
A comienzos de noviembre, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) cerró un nuevo acuerdo para los salarios del personal doméstico. Ese entendimiento estableció un aumento general del 2,7%, dividido en dos tramos consecutivos: 1,4% para noviembre y 1,3% para diciembre.
También determinó un adicional no remunerativo de $14.000 durante tres meses —noviembre, diciembre y enero— destinado a las trabajadoras que superan las 16 horas semanales. Esa suma se aplicó como un refuerzo transitorio y quedó vinculada al nivel mínimo de actividad semanal.
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El convenio dejó sin modificación el mes de octubre, porque el ajuste previo se aplicó en julio, agosto y septiembre con un incremento acumulado del 6,5%. De esa manera, octubre transcurrió sin una recomposición adicional mientras se desarrollaban las negociaciones posteriores.
La resolución oficial aún no se publicó en el Boletín Oficial (se haría la semana próxima), pero en función de los valores actuales, tras el aumento, quedarían de la siguiente manera:
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Para la quinta categoría, correspondiente al personal de tareas generales y la más demandada dentro del sistema, la remuneración mínima alcanzaría a $3.140 por hora para quienes trabajan con retiro. En el cálculo mensual, el ingreso se ubicaría en torno a los $384.000. Esa categoría reúne a trabajadoras que se dedican a limpieza, mantenimiento del hogar y actividades domésticas básicas, por lo que concentra una porción mayoritaria del empleo registrado dentro del régimen.
Para quienes cumplen funciones bajo la modalidad “con cama adentro”, el valor horario ascendería a $3.384, mientras que el monto mensual se elevaría a los $428.000. Esa diferencia respondió al tipo de jornada y a la modalidad de prestación, que suele exigir mayor disponibilidad horaria. Ambos montos se aplicaron dentro del esquema general de actualización definido para esta etapa.
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El incremento salarial impactó sobre más de 1,3 millones de trabajadoras en todo el país. La magnitud del universo involucrado convierte cada ajuste en un movimiento relevante tanto para las condiciones laborales como para la estructura de costos que enfrentan los empleadores particulares en cada domicilio.
Escala mínima por categoría para diciembre
Los valores mínimos para diciembre se ordenaron de la siguiente manera:
Quinta categoría: Personal para tareas generales
- Con retiro: $3.135,99 por hora / $384.713,01 por mes
- Sin retiro: $3.383,54 por hora / $427.821,61 por mes
Cuarta categoría: Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.383,54 por hora / $427.821,61 por mes
- Sin retiro: $3.784,32 por hora / $476.755,68 por mes
Tercera categoría: Caseros/as
- Sin retiro: $3.383,54 por hora / $427.821,61 por mes
Segunda categoría: Tareas específicas
- Con retiro: $3.582,79 por hora / $438.475,56 por mes
- Sin retiro: $3.926,84 por hora / $488.091,78 por mes
Primera categoría: Supervisores
- Con retiro: $3.783,33 por hora / $471.956,01 por mes
- Sin retiro: $4.143,70 por hora / $525.712,99 por mes
Bono no remunerativo de fin de año:Las empleadas con más de 16 horas semanales reciben un adicional de $14.000.
Zona desfavorable:Se mantiene un plus del 30% para quienes prestan servicios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
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Aunque los nuevos mínimos establecieron el piso salarial obligatorio, en la práctica suele existir una distancia respecto de los montos que se pagan en muchos hogares. Esa brecha parte de una diferencia aproximada de $2.000, según estimaciones privadas. Esa disparidad responde a acuerdos individuales, la frecuencia de trabajo, la modalidad de contratación y la propia dinámica del mercado laboral del sector, que mantiene una demanda sostenida de personal experimentado.
Claves para la confección del recibo de sueldo
Para la liquidación correspondiente a octubre de 2025, los empleadores deben considerar varios ítems además del salario básico vigente para cada categoría.
Adicional por antigüedad: el régimen exige aplicar un adicional del 1% por cada año trabajado. Ese porcentaje se calcula sobre el salario mínimo de la categoría correspondiente. La aplicación depende directamente del tiempo transcurrido desde el inicio de la relación laboral y funciona como un reconocimiento a la continuidad del vínculo.
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Adicional por zona desfavorable: el plus del 30% se aplica para quienes trabajan en las provincias patagónicas y en los territorios mencionados. Esa suma se incorpora sobre los salarios mínimos establecidos para cada categoría y ajusta el ingreso para compensar las condiciones geográficas y el costo de vida de la región.
Pago de aportes y contribuciones: además del salario de bolsillo, los empleadores deben cumplir con el pago de aportes y contribuciones mediante el formulario F.102/RT. Esos montos financian la cobertura de salud, los aportes jubilatorios y el seguro de riesgos de trabajo (ART). Los valores son fijos, no dependen de la categoría y se calculan según la cantidad de horas trabajadas por semana y la condición de la empleada, ya sea activa o jubilada. El pago debe realizarse dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes y constituye un requisito para el mantenimiento regular de la relación laboral registrada.
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El cumplimiento de esos pasos ordena la estructura salarial, asegura la vigencia de los beneficios previsionales y permite mantener el registro actualizado de la actividad laboral del personal doméstico.
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