Hoy, debate en vivo en Infobae: todo lo que hay que saber sobre el impuesto a la riqueza en la voz de los especialistas

El evento comenzará a las 10 de la mañana y será trasmitido desde la portada de Infobae y en el canal de YouTube. Dudas, impacto y consecuencias de la cuestionada norma que impulsó el oficialismo en medio de pandemia

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Impuesto a la Riqueza 1
"Todo lo que hay que saber sobre el impuesto a la riqueza", en vivo, por Infobae

A pesar de haber recibido muchas objeciones en términos legales y económicos, el Congreso convirtió en ley el impuesto a la riqueza bajo la promesa de que se aplicará por única vez, en virtud de las necesidades económicas generadas por la emergencia de la pandemia de Covid-19.

En ese marco de dudas para los contribuyentes, Infobae organiza un debate en vivo sobre el impacto y las consecuencias de la cuestionada norma que impulsó el oficialismo.

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El evento podrá verse en vivo desde la home de Infobae o accediendo directamente a este link de Youtube

La transmisión se llevará a cabo hoy, miércoles 10 de marzo, a las 10 de la mañana con la presencia del abogado penalista de empresas y socio de Iezzi & Varone, Gabriel Iezzi; el subdirector del Observatorio de Derecho Penal Tributario de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Horacio Cardozo; y del economista y ex director del Banco Central, Enrique Szewach. ¿El objetivo? Abordar las dudas, el impacto y las consecuencias de la cuestionada norma que impulsó el oficialismo en medio de pandemia.

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El abogado penalista de empresas y socio de Iezzi & Varone, Gabriel Iezzi será parte del debate organizado por Infobae
El abogado penalista de empresas y socio de Iezzi & Varone, Gabriel Iezzi será parte del debate organizado por Infobae

El tributo, cuya denominación formal es Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, espera sumar $300.000 millones a las arcas públicas, que la propia ley asigna a destinos específicos, vinculados al financiamiento de la compra de equipamiento médico y las actividades productivas, en particular de las pymes.

Según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estarán obligados a pagarlo casi 12.000 contribuyentes. Los privados estiman que serán más. En el último día de marzo habrá que presentar la declaración jurada y pagar lo que el Gobierno denominó “Aporte Solidario y Extraordinario”.

Más allá de las dudas que genera que se aplique por única vez, se avecina una importante cantidad de pedidos de recursos de amparo por las contradicciones que genera la ley. Los más vehementes hablan de rebelión fiscal en particular en el campo que es uno de los sectores más afectados.

Un 30% de quienes tienen una posición tomada respecto al aporte solidario y extraordinario, iría a la justicia declarando su inconstitucionalidad si les tocara, de acuerdo a la primera edición del Monitor Empresarial elaborado por Taquion LIDE y BDO. En tanto, sólo tres de doce países europeos que aplicaron el impuesto a la riqueza en las últimas décadas lo mantienen y en solo uno de ellos, Suiza, el tributo recauda una porción significativa (1,1%) del PBI.

Cuáles son los ejes principales del cuestionado proyecto

La ley prevé el cobro, por única vez, de una tasa de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos.

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El economista Enrique Szewach

En el caso de los patrimonios en moneda extranjera, se computará el tipo de cambio del día de promulgación de la ley para establecer si supera o no ese límite.

Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior. El impuesto no tiene un mínimo no imponible.

Las personas humanas de nacionalidad argentina que con domicilio o residencia en “jurisdicciones de baja o nula tributación”, se considerarán residentes. Las personas residentes en el exterior, lo pagarán por la totalidad de sus bienes situados en el país.

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El diputado Carlos Heller impulsor de la normativa

La tasa se elevará al 2,25% para las fortunas que se encuentren en el rango de los $300 millones a los $400 millones; será de 2,50%, para aquellos que tengan entre $400 millones y $600 millones y de 2,75% para aquellos patrimonios entre $ 600 y 800 millones de pesos.

La última escala tiene una tasa que arranca en 3% para las fortunas entre los $800 y $1.500 millones; se incrementa al 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y $3.000 millones.

Para aquellos contribuyentes que tengan más de $3.000 millones, la tasa a pagar será del 3,5 por ciento. Según la AFIP, en la Argentina hay 380 personas físicas que están en esa situación, cuyos aportes representarán el 55% del total de lo recaudado por el nuevo tributo.

Para aquella parte del patrimonio que se encuentra fuera del país, las alícuotas tendrán una penalidad de 50%, es decir, el mínimo es de 2% y el máximo es de 5,25%. Asimismo, si hay una repatriación de al menos el 30% de las tenencias financieras que tiene declaradas en el exterior en los 60 días posteriores a la promulgación de la ley, ese diferencial de 50% se elimina y, además, paga por la totalidad de sus bienes como estuvieran en el país.

Lo recaudado por este impuesto será destinado en un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural (poco más de $75.000 millones); un 20% ($60.000 millones) a comprar equipamientos de salud para atender la pandemia; un 20% (60.000 millones de pesos) a apoyar a pymes con subsidios y créditos; un 20% (60.000 millones de pesos) para financiar un relanzamiento del plan de las becas Progresar destinado a jóvenes estudiantes; y 45.000 millones de pesos (un 15%) para urbanizar barrios populares en donde serán contratadas cooperativas de los vecinos de cada barrio.

Si en los últimos 180 días hubiera variaciones en los bienes que hicieran presumir una operación destinada a eludir el pago, la AFIP podrá disponer que esos activos se computen a los efectos determinar el monto a pagar.

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