Menos trabas para el dólar MEP y contado con liquidación: qué cambia y cómo se puede comprar divisas a partir de ahora

La Comisión Nacional de Valores revirtió dos trabas que ponían un límite a la cantidad de bonos semanales que se podían operar e impedían movimientos entre distintas especies. Rigen desde el lunes

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Foto de archivo - Operadores
Foto de archivo - Operadores trabajan en el piso de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, en Buenos Aires, Argentina. Feb 26, 2020. REUTERS/Agustin Marcarian

En medio del retroceso de las cotizaciones financieras del dólar y en el marco del anuncio de un acuerdo a nivel de staff para un nuevo programa del Fondom Monetario Internacional (FMI) en la Argentina, la Comisión Nacional de Valores (CNV) eliminó dos regulaciones que pesaban sobre las operaciones con bonos soberanos en dólares que se utilizan para concretar operaciones cambiarias conocidas como dólar MEP y dólar contado con liquidación. Las trabas, impuestas en momentos en que el Banco Central intervenía en esas cotizaciones paralelas dejaron de tener sentido sin esa participación.

En ese contexto, conviene repasar qué límites imponían las normas que fueron revertidas y que dejarán de pesar sobre el mercado desde el próximo lunes.

Así lo detalló el comunicado oficial:

1- Se eliminará el cupo semanal de 50.000 Valores Nominales para la liquidación de títulos de deuda soberanos denominados en dólares bajo legislación local en moneda extranjera;

2- La concertación y liquidación de títulos de deuda soberanos denominados en dólares bajo legislación local en moneda extranjera no supondrá restricciones sobre otras operatorias en mercados regulados.Esta decisión se toma en coordinación con el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de contribuir al desarrollo del mercado de capitales y a la transparencia en los ámbitos de negociación y liquidación de los mercados regulados, en el marco de la política económica actual.

El primer punto, que surge de dejar sin efecto las resoluciones generales 907 y 911 de la CNV del año pasado, elimina en los hechos un tope que existía a la cantidad de dólares que se podía comprar con la operatoria conocida como dólar MEP. Esos 50.000 nominales, a los precios vigentes, implicaban que por semana no se podía comprar más de USD 14.750.

Sin el tope a los nominales, por lo tanto, ya no existe límite alguno a la cantidad de dólares que se pueden comprar y vender a través de las cotizaciones financieras.

“Hasta ahora eran 50.000 de valor nominal operado, no se podia netear desde octubre. Ahora se elimino todo”, dijo Mauro Mazza de Bull Market Brokers.

En el segundo punto, mientras tanto, lo que se elimina es un límite a operar bonos de distintas legislaciones en el mismo mes con el fin de arbitrar diferentes precios del dólar. Esto es porque cuando el Banco Central intervenía en el mercado de dólar MEP vendiendo divisas a través de bonos ley local, se generaba una brecha entre la cotización que pisaba el Gobierno y la cotización implícita en bonos regidos por la ley de Nueva York, que era más alta. Esto tenía un costo para la autoridad monetaria, porque las reservas que vendía baratas eran revendidas por privados al precio más caro y volvían virtualmente infinita a la demanda.

Ahora, con el Banco Central fuera de la cancha esa segmentación de mercados deja de ser necesaria. Hoy, el dólar MEP en el Bonar 30 regido por la ley local cotiza a $197,19 por dólar, mientras que la cotización implícta en gl Global 30 regido por la ley de Nueva York se transa a $196,28 por dólar. Casi sin brecha.

Eliminado esto, ahora se puede comprar y vender dólar MEP o liqui en el bono que más conveniente le resulte a cada ahorrista.

Con todo, una de las trabas más recientes todavía está vigente. Y esta es la obligatoriedad de operar dólares financieros -MEP o liqui- desde una cuenta bancaria, local o extranjera. Este medida que desincentiva el contado con liquidación sigue vigente.

También siguen vigentes los períodos de parking que obligan a mantener los bonos en cartera durante un tiempo determinado para limitar estas compras.

Parking y regulaciones

A continuación, detallamos los límites que todavía siguen:

Esperar 1 días hábil( parking) entre la compra del bono en pesos (AL30) y su posterior venta en dólares (AL30D)

Para los casos de compra en especie D (AL30D) y su posterior venta en pesos (AL30), mejor conocido como Dólar MEP inverso, no aplica el parking.

Quiénes pueden comprar

Se podrá operar Dólar MEP (y también contado con liqui) cuando:

- No se haya comprado dólar solidario los 90 días corridos anteriores a la venta del bono en especie D. Por ejemplo: si se compró dólar solidario el 3 de septiembre podrás vender el bono en especie D o C el 3 de diciembre.

- No se haya accedido a refinanciamientos. Por ejemplo: congelamientos de las cuotas en préstamos hipotecarios para vivienda única o prendarios UVA, diferimiento de cuotas en financiaciones al final del plazo o refinanciación de tarjetas de crédito en abril o septiembre 2020.

- No se haya tomado un “Crédito a Tasa Cero” o un “Crédito a Tasa Cero Cultura” ni de una financiación de la Comunicación “A” 6937.

- No se haya tomado un “Crédito a tasa 24%” para sujetos no informados en la Central de Deudores del “Sistema Financiero, ni un “Crédito a Tasa Subsidiada para Empresas”.

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