectar en la determinación del impuesto. Si la diferencia supera ese límite y alcanza determinados montos mínimos, el organismo puede revisar la situación del contribuyente.
La tributarista precisó que también existe un piso de cinco millones de pesos y otro parámetro de cien millones de pesos para activar esos controles. Además, destacó otro cambio previsto en la propuesta. “Aun cuando venga el fisco y te diga: ‘te encuentro más del 15%’, vos tenés la opción de ir y pagar y seguir dentro de la inocencia”, afirmó.
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Según su análisis, esa posibilidad fortalece la permanencia dentro del régimen y amplía los beneficios para quienes regularicen diferencias detectadas por la administración tributaria.
El origen de los fondos y los controles
Al mismo tiempo, la especialista aclaró que la reforma no elimina los controles vinculados con actividades ilícitas. “Esto nunca está previsto para actividades ilícitas”, expresó al explicar que el régimen solo alcanza fondos provenientes de actividades legales.
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También indicó que las facultades de la Unidad de Información Financiera y de las entidades financieras permanecen vigentes, por lo que los bancos pueden requerir explicaciones sobre el origen del dinero depositado.
En ese sentido, señaló que la adhesión al régimen constituye un antecedente favorable para esos análisis, aunque no reemplaza la necesidad de justificar la procedencia de los fondos cuando corresponda.
Por ese motivo, recomendó consultar previamente con un asesor antes de realizar depósitos importantes y recordó que las operaciones deben guardar una relación razonable con la actividad económica de cada contribuyente. Según explicó, esa coherencia puede resultar clave ante cualquier requerimiento sobre el origen del patrimonio, incluso cuando la situación no genere consecuencias tributarias.
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