
El próximo día hábil es el miércoles 18 de febrero, y para los propietarios de concesionarias de autos y motos registrados en la Ciudad de Buenos Aires no es un día más, sino el día en que se debe empezar a liquidar el anticipo de Ingresos Brutos del mes de mayor facturación de ventas del año.
Esto no sería un problema si no fuera porque en el nuevo Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires aprobado a fin de año pasado, se cambió el modo de aplicar Ingresos Brutos (II.BB.), que en el caso de los comerciantes del sector automotor, implica que se pasó de pagar el impuesto aplicado solo al margen (la ganancia bruta entre el precio de compra y el de venta de un vehículo sin incluir IVA), a aplicarse sobre el monto total de la transacción.
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Esta modificación implicó un incremento sustancial en el monto del impuesto a los ingresos brutos porque el cambio debió incluir una baja en la alícuota, que se mantuvo en el mismo 10% que se aplicaba al margen. Y naturalmente no es lo mismo pagar el 10% de la ganancia bruta de una operación que pagar el 10% del valor del producto que se vendió.
El tributarista Sebastián Dominguez realizó una tabla comparativa entre lo que se pagaba hasta diciembre y lo que se debería pagar en enero. Tomando un vehículo con un precio de $57.500.000 y con un margen razonable del 15%, la percepción por Ingresos Brutos en diciembre era de $750.000 y en enero pasaría a ser de $5.750.000, es decir un 666% más.
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El problema no fue de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), sino de la Legislatura porteña, porque el presupuesto fue el último tema de las sesiones ordinaras de 2026 y en medio de las modificaciones que suelen darse en el debate final para aprobar una ley, se cometió el error de cambiar el modo de aplicar el impuesto pero no la alícuota.
En el mismo diciembre, advertidos del error, se reunieron referentes del Gobierno, la AGIP, la Legislatura y las cámaras del sector y se resolvió enviar un proyecto de ley con una modificación que deje la percepción de Ingresos Brutos tal como estaba en 2025. Ese proyecto de ley fue acordado por todos los partidos y será tratado por la Legislatura a partir del 1 de marzo, cuando arranquen las sesiones.
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El problema es qué se debe hacer en enero y febrero. La AGIP no puede decirle a los contribuyentes que no cumplan la ley, y el Código Fiscal es una ley y está vigente. De modo tal que los propietarios de concesionarios de autos y motos de CABA deben decidir qué acción tomar entre dos opciones:
- La más legal es pagar la alícuota del 10% sobre el total facturado, porque es la cumple con la ley. Pero como se mencionó, eso implica un desembolso muy grande porque el volumen de ventas de autos y motos de enero es el más grande del año en casi todos los casos. Quienes lo paguen no perderán dinero, porque el proyecto de ley establece que la modificación es retroactiva al 1° de enero de 2026, con lo cual se estará generando un crédito fiscal.

Pero habrá quienes no tienen la posibilidad de asumirlo por cuestiones netamente económicas, porque pagar implicaría perder toda la utilidad de su operación o incluso perder dinero. Más allá de declaraciones juradas rectificativas que despúes habría que formular.
- Entonces se puede tomar el segundo camino, el de liquidar Ingresos Brutos como se hizo hasta diciembre, es decir aplicándolo en un 10% sobre el margen de ganancia de cada transacción comercial que se hizo, a sabiendas de que eso es lo que dirá la ley a partir de marzo de 2026 y con validez para enero y febrero.
Si bien no hay una posición oficial al respecto, ante un problema que ya tiene la solución acordada para hacerse efectiva en las próximas dos semanas, la agencia de recaudación de la ciudad no haría ningún tipo de inspecciones que detecten aquellos casos en los que no se haya pagado la alícuota que está vigente por ley, con lo cual no habría sanciones tributarias para los comerciantes.
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La lucha contra Ingresos Brutos
Desde que asumió el Gobierno de Javier Milei a fines de diciembre de 2023, la Argentina comenzó un proceso de transformación que tiene entre sus principales ejes una política de reducción de la carga impositiva que pagan los argentinos en distintas transacciones.
El término que define a algunos tributos como “impuestos distorsivos” se hizo cada vez más popular, y en algunos rubros como el sector automotor, rápidamente se convirtió en el principal tema de debate entre los fabricantes e importadores en sus reuniones con el Gobierno.
Ya se eliminó uno de ellos, el impuesto PAIS. También se suspendió la aplicación del impuesto interno en la escala 1 y se redujo al 50% la escala 2, otro de los impuestos distorsivos que pesaba sobre los autos y motos. Ya hay media sanción en el Congreso para que ambos sean definitivamente eliminados si se aprueba la Reforma laboral que se está tratando en sesiones extraordinarias durante febrero, y que los incluye en un capítulo impositivo.
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La pelea por eliminar Ingresos Brutos se juega en otra liga, porque son impuestos que no dependen del Gobierno nacional sino de la provincias o jurisdicciones como CABA.
Extrañamente, lo que se pretendía hacer en la Ciudad de Buenos Aires iba en el sentido contrario a lo que se cuestiona fuertemente desde las industrias, porque se pretendía ir hacia un esquema de aplicación que aumentaba el peso de IIBB y no a una reducción.
Para tener como referencia, se iba hacia un método como el que se aplica en la provincia de Buenos Aires, donde se toma el monto total de la operación con una alícuota del 2,3%. Este es, justamente, el mayor impuesto del que se quejan las fábricas de automóviles en la actualidad, porque escala en toda la cadena de producción terminando en un 7% de impacto. Finalmente, eso no ocurrirá y desde marzo se liquidará como se hacía hasta 2025.
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