En un giro de relevancia institucional para el litigio que enfrenta la República Argentina por la expropiación de YPF, el gobierno de los Estados Unidos se presentó ante la Corte de la jueza Loretta Preska para manifestar su oposición al pedido de los fondos demandantes de declarar al país en desacato y aplicar sanciones económicas.
En un documento de 29 páginas, el Departamento de Justicia de EE.UU. consideró que “el litigio en tribunales de los Estados Unidos contra Estados extranjeros puede tener importantes implicancias en materia de política exterior para los Estados Unidos y afectar el trato recíproco que reciba el gobierno estadounidense ante los tribunales de otras naciones”.
La presentación también destacó “los esfuerzos realizados por el país para cumplir con los requerimientos de discovery dirigidos a obtener comunicaciones de altos funcionarios argentinos vinculadas a entidades estatales, requerimientos que, en sí mismos, resultan incompatibles con las consideraciones de cortesía y reciprocidad que surgen en litigios contra Estados soberanos”.
“La moción de los demandantes para que se dicten sanciones de preclusión, inferencias adversas y sanciones pecuniarias por desacato contra la Argentina no se ajusta a los principios de cortesía internacional y reciprocidad ni a la FSIA y debe ser rechazada”, concluye el documento.
Desde la Procuración del Tesoro señalaron que “este respaldo pone de relieve la solidez técnica y jurídica de las presentaciones efectuadas por el Estado argentino, sustentadas en principios reconocidos del derecho internacional y en el respeto a las normas que rigen las relaciones entre Estados y la inmunidad soberana”. En este marco, aclararon que la intervención del gobierno estadounidense no fue un “amicus curiae”, sino una presentación de interés espontánea por parte del Departamento de Justicia.

A la vez, sumaron que “durante más de dos años, la Argentina cumplió de buena fe con el proceso de discovery, priorizando el respeto a las órdenes judiciales. En ese período se realizaron entregas periódicas que superaron las 115.000 páginas”. Y agregaron: “A pesar del amplio acceso a información, los demandantes no lograron encontrar evidencia que respaldara sus acusaciones”.
En un análisis sobre la implicancia de la intervención del gobierno estadounidense, el experto en litigios internacionales, Sebastián Maril, observó que “la Casa Blanca ha ayudado a la Argentina en la orden de entrega (turnover) de acciones de YPF y ahora, frente a los cargos por desacato y sanciones, pero se ha mantenido al margen de la apelación principal”.
Pese a esto, desde la Procuración del Tesoro celebraron la intervención de Washington y expresaron que “el apoyo recibido a nivel internacional y la reacción natural de los mercados sobre la expectativa de la resolución del litigio confirman los fundamentos de la estrategia trazada por la defensa argentina”.
El origen del conflicto por el desacato
La disputa se centra en la etapa de “discovery” o intercambio de pruebas, donde los beneficiarios del fallo —liderados por el fondo Burford Capital— alegan que la Argentina ha incumplido sistemáticamente con las órdenes de la jueza Loretta Preska. Los demandantes solicitaron que se declare al país en “desacato” (contempt of court) y que se le aplique una multa coercitiva de un millón de dólares diarios hasta que entregue la información requerida, que incluye comunicaciones privadas de funcionarios y detalles sobre activos soberanos.
El pedido de sanciones por parte de Burford Capital se formalizó a principios de este año, tras denunciar una supuesta conducta de “mala fe” por parte de la defensa argentina. El fondo inglés sostiene que el país no cumplió con la entrega de información “off-channel”, referida a mensajes de WhatsApp y correos de Gmail de exfuncionarios y funcionarios actuales, como el ministro de Economía, Luis Caputo, y el exministro Sergio Massa.
Según los demandantes, la Argentina ha utilizado tácticas dilatorias para evitar que se identifiquen activos embargables que permitan cobrar la sentencia de 16.100 millones de dólares. Además de la multa diaria, Burford solicitó una “orden de preclusión” para que el tribunal asuma como un hecho que entidades como el Banco Central (BCRA), el Banco Nación, Aerolíneas Argentinas y la propia YPF funcionan como un “alter ego” del Estado, lo que facilitaría el embargo de sus activos.
En la visión de los fondos, una multa de un millón de dólares por día —que sumada a los intereses del fallo principal elevaría el costo diario del litigio para el país a unos 4 millones de dólares— es la única herramienta para forzar el cumplimiento de las órdenes judiciales.
La defensa argentina y la protección de activos
Desde la Procuración del Tesoro de la Nación se ha rechazado enfáticamente la acusación de desacato. Para la defensa, el planteo de los demandantes es una “estrategia de hostigamiento” diseñada para presionar al país en un momento de vulnerabilidad. La Argentina argumenta que existen límites constitucionales y legales que impiden entregar cierta información, especialmente aquella relacionada con activos que gozan de inmunidad soberana, como las reservas de oro del Banco Central.
Sobre este punto específico, el Gobierno ratificó que el BCRA es una entidad autárquica e independiente, y que el Tesoro Nacional no tiene acceso a información sensible sobre la localización geográfica de sus tenencias de oro. Recientemente, la defensa presentó una declaración jurada firmada por el secretario de Legal y Técnica del Ministerio de Economía, José Ignacio García Hamilton, fundamentando que revelar datos sobre el paradero de las reservas pondría en riesgo la política monetaria y la seguridad financiera del país.
En los últimos días la República Argentina solicitó la suspensión del discovery ante la jueza Preska y, tras la negativa del tribunal, se encuentra en proceso de apelar esa decisión ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito. Las partes ya han presentado sus argumentos dentro de los tiempos estipulados por el tribunal y la Argentina confía “en la razonabilidad del tribunal para rechazar un planteo desproporcionado e improcedente.”
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