
La controversia sobre el destino del Sable Corvo del general José de San Martín abrió debates que no terminan. El reciente decreto 81/2026, del presidente Javier Milei, que ordena el traslado de esa pieza fundamental desde el Museo Histórico Nacional (MHN) al Regimiento de Granaderos, generó resistencia en el ámbito cultural y se suman voces a la discusión. Después de que la jueza Macarena Marra Giménez rechazara el pedido de los descendientes de Juan Nepomuceno Terrero -a quien Rosas se lo dejó tras recibirlo del Libertador-, ahora Araceli Bellota, exdirectora del Museo, se presentó como Amicus Curiae, una figura que permite a terceros aportar argumentos en un juicio.
Araceli Bellota estuvo al frente del Museo Histórico Nacional entre 2013 y 2015, en el segundo gobierno de Cristina Kirchner. Dirigía la institución cuando, el 24 de mayo de 2015, el sable volvió a esa casona de San Telmo, tras pasar 48 años en Granaderos. Hoy es directora Provincial de Patrimonio Cultural en el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires que preside Florencia Saintout.
Su opinión es contudente: “El Sable corvo debe permanecer en el Museo Histórico Nacional. No existe razón técnica, de seguridad o jurídica que justifique su retiro de la sala que fue preparada con vidrios antibalas, sensores y guardia permanente de granaderos para recibirlo”, escribió. Lo dice desde el lugar de quien dispuso y montó esas medidas de seguridad.
La exidirectora advierte que esta medida constituye un retroceso en la protección de los derechos culturales y una violación al régimen legal que tutela los bienes históricos, según el documento judicial presentado, al que accedió Infobae.

Bellotta sostiene que el cambio de sede implicaría un acto regresivo que priva a miles de ciudadanos del “derecho colectivo de acceso a la cultura y la memoria histórica”. En uno de los pasajes centrales de su presentación, subraya: “No existe ‘necesidad imperiosa’ que justifique que el sable deje de ser visto por miles de personas anualmente en el MHN. La regresividad es palmaria: se pasa de un sistema de máxima exposición y máxima seguridad a un sistema de exposición restringida y opacidad administrativa.” La argumentación enfatiza la obligación constitucional del Estado de garantizar el acceso efectivo y progresivo a la cultura, respaldada tanto por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como por tratados internacionales de derechos humanos.
El Sable corvo está resguardado hoy en el Museo Histórico Nacional mediante dispositivos de seguridad de alta tecnología: vitrina blindada con vidrios antibalas RB2 en sus cuatro laterales y techo, doble custodia compartida entre el Regimiento de Granaderos a Caballo y la dirección del museo, sensores infrarrojos de movimiento, monitoreo digital con cámaras de visión nocturna y presencia permanente de granaderos, según detalla Bellotta.

La llegada a él, atravesando un pasillo oscuro, es emocionante y, sin duda, la es la pieza más relevante de la institución. La presentación describe que desde 2015, luego de una inversión pública destinada a crear condiciones museográficas de excelencia, el sable se incorporó como eje central de una muestra histórica accesible de forma universal y libre a la ciudadanía. “Accesibilidad universal: se garantizó que cualquier ciudadano, sin necesidad de permisos especiales ni de ingresar a una unidad militar, pudiera acceder de forma gratuita y libre a la contemplación del sable,” precisa el memorial. Estas condiciones, asegura, superan largamente los estándares de depósito anteriores.
El trayecto del sable, descrito minuciosamente en el documento, destaca la carga simbólica e histórica de la pieza. En su testamento de 1844, San Martín dispuso: “El Sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud, le será entregado al General de la República Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de satisfacción, que, como Argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretensiones de los Extranjeros que tratan de humillarla.” Posteriormente, Rosas legó el sable a su amigo Juan Nepomuceno Terrero y, en 1896, su familia donó la pieza al Estado argentino, con la condición implícita de que permaneciera al alcance del pueblo en el MHN.
Un paso que faltó
De acuerdo con la presentación, la protección legal del patrimonio histórico argentino se asienta en la Ley 12.665, que crea la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos como organismo técnico con atribuciones exclusivas para la custodia y preservación de objetos emblemáticos. Bellotta denuncia que el decreto de traslado fue dictado sin la intervención “previa y vinculante” de esta comisión, en abierta infracción a los artículos 1º y 3º de la ley. Resalta: “La omisión de este dictamen previo y vinculante torna al Decreto Nº 81/2026 en un acto administrativo nulo, de nulidad absoluta e insanable, por carecer de uno de los elementos esenciales: el procedimiento regular previsto por la ley.” A esto se suma la obligación del Estado, derivada de tratados internacionales ratificados por la Argentina, de no reducir el estándar de derechos culturales alcanzados, salvo causas extraordinarias debidamente justificadas y sometidas a control judicial.

Durante su gestión, Bellotta lideró la adecuación técnica que permitió el regreso del sable al MHN tras décadas de depósito en dependencias militares, situación que respondía a un decreto dictatorial de 1967. En 2013, previo al retorno, se diseñó e inauguró la muestra permanente “San Martín de puño y letra”, integrando la pieza en una narrativa pedagógica dirigida a estudiantes y público general.
La intervención sostiene que el Poder Ejecutivo no puede alterar por decreto el destino legal y natural de una pieza histórica cuya protección descansa en una cadena de donaciones y en la legislación vigente. Advierte que el traspaso contraviene además compromisos internacionales asumidos en la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural y principios como el “Standstill”, que impiden retroceder en el rango de efectividad de los derechos fundamentales.
Por último, Bellotta solicita a la jueza interviniente ser admitida como Amicus Curiae, que se incorpore la totalidad de sus argumentos al expediente y, fundamentalmente, que se garantice la permanencia del Sable Corvo en el Museo Histórico Nacional bajo las estrictas condiciones de seguridad y exhibición ya implementadas.
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