¿Cuándo y cómo cobran el bono las empleadas domésticas?

La AFIP permite simular el valor del importe mensual y total del refuerzo para el régimen de trabajo en casas particulares

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Los empleadores que podrán acceder al reintegro serán quienes tengan a sus empleados registrados en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Getty Images/Seksan Mongkhonkhamsao)
Los empleadores que podrán acceder al reintegro serán quienes tengan a sus empleados registrados en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Getty Images/Seksan Mongkhonkhamsao)

Las empleadas domésticas, actividad sujeta al régimen de trabajo en Casas Particulares cobrarán un bono de $25.000 que se abonará en dos cuotas mensuales por única vez y de forma proporcional a las horas trabajadas. Para calcularlo de manera sencilla, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispone de un simulador para conocer cuál es el valor del importe mensual y total del refuerzo que le corresponde a cada empleado.

Los empleadores tienen tiempo de abonarlo dentro de los primeros 15 días hábiles de septiembre y octubre, respectivamente, por lo que el plazo para septiembre ya venció y en caso de no haberlo pagado es urgente su regularización. Durante el noveno mes del año, con el aumento del 8%, el personal para tareas específicas con retiro cobrarán $1.136 por hora y $139.095,50 el mes. Al sumar la primera cuota del bono, percibirán en total 151.595,50 pesos.

¿Cómo se calcula el bono para las empleadas domésticas?

El bono para empleadas domésticas es de $25.000 y se abonará en dos cuotas mensuales. La cantidad que cada empleada recibirá es proporcional a las horas trabajadas. Por ejemplo, si una empleada trabajó 150 horas en agosto, el bono total será de $19.531,25, y la cuota del refuerzo mensual será de 9.765,63 pesos.

El personal de casas particulares cobra $1.136 por hora en septiembre (Ricardo Rubio)
El personal de casas particulares cobra $1.136 por hora en septiembre (Ricardo Rubio)

¿Cómo funciona el simulador de la AFIP?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ofrece un simulador en línea para calcular el monto total del bono. Para utilizarlo, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al portal “Casas particulares” de la AFIP.
  2. Introducir en la calculadora las horas trabajadas en agosto.
  3. Hacer clic en “Calcular”.
La calculadora de AFIP para el bono del personal de casas particulares
La calculadora de AFIP para el bono del personal de casas particulares

El sistema mostrará el monto total y mensual del bono

¿Cuándo se paga el bono para empleadas domésticas?

Los empleadores tienen hasta los primeros 15 días hábiles de septiembre y octubre para abonar las dos cuotas del bono. La primera cuota corresponde al salario devengado en agosto y la segunda al salario de septiembre.

¿Cuánto gana por hora una empleada doméstica en septiembre?

En septiembre, el personal para tareas específicas con retiro cobrará $1.136 por hora.

El bono es de $25.000 y se paga en dos cuotas (Foto: AFIP)
El bono es de $25.000 y se paga en dos cuotas (Foto: AFIP)

¿Cuánto gana una empleada doméstica que trabaja 8 horas?

Una empleada doméstica que trabaja 8 horas al día para tareas específicas con retiro ganará un salario mensual de $139,095.50. Al sumar la primera cuota del bono, percibirán en total 151.595,50 pesos.

La información sobre los salarios y bonos para empleadas domésticas sigue siendo un tema de interés público, especialmente en el contexto económico actual. Estas medidas buscan ofrecer un alivio financiero a uno de los sectores más vulnerables de la fuerza laboral.

Bono para empleadas domésticas: quiénes podrán pedir el reintegro del 50%

De acuerdo con la resolución 1.136, podrán acceder al reintegro del 50%, los empleadores que cumplan los siguientes requisitos:

  • La relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre para el reintegro de las dos cuotas de la asignación no remunerativa ($25.000). En caso de que solo estuvo activa en el octavo mes del año, solo se reintegrará la primera cuota.
  • Que se encuentre previamente registrado el pago de la suma fija.
  • No haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador.

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