
Juan Manuel Vaquer, el abogado y empresario agropecuario que anunció que ya había concretado el pago del aporte solidario y extraordinario, más conocido como impuesto a la riqueza, manifestó que se trató de un “gran esfuerzo” y pidió que, ahora, los funcionarios de la administración pública “hagan su parte”.
“Lo reflexioné mucho y decidí pagar. Eso me da la autoridad para exigir que a quienes les toca administrar la cosa pública que hagan su parte”, dijo en declaraciones a Radio Urbana Play. “Me refiero a todo aquel que ocupa una posición en la administración pública, en el Estado Nacional, provincial, municipal, legisladores, Poder Ejecutivo o Judicial. Me pidieron a mí que haga un esfuerzo extraordinario y lo hice. Les pido que hagan bien su tarea, lo ordinario”, reclamó.
“Una cosa que me sorprendió es que un patrimonio como el mío fuera considerado como una gran fortuna”, agregó Vaquer. El aporte solidario o impuesto a la riqueza debe ser pagado por contribuyentes cuyo patrimonio supere los $200 millones, unos USD 2 millones al dólar oficial y poco más de USD 1,2 millones si se toma el dólar solidario.
“En cualquier ciudad importante del mundo, una buena vivienda, pero no extraordinaria vale eso. Este impuesto se aplica a quienes tienen activos por $200 millones, yo puedo tener deudas e igual se me considera como una gran fortuna”, señaló el empresario del rubro agropecuario y ex presidente de la compañía Dupont.

“Creo que estamos ante una situación de tal crisis, con el 50% de la gente debajo de la línea de la pobreza, que hoy es casi crónica. Si no nos ponemos todos a hacer bien lo que tenemos que hacer, no vamos a salir. Ese es el planteo”, señaló.
Aunque no detalló cuál fue el monto total que pagó por el impuesto, el empresario remarcó que se trató de un gran esfuerzo. “Para mí, para mi patrimonio, es mucho. Tuve que hacer un esfuerzo extraordinario. Que se suma a todos los otros impuestos, como Bienes Personales y Ganancias”, aclaró.
A pesar de su decisión, se manifestó a favor de los reclamos que otros contribuyentes alcanzados por el impuesto a la riqueza están realizando en la Justicia. “Cuando uno no está de acuerdo o cree que algo es ilegal tiene el derecho de ir a la Justicia. No juzgo a los que van a la Justicia. Yo tomé otra decisión y no me arrepiento de eso”, aclaró.
El aporte solidario y extraordinario alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes (en la Argentina y en el exterior) y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, cuando superen la suma de $200 millones. La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley 27.605: 18 de diciembre de 2020.

La Administración Federal de Ingresos públicos (AFIP) acaba de extender el plazo para el vencimiento: la fecha para el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada y el pago se trasladó hasta el 16 de abril 2021, inclusive.
A comienzos de marzo, además, la AFIP ya había habilitado la posibilidad de cancelar el impuesto a la riqueza con un régimen de facilidades, con un pago de un anticipo del 20% del tributo y luego la cancelación del saldo en cinco cuotas mensuales. Las personas alcanzadas por el impuesto podrán ejercer la opción del plan de facilidades entre el 23 de marzo y el 28 de abril inclusive.
La alícuota a aplicar para este impuesto es de entre el 2% y el 3,5% para el caso de bienes en el país. Para bienes en el exterior, la alícuota es de entre el 3% y el 5,25%, según el patrimonio gravado. La ley prevé que en el caso de la repatriación de al menos el 30% de los activos financieros en el exterior no se apliquen las alícuotas de bienes del exterior y solo se apliquen las alícuotas de bienes del país.
El 22 de marzo se conoció el primer fallo a favor de un contribuyente que reclamó no pagar este impuesto por considerarlo confiscatorio: la jueza en lo contencioso administrativo Cecilia Gilardi Madariaga de Negre aceptó una medida cautelar de Alejandro Scannapieco, ejecutivo de la empresa Globant. La decisión tendrá una vigencia de tres meses con una caución de $100.000 que deberá pagar el empresario hasta que se resuelva la cuestión de fondo que reclama en su amparo. Luego, hubo presentaciones similares de otros contribuyentes, las cuales obtuvieron distintos resultados en la Justicia.
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