
Los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires aún pueden acceder a la moratoria implementada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Se trata de un plan que permite regularizar deudas con facilidades de pago y de adhesión.
Hay planes de financiación de hasta 48 cuotas. Además, en estos últimos días se contempla una condonación de intereses de hasta el 40%, según la modalidad de pago elegida (al contado o en cuotas) y la condición del contribuyente, en particular si se trata de Grandes Contribuyentes.
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En ese marco, al momento de adherirse se puede optar por dos alternativas:
- Nueva Cuenta Corriente Tributaria: se accede a través del Portal del Contribuyente. Allí, en el menú lateral izquierdo, se debe ingresar a “Operaciones” > “Planes/Moratoria”, seleccionar las obligaciones a regularizar y definir la modalidad de pago.
- Boleta de cuota única: es una opción ágil y simplificada para quienes registran deudas de hasta $4 millones en Inmobiliario/ABL y/o Patentes. La boleta puede descargarse o abonarse directamente desde la web de AGIP o vía home banking. Incluye el monto total correspondiente a los períodos adeudados hasta el 31 de agosto de 2025, con la condonación de intereses ya aplicada, y se identifica como Cuota 219 – “Cuota Única Moratoria 2025”.
Según informaron desde el gobierno de CABA, la fecha límite para acceder a estos beneficios es el próximo jueves 30 de abril.

La moratoria comprende deudas correspondientes a todos los impuestos vencidos al 31 de agosto de 2025, tanto en instancia administrativa como judicial.
Para los casos en instancia judicial, se implementó una herramienta online que permite gestionar el trámite y cancelar los honorarios de mandatarios de forma directa, sin intermediarios.
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El procedimiento está disponible en el Portal del Contribuyente de AGIP. Desde allí, es posible identificar el proceso judicial, consultar los importes adeudados y seleccionar la modalidad de pago, en una o más cuotas.
La deuda tributaria se financia mediante débito automático, informando un CBU, mientras que los honorarios y costas se abonan mediante VEP, en hasta seis cuotas.
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Cabe destacar que la convivencia entre la Clave Ciudad y la cuenta miBA para acceder al Portal del Contribuyente se extendió hasta el 30 de abril, con el objetivo de acompañar los plazos de la moratoria y facilitar la adhesión. A partir de esa fecha, el ingreso deberá realizarse exclusivamente con cuenta miBA nivel 3.
Por otro lado, es importante mencionar que el gobierno porteño anunció recientemente una bonificación en el impuesto sobre los Ingresos Brutos destinada a más de 140.000 contribuyentes del monotributo que desarrollan actividades de servicios.
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La medida, que comenzó a reflejarse en la liquidación impositiva mensual, estableció una exención total (bonificación del 100%) para las categorías A, B y C del Régimen Simplificado, lo que permitió que alrededor de 35.000 contribuyentes quedaran liberados del pago del impuesto.
Asimismo, la normativa dispuso una reducción significativa (bonificación del 75%) para las categorías D a H, alcanzando a cerca de 12.000 contribuyentes.
En total, unas 47.000 personas accedieron de manera inmediata al beneficio, total o parcial, por cumplir con las condiciones de no registrar deudas y estar inscriptas en actividades de servicios, según la información oficial difundida por la AGIP.
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Los 22 servicios no profesionales que no pagarán Ingresos Brutos son los siguientes:
- Servicios técnicos
- Fotógrafos
- Peluqueros
- Diseñadores sin título de grado
- Barberos
- Editores
- Mecánicos
- Camarógrafos
- Personal trainers
- Guionistas
- Esteticistas
- Masajistas
- Carpinteros
- Herreros
- Sastres
- Zapateros
- Pintores
- Artesanos
- Joyeros
- Jardineros
- Cerrajeros
- Quienes trabajan por cuenta propia o bajo contratación
Uno de los aspectos centrales del esquema fue su aplicación automática: la AGIP dispuso que los contribuyentes no debieran realizar trámites adicionales.
El sistema incorporó la bonificación directamente en la liquidación del impuesto, siempre que la actividad declarada correspondiera a servicios y no se registraran deudas en el tributo.
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