
Un nuevo relevamiento de la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (UART) dio cuenta de que "por primera vez en la historia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentó un acumulado anual decreciente", en la presentación de juicios por accidentes de trabajo.
En el total país el sondeo determinó una disminución en el mes de octubre de 5% interanual y el acumulado en 10 meses de 2017 aumentó 8 por ciento.

Resalta un informe de la UART que "la Ley Nacional 27.348 de ART sigue mostrando que el camino iniciado está en la dirección correcta. Hubo buenos indicios cuantitativos y cualitativos, en octubre":
* CABA: bajaron las demandas 34%, rige la aplicación plena de la Ley 27.348;
* Provincia de Buenos Aires: subieron 69%, está pendiente la adhesión a la Ley Nacional, que si bien tiene media sanción en Diputados, sigue a la espera de tratamiento en el Senado Provincial. "Todo indica que sería inminente. Pero la espera y la dilación es costosa", destaca la UART;
* Córdoba: bajaron 10%, adhirió a la Ley Nacional el 24 de mayo pasado. Con aplicación plena desde el 15 de septiembre;
* Mendoza: aumentaron 7%, acaba de aprobar la adhesión a Ley Nacional pero aún no está en vigencia;
* Santa Fe: disminuyeron 3%, es la jurisdicción que le sigue a provincia de Buenos Aires en cuanto a la proporción de juicios que concentra, 11,5% del total;
* Resto de las jurisdicciones: se elevaron 5%, todavía no tiene la ley aprobada.

Características de la nueva Ley de ART
Ante este panorama, que muestra una Reforma en transición, la UART considera que "es necesario que las provincias adhieran a la Ley Nacional y que la Justicia acompañe mediante su accionar a fin de sostener en el tiempo las ventajas del sistema en disminución de accidentes y mejoras prestacionales".
La adhesión de las provincias implica:
1) Instaurar el procedimiento administrativo previo en las Comisiones Médicas, para evaluar las dolencias de las personas;
2) La regulación de honorarios de los peritos en función del trabajo realizado y no de un porcentaje del resultado del juicio;
3) La utilización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades (Baremo) prevista en la Ley 27.348, a fin de objetivar el porcentaje de incapacidad correspondiente a cada daño y que todos los que tengan la tarea de dirimir una controversia (en sede judicial o administrativa) utilicen la misma vara para todos los trabajadores.
Resalta la Unión de ART que también es clave que "la Justicia (en sus diferentes instancias) acompañe mediante sus fallos las previsiones de la Ley que tienden a abordar las causas de fondo: que es la disparidad de criterios jurisprudenciales que retroalimenta la conflictividad".
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