
Los aumentos en las alícuotas para el impuesto a los Bienes Personales aprobados en la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva podrían llegar a duplicar el monto anual que pagan los contribuyentes. O incluso más del doble en el caso de que tengan parte de sus bienes en el exterior. La norma dispuso reemplazar las alícuotas de la escala actual (que va desde 0,25% hasta 0,75%) por otra que va desde 0,50% hasta 1,25% y con la posibilidad de llevarse al doble -algo aun no decidido- en el caso de que los bienes declaradas estén fuera del país.
Según un análisis realizado por Mauricio Gaiero, especialista del estudio Sasovsky & Asociados, basado en cuatro casos de personas con patrimonios correspondientes a ingresos altos y medios, el monto anual que tributarían con el impuesto a partir de la nueva escala se duplicaría con respecto a la escala anterior.
En el caso 1, se tomó a una persona con un amplio poder adquisitivo que tiene como bienes una casa en Belgrano de cinco ambientes donde vive (valuada en $17 millones), una quinta en zona Norte ($12 millones), un departamento de tres ambientes en Congreso ($6,5 millones) y otro de un ambiente en Recoleta ($10 millones), un auto 0 kilómetro ($2,8 millones) y otro modelo 2010, que ya está amortizado. Además, cuenta con ahorros en el exterior por USD 200.000. Ese contribuyente tiene bienes gravados por $44.400.000, a los que se descuenta el mínimo no imponible de $2 millones. Con la escala actual pagaría $265.500 anuales ($82.500 de importe fijo más $183.000 por alícuota del 0,75%). Con la escala dispuesta en la nueva ley pagaría $461.250 anuales ($156.250 de importe fijo más $305.000 de alícuota del 1,25%). Ese pago se divide en cinco anticipos.
Para el caso 2, se consideró un patrimonio de un departamento de tres ambientes en Palermo ($16,8 millones) utilizado como vivienda, una casa en Pinamar ($10,6 millones), un auto 0 kilómetro ($1,2 millones) y ahorros por USD 100.000 pero que no están ni en caja de ahorro ni en un plazo fijo. Esa persona pagaría por bienes personales $74.250 con la escala actual y $174.750 con la nueva.
El caso 3, con un patrimonio más acotado, un contribuyente que es dueño y vive en un tres ambientes en Caballito ($15,9 millones), un auto modelo 2015 ($650.000) y ahorros por USD 50.000 en el colchón o en caja de seguridad. Luego de descontar los $2 millones no imponibles, queda un patrimonio de $1.925.000 por el que pagaría $4.812,50 por año con la escala actual (se aplica un 0,25%) o $9.625 por año con la escala nueva y una alícuota de 0,50%, la más baja.
Y el caso 4, una persona que cuenta y vive en un tres ambientes en Flores, un auto modelo 2010 (ya amortizado) y ahorros por USD 10.000 (fuera del banco) sumaría un patrimonio total de $655.000 si se toma un dólar a $65,50 ya que la vivienda está excluida por ser casa habitación y tener un valor menor a los $18 millones. De esta forma, quedaría exento del impuesto porque está por debajo del mínimo no imponible.

Características del tributo
El impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre el patrimonio que tiene una persona al 31 de diciembre de cada año. Se declara al año siguiente -en junio de 2020 se declaran los bienes de 2019- y se paga en cinco anticipos anuales. Están comprendidos propiedades, vehículos, inversiones y objetos personales y del hogar, en la Argentina y en el exterior. Quedan excluidos los títulos y bonos emitidos por el Estado y los depósitos en pesos y dólares en cajas de ahorro o plazos fijos. Se debe comenzar a tributar cuando la suma de los bienes declarados excede los $2 millones, unos 31.700 dólares.
Las fuertes devaluaciones del peso en los últimos años hicieron que cada vez más gente, incluso de sectores de clase media, pague este tributo. Cuando se estableció originalmente, en 1991, el monto a partir del cual se pagaba era de USD 100.000, muy por encima de los USD 31.000 actuales.
El impuesto, además, alcanza a los activos de una persona sin tener en cuenta sus deudas. En 2016, a través de la Ley 27.260, el Gobierno de Mauricio Macri había prometido un esquema de disminución progresiva de la alícuota de Bienes Personales y su desaparición a partir de 2019. Lo que finalmente no se cumplió.
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