A través de un decreto, el Gobierno dispuso la disolución del Fideicomiso Individual PPP Red de Autopistas y Rutas Seguras (PPP RARS) y del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de GLP. Además, traspasó el Programa Hogares con Garrafa (HOGAR) bajo la órbita de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.
La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, impacta en la estructura de financiamiento de obras viales y en el sistema de subsidios al consumo de gas licuado de petróleo para hogares de bajos recursos en todo el país.
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El Decreto 415/2025 fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona.
La decisión se fundamenta en la autorización conferida por el artículo 5° de la Ley 27.742, que habilita al Ejecutivo a modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar fondos fiduciarios públicos. El Ministerio de Economía, a través de su Secretaría Legal y Administrativa, propuso la disolución de ambos fondos tras constatar que ya no cumplen con sus objetivos originales y presentan deficiencias administrativas y de control.
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El Fideicomiso PPP RARS fue creado en 2018 para financiar obras de infraestructura vial bajo el régimen de Participación Público-Privada (PPP), con el Estado Nacional, la Dirección Nacional de Vialidad y el Banco de la Nación Argentina como principales actores.
Tras la extinción de todos los contratos PPP en 2020, el fideicomiso quedó limitado al pago de los Títulos de Pago por Inversión (TPI) a las empresas adjudicatarias. El decreto señala que “el Fideicomiso PPP RARS se encuentra fácticamente impedido de dar cumplimiento a su objeto”.
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El documento detalla que las obligaciones por TPI ascienden a $84.954.553.406 y que el fideicomiso cuenta con un ratio de cobertura de 1,56, suficiente para afrontar la totalidad de los compromisos. No obstante, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) advirtió sobre la “inexistencia de información vinculada con los beneficiarios/tenedores de los TPI, necesaria para cumplir con la normativa vigente sobre prevención del lavado de activos”.
Subsidios de gas y el programa HOGAR
En cuanto al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de GLP, creado por la Ley 26.020, el decreto expone que su operatoria carece de manuales de procedimientos, reglamentos y sistemas informáticos adecuados, según observaciones de la SIGEN.
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El fondo, administrado por el Banco de la Nación Argentina, tenía como objetivo subsidiar el consumo de gas envasado para hogares de bajos recursos y expandir redes de gas en zonas no cubiertas.
El decreto aclara que el Programa Hogares con Garrafa (HOGAR), que otorga subsidios directos a usuarios y productores, continuará vigente bajo la órbita de la Secretaría de Energía, que tendrá la responsabilidad de determinar el padrón de beneficiarios, mientras que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) será la encargada de la liquidación y el pago de los subsidios.
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El procedimiento establece que la Secretaría de Energía solicitará la cooperación de ANSES para utilizar la información contenida en sus bases de datos, con el objetivo de identificar a los titulares de hogares de bajos recursos que no cuentan con acceso a gas por redes.
El texto oficial establece que el Ministerio de Economía deberá celebrar un contrato con el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE S.A.) para garantizar el pago de las obligaciones derivadas de los TPI. Además, faculta a la cartera económica a ofrecer el rescate anticipado de la totalidad de los TPI en circulación. En ese sentido, el decreto precisa: “En el citado contrato deberá asignarse la suma de dinero necesaria para cumplimentar la totalidad de las obligaciones a devengarse en concepto de Títulos de Pago por Inversión (TPI)”.
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El proceso de liquidación de ambos fondos se regirá por el Decreto 695/2024 y la Resolución 796/2024 del Ministerio de Economía. La normativa publicada esta madrugada también deroga el Título IV de la Ley 26.020 y artículos clave del Decreto 470/2015, que regulaban el funcionamiento del fondo de subsidios al GLP, y sustituye el Anexo II de ese decreto.

La medida afecta a empresas contratistas de obras viales, beneficiarios de TPI, usuarios residenciales de gas envasado y productores de GLP. El decreto instruye a la Jefatura de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias y dispone que la Comisión Bicameral Permanente del Congreso intervenga para pronunciarse sobre la validez del decreto, conforme a la Ley 26.122.
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El decreto subraya que “continuarán vigentes las obligaciones de los fiduciarios de los Fondos alcanzados por la presente medida, con el fin de asegurar la coordinación y producción de información, así como la ejecución de los actos relativos a la administración de la disolución y posterior liquidación”.
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