La AFIP extendió hasta el martes próximo la inscripción al programa de ayuda para pagar sueldos

La entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont, subrayó que “todas las empresas deberán inscribirse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado”

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La AFIP aclaró cómo valuar los inmuebles y autos.
La AFIP aclaró cómo valuar los inmuebles y autos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió cinco días hasta el martes 26 de mayo el plazo para que las empresas se registren en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

"Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios del corriente mes en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el 26 de mayo, inclusive, para anotarse con clave fiscal en el sitio web del organismo", explicó la AFIP en un comunicado.

La entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont, subrayó que “todas las empresas deberán inscribirse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado”.

De esta manera, se acreditará por segundo mes consecutivo el auxilio a empresas privadas mediante el pago de la mitad de casi un millón de salarios y la reducción de contribuciones patronales, como medida para paliar los efectos de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.

La AFIP precisó que los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores

Cabe recordar que el programa es una de las herramientas previstas por el Estado para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO).

De esta manera, el pago se realizaría el cuarto día hábil de junio, como ocurrió este mes con la ayuda para los sueldos de abril. En tanto, las empresas que reciban este auxilio podrán elegir entre reducir las contribuciones patronales en un 95% o postergar su pago por dos meses.

La entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont, subrayó que “todas las empresas deberán inscribirse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado”. (Télam)
La entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont, subrayó que “todas las empresas deberán inscribirse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado”. (Télam)

Asimismo, la Anses transferirá a las cuentas de los trabajadores, en forma directa, un monto para cubrir el 50% del sueldo de bolsillo: la asignación no podrá ser menor a un salario mínimo (16.875 pesos) ni mayor a dos (33.750 pesos).

Los interesados pueden ingresar a la pagina web de la Anses y seleccionar la opción desde la sección “Accesos Rápidos” y allí deberán colocar su número de CUIL para que el sistema confirme si fue aprobado el pago. De ser así, también se informará al usuario cuál será la fecha de acreditación.

Se acreditará por segundo mes consecutivo el auxilio a empresas privadas mediante el pago de la mitad de casi un millón de salarios y la reducción de contribuciones patronales

En ese marco, alrededor de 250.000 empleadores ya se registraron en el sitio web de la AFIP para acceder a la nueva etapa de asistencia estatal para el pago de los salarios de más de tres millones de trabajadores.

Finalizado el período de inscripción y la carga de información económica, se evaluará cuáles son los beneficios a los que podrá acceder cada empresa.

De acuerdo a los criterios de acceso previstos en el programa ATP fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo, las empresas deberán desarrollar una de las actividades contempladas por la normativa y su facturación entre abril de 2019 y abril de 2020 no podrá registrar una variación superior al 5%.

En tanto, la AFIP precisó que los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores. La carga de la información se hace a través del servicio web “Simplificación Registral”.

Por último, la dependencia oficial precisó que no es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador figure como titular o cotitular.

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