
El Gobierno Nacional dispuso el incremento de los sueldos para los miembros de la las Fuerzas Armadas (FFAA) que cobrarán a partir del 1° de agosto. La suba también alcanza a la Policía de Establecimientos Navales, quienes cumplen funciones de seguridad en los lugares sometidos exclusivamente a la jurisdicción militar.
La decisión fue confirmada a través de la Resolución Conjunta 46/2024 de los Ministerios de Defensa y de Economía, que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El último aumento había sido otorgado en junio.
“Resulta necesario fijar una escala de haberes que reconozca una adecuada jerarquización con relación a la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”, señaló el Poder Ejecutivo en las consideraciones.
“En tal entendimiento resulta procedente establecer los importes del ‘Haber Mensual’ del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales a partir de agosto de 2024″, se agregó en el texto que lleva las firmas de los ministros Luis Petri y Luis Caputo. Para ello, tomó intervención la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público, las áreas técnicas y los servicios jurídicos permanentes del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Economía”, explicó el Gobierno.
A continuación se detallan las nuevas escalas salariales para el personal militar de las Fuerzas Armadas, según los distintos grados jerárquicos, vigentes a partir del 1 de agosto de 2024.
- Oficiales Superiores: Teniente General, Almirante, Brigadier General: $2.091.634 General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor: $1.865.276 General de Brigada, Contralmirante, Brigadier: $1.699.453 Coronel, Capitán de Navío, Comodoro: $1.488.572 Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro: $1.294.240
- Oficiales Jefes: Mayor, Capitán de Corbeta: $1.019.647
- Oficiales Subalternos: Capitán, Teniente de Navío: $844.469 Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente: $751.105 Teniente, Teniente de Corbeta: $677.146 Subteniente, Guardiamarina, Alférez: $613.273
- Suboficiales Superiores: Suboficial Mayor: $1.045.817 Suboficial Principal: $927.140
- Suboficiales: Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante: $821.923 Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar: $722.971 Sargento, Cabo Principal: $649.066 Cabo Primero: $582.497 Cabo, Cabo Segundo: $539.136
- Tropa Voluntaria: Voluntario 1ra., Marinero 1ra.: $491.079 Voluntario 2da., Marinero 2da.: $454.448
Con respecto al personal de la Policía de Establecimientos Navales, el Gobierno difundió un cuadro de como quedarán compuestos los haberes mensuales a partir del 1° de agosto, contemplando sueldo básico y las bonificaciones por funciones específicas de acuerdo a la jerarquía dentro de la fuerza.
- Oficiales Superiores: Comisario Inspector: Sueldo $257.920, Bonificación $386.851, Haber mensual $644.771 Comisario: Sueldo $247.548, Bonificación $371.331, Haber mensual $618.879 Sub Comisario: Sueldo $230.250, Bonificación $345.392, Haber mensual $575.642
- Oficiales Jefes: Oficial Principal: Sueldo $200.830, Bonificación $301.210, Haber mensual $502.040 Oficial Inspector: Sueldo $182.711, Bonificación $274.004, Haber mensual $456.715
- Oficiales Subalternos: Oficial Subinspector: Sueldo $152.795, Bonificación $229.179, Haber mensual $381.974 Oficial Ayudante: Sueldo $126.550, Bonificación $189.852, Haber mensual $316.401 Oficial Subayudante: Sueldo $111.322, Bonificación $166.948, Haber mensual $278.270
- Personal de Apoyo: Subescribiente: Sueldo $181.772, Bonificación $272.594, Haber mensual $454.366
- Suboficiales: Sargento Primero: Sueldo $137.357, Bonificación $205.900, Haber mensual $343.257 Sargento: Sueldo $131.566, Bonificación $197.367, Haber mensual $328.933 Cabo: Sueldo $105.485, Bonificación $158.272, Haber mensual $263.757
- Personal de Base: Agente de Primera: Sueldo $102.025, Bonificación $152.917, Haber mensual $254.942 Agente de Segunda: Sueldo $100.290, Bonificación $150.525, Haber mensual $250.815
“El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución será atendido con los créditos correspondientes a las subjurisdicciones respectivas del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional del Ministerio de Defensa”, aclaró el Gobierno Nacional en el artículo 3° de la resolución publicada esta madrugada en el Boletín Oficial.
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