Alivio fiscal para monotributistas y autónomos: uno por uno, cuáles son los beneficios

Según los datos oficiales, beneficiará a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos

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El Senado aprobó por unanimidad
El Senado aprobó por unanimidad el alivio fiscal para Monotributistas (Fotos: Delfina Linares, Comunicación Senado)

El Senado de la Nación aprobó y convirtió en ley, por unanimidad, el proyecto de ley de alivio fiscal que beneficiará a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos. El proyecto fue abordado en un breve debate para que pudiera quedar sancionado antes de la medianoche y evitar así que las nuevas escalas se disparen a partir del 1° de julio.

La iniciativa, presentada por el presidente de la Cámara de Diputados a principios de junio, Sergio Massa, actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas y, por otro, aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.

La ley suma nuevos beneficios para los sectores de menor facturación e incrementa en un 60% el monto tope de las primeras cuatro categorías del monotributo, mientras que en las dos primeras -A y B- se elimina el pago del componente impositivo.

Algunos cambios implementados al proyecto original en Diputados:

- Las categorías más bajas del monotributo -A y B- no pagarán el componente impositivo, por lo que la cuota mensual será de $288 y $555 por mes, respectivamente.

- Este beneficio es para los monotributistas “puros”, es decir para quienes no tienen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.

- La facturación (ingresos brutos anuales) que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será la siguiente:

Categoría A hasta $748.382

Categoría B hasta $1.112.459

Categoría C hasta $1.557.443

Categoría D hasta $1.934.273

Categoría E hasta $2.277.684,56

Categoría F hasta $2.847.105,70

Categoría G hasta $3.416.526,83

Categoría H hasta $4.229.985,60

Categoría I hasta $4.734.330,03

Categoría J hasta $5.425.770,00

Categoría K hasta $6.019.594,89.

Con la actualización de los
Con la actualización de los topes máximos de facturación, los monotributistas no tendrán que saltar hacia una escala mayor

- De esta manera, según se precisó, no incluirá aumento en las cuotas mensuales a pagar, sino que habrá una actualización de los topes máximos de facturación para que los monotributistas no tengan que saltar hacia una escala mayor, o quedar afuera del Régimen Simplificado.

Los cambios impactarán positivamente en la situación económica de 4.498.419 monotributistas, de los cuales el 39% residente en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) y el 61% restante en el resto del país, según las cifras oficiales.

- Con respecto a los autónomos, la ley prevé pasar de 2 a 2,5 veces la deducción especial para autónomos y en triplicar la de nuevos profesionales.

El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, el riojano Ricardo Guerra, dijo que “este proyecto fija que a partir de mañana (por este viernes) la vigencia de los nuevos valores de ingresos brutos anuales que conforman escalas de nuevas categorías de monotributistas”.

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