París Saint-Germain se metió en su segunda final consecutiva de Champions League luego del empate 1-1 frente al Bayern Múnich en el Allianz Arena, cerrando la eliminatoria con un marcador global de 6-5. El conjunto que dirige Luis Enrique jugará la final contra el Arsenal el próximo 30 de mayo, en Budapest y buscará repetir el título.
El encuentro, que comenzó favorable al PSG luego de un gol de Ousmane Dembélé a los tres minutos de juego, pudo haber tenido un giro en el desarrollo por una acción en la que los jugadores del Bayern Múnich reclamaron un penal por mano de Joao Neves a los 30 minutos del primer tiempo. Todo ocurrió cuando el arquero Matvey Safonov rechazó un disparo hacia el centro del área y, luego de un despeje de Vitinha, el balón impactó en el brazo izquierdo de Neves. El árbitro portugués Joao Pinheiro dejó seguir el partido.
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Desde una lectura estrictamente reglamentaria, la decisión arbitral encuentra sustento técnico. El punto central que hoy deben utilizar tanto los árbitros de campo como el VAR para analizar una posible mano sancionable no pasa únicamente por el contacto, sino por interpretar el contexto biomecánico y la voluntariedad de la acción.
En ese sentido, el primer aspecto que se evalúa es si “la mano busca el balón” o si, por el contrario, “el balón va hacia la mano”. Esa diferencia resulta determinante para establecer si existe una acción sancionable. En la secuencia analizada, el rechazo del jugador del PSG provoca que la pelota impacte en un brazo que acompaña el movimiento natural del cuerpo, sin una acción adicional destinada a interceptarla deliberadamente.
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Allí aparece el segundo criterio clave del reglamento moderno: la posición natural. La IFAB establece que no toda mano constituye infracción y que debe analizarse si la ubicación del brazo es consecuencia lógica del desplazamiento, equilibrio o movimiento corporal del futbolista. En esta acción puntual, el brazo no amplía de manera antinatural el volumen corporal ni ejecuta un gesto autónomo para bloquear la trayectoria del balón.
La revisión también contempla la distancia, la velocidad del rechazo y el tiempo de reacción disponible. El contacto se produce de manera inmediata tras la acción defensiva, con un movimiento corporal coherente y sin evidencia de voluntariedad. Por eso, desde la interpretación técnica, se cumple la premisa reglamentaria que indica que el impacto accidental sobre una mano en posición natural no debe considerarse infracción.
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Bajo esa lógica, tanto la determinación inicial del árbitro como la intervención del VAR resultan consistentes. El videoarbitraje, lejos de corregir cualquier roce automáticamente, interviene únicamente cuando detecta un error claro y manifiesto. En esta situación, las imágenes ratifican que el brazo de Neves acompaña el movimiento corporal y que el rebote termina buscando la mano, no al revés. Por eso, la decisión final de no sancionar penal encuentra respaldo reglamentario y técnico: no hubo intención, no hubo ampliación antinatural del cuerpo y tampoco una acción deliberada para impedir el recorrido del balón.
*El resumen de la clasificación del PSG a la final de la Champions League
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