
El Gobierno avanzó este viernes con una decisión que seguirá agilizando y abaratando las importaciones, con el objetivo de que la oferta de productos en el mercado local sea más importante y la mayor competencia haga que también reduzcan sus precios los bienes fabricados localmente.
Concretamente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó la suspensión de los certificados de exclusión del impuesto a las ganancias y al valor agregado para las operaciones de importación. La medida, instrumentada por medio de la Resolución General 5.655/2025, “generará un efecto financiero positivo para la economía, ya significará una reducción en la carga tributaria para quienes importen insumos y productos”, informó la entidad mediante un comunicado.
¿Qué significa esta decisión?
En líneas generales, cuando un importador compra una mercadería en el exterior se le cobra una percepción del 6% de impuesto a las Ganancias y luego se le cobra el IVA del 21% y también una percepción del IVA de 20%, el famoso “doble cobro de IVA” por el que tanto reclamaban los importadores.
Cuando las empresas tienen saldo a favor de Ganancias e IVA, hasta marzo de 2023 se tramitaba un certificado que emitía la entonces AFIP para que esos importadores no sufran retenciones y percepciones. Ese certificado, explicó el tributarista Sebastián Domínguez a Infobae, servía para que el importador no sufriera percepciones, pero en marzo de 2023 el Gobierno anterior suspendió esa posibilidad, por lo que los importadores, aún teniendo saldos a favor, comenzaron a pagar igual las percepciones.
A su vez, el gobierno de Javier Milei, cuando asumió, prorrogó esa norma por un año, hasta diciembre de 2024, y luego nuevamente hasta junio de 2025. Pero ahora cambió de parecer y habilitó nuevamente esos certificados. Por lo tanto, a partir de este viernes, los importadores que tengan ese documento por contar con saldos a favor dejarán de pagar esas retenciones y percepciones. Tramitar esos certificados no es difícil; en el caso del de IVA, está prácticamente automatizado, por lo que puede generar minutos. El de ganancias demora unos días.
“Hay empresas que desde que eliminaron los certificados no pudieron importar más porque el 26% adicional que tenían que pagar luego no lo podían recuperar. Otras, en cambio, trasladaron ese costo a los precios”, afirmó Domínguez.
El ministro de Economía, Luis Caputo, se refirió a la decisión en su cuenta de X y destacó que “la norma tendrá un impacto positivo en la economía, yaque permitirá reducir el costo argentino”.

La decisión, difundida en el Boletín Oficial, es resultado del trabajo conjunto con la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, en el marco del objetivo del gobierno nacional por simplificar los procedimientos administrativos de los contribuyentes, informó ARCA.
Sobre las percepciones tributarias en las importaciones, el organismo recaudador explicó que estos regímenes fueron creados entre 2007 y 2010 y son aplicables a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas. Estas normas establecían percepciones del 20% en el IVA y del 6% por Ganancias, aunque al mismo tiempo contemplaban certificados de exclusión para casos particulares.
¿Qué es un certificado de exclusión?
Es un documento emitido por ARCA que permite a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas. En este caso, evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones, cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.
Según consignó el tributarista, “esta resolución es positiva para el comercio exterior, ya que restablece un esquema lógico de percepciones, que funcionan como adelantos de impuestos, permitiendo que las empresas con certificados vigentes eviten pagos indebidos”.
En concreto, los importadores que cuenten con:
- Certificados de no retención, percepción y pagos a cuenta del IVA (RG 2226)
- Certificados de no retención del Impuesto a las Ganancias (RG 830)
podrán utilizarlos para evitar percepciones en sus importaciones, eliminando una carga financiera innecesaria, aclaró Domínguez, quien agregó que “esto no solo fortalecerá la competitividad del sector, sino que también debería reflejarse en una reducción de costos que contribuya a una baja de los precios de bienes y servicios a lo largo de toda la cadena comercial”. “Con esta medida, el régimen vuelve a su esquema original, brindando previsibilidad a los importadores y corrigiendo una distorsión que afectó la operatividad del comercio exterior durante casi dos años”, remató.
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