Gas: cómo es el plan de 30 cuotas que deberán ofrecer las empresas a quienes se atrasaron con los pagos durante la pandemia

Una resolución publicada hoy crea un plan de facilidades de pago para usuarios que entraron en mora durante la emergencia sanitaria

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Según trascendió, los aumentos
Según trascendió, los aumentos

El Gobierno estableció que las empresas distribuidoras de gas deberán otorgar a los usuarios la posibilidad de cancelar deudas contraidas durante la pandemia en hasta 30 cuotas y puso un tope a la tasa de interés que pueden cobrar por ese plan de pagos.

A través de la resolución 383 de 2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del ministro de Economía Martín Guzmán, se obliga a las prestadoras del servicio a ofrecer un plan de pagos a los usuarios, residenciales o no, que se vieron beneficiados por el Decreto de Emergencia Sanitaria de marzo de 2020, que estableció la prohibición de los cortes de servicio por falta de pago para ciertos consumidores de bajos recursos.

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“Establécese que las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán otorgar a los usuarios y a las usuarias residenciales y no residenciales beneficiados por la suspensión de cortes de servicio establecida en el Decreto 311/2020, planes de facilidades de pago de hasta treinta (30) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, para cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del citado decreto; sin perjuicio que el usuario o la usuaria pueda solicitar fehacientemente ante la Prestadora su cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas”, dice el artículo uno de la resolución.

La tasa tope para la refinanciación se establece la mitad de la tasa activa a 30 días del Banco Nación, que hoy está en 40,87% nominal anual, lo que la lleva al 20,43% en la actualidad.

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“La tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades destinados a usuarias y usuarios no residenciales mencionados en el artículo 1° de esta medida no podrá exceder el cincuenta por ciento (50 %) de la tasa activa nominal anual de cartera general a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos. Los intereses no podrán ser capitalizables”, establece la norma.

Una vez adheridos al plan de pagos, los beneficiarios quedarán expuestos a un posible corte de suministro en caso de acumular 3 cuotas consecutivas o 6 cuotas alternas en mora.

Las empresas, por otra parte, podrán extender el plan de facilidades a deudas previas a la emergencia sanitaria.

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