
El Gobierno nacional, a través de la resolución 990/2024, oficializó un aumento en los montos de las asignaciones familiares, según lo publicado en el Boletín Oficial. La medida, firmada por Mariano de los Heros, titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), establece un incremento del 3,47%.
Entre otras, se trata de las asignaciones por adopción, por matrimonio, por hijo y ayuda escolar anual. “El incremento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N° 24.714 será equivalente a tres con cuarenta y siete centésimos por ciento (3,47%)”, detalla el documento.
“Cuando, por aplicación del incremento mencionado en el artículo 1º de la presente, el monto de las asignaciones familiares y/o el valor de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar resulten con decimales, se aplicará redondeo al valor entero siguiente”, aclara la resolución.
Además, se establece que si una persona del grupo familiar percibe ingresos superiores a $1.862.184, quedarán excluidos del cobro de estas asignaciones.
Cómo quedaron los valores de las asignaciones familiares
En cuanto a los valores específicos de las asignaciones, estos varían según la zona geográfica y el nivel de ingresos. El anexo de la resolución proporciona detalles sobre las diferentes categorías. Por ejemplo, el valor de la asignación por nacimiento es de $52.942, el beneficio por matrimonio se establece en $79.275 y la asignación por adopción alcanza los $316.570. Estos montos son aplicables a aquellos grupos familiares cuyos ingresos no superen los $3.724.368.
En relación con la asignación prenatal, los montos a pagar también dependen de la categoría de ingresos y la región en la que resida el grupo familiar. Por ejemplo, los grupos familiares con ingresos de hasta $703.305 recibirán una asignación base de $45.752, mientras que aquellos con ingresos más altos, entre $1.190.867 y $3.724.368, percibirán $9.555. Estos valores se aplican igualmente a las asignaciones por hijo, con montos más elevados para los casos de hijos con discapacidad. En este caso, la asignación más alta será de $147.895 y la más baja de $66.032.
La ayuda escolar anual quedó fijada en $120.990, un monto que también se aplicará a quienes tengan hijos con discapacidad en edad escolar. Asimismo, los montos para titulares de asignaciones universales para protección social se establecieron de la siguiente manera para la mayor parte del país: $90.837 para la asignación por embarazo, $90.837 para hijo, $295.786 para hijo con discapacidad y $120.990 para la ayuda escolar anual, incluidos los casos de hijos con discapacidad.
En los considerandos de la resolución, se detallan los fundamentos de la medida, que se enmarca entre otros puntos en la Ley N° 24.714. Dicha norma establece un régimen de asignaciones familiares de carácter nacional y obligatorio para trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector privado como del público, así como para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del régimen de pensiones no contributivas. El régimen también cubre a los beneficiarios de la asignación por embarazo y de la asignación universal por hijo para protección social.
La resolución también hace referencia a la Ley N° 27.160, que dispone la aplicación de la movilidad a los montos de las asignaciones familiares y a la actualización de los límites y rangos de ingresos.
Asimismo, se menciona el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/2024, que introdujo modificaciones en la Ley N° 24.241, al establecer que los haberes se actualizan de manera mensual, siguiendo las fluctuaciones del índice de precios. De esta manera, el Gobierno busca mantener el poder adquisitivo de las asignaciones familiares frente a la inflación.
Finalmente, la resolución conjunta N° RESFC-2021-8 del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Desarrollo Social establece que, en ningún caso, los montos de las asignaciones por hijo, hijo con discapacidad o prenatal para trabajadores bajo ciertas modalidades contractuales podrán ser inferiores al 100% del valor general de la asignación universal por hijo o embarazo para protección social.
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