
Alrededor de las 10:30 de la mañana del miércoles pasado,en la Asociación Amigos del Museo Nacional de Bellas Artes, Pablo Avelluto tomó el micrófono y explicó la importancia de la modificación de la Ley 22.633 de circulación internacional de obras de arte, que acaba de realizarse a partir de un DNU. "Con esto podemos resolver problemas, esa es nuestra visión de gobernar: resolver problemas o anticiparse", dijo el ministro de Cultura de la Nación, en referencia a la "maraña de trámites tan poco transparentes" que persistía en el mundo del arte. "Muchos nos decían '¿dónde está el truco?'. No me sorprendió porque venimos de años de desconfianza en la gestión pública", agregó.
¿De qué se trata concretamente esta modificación? Antes, en la tramitación y papelerío que un artista, galerista o turista debe hacer a la hora de sacar del país obras de arte, el organismo responsable era la Aduana y, desde iniciado el trámite, debían pasar 72 horas. Lo cual volvía todo demasiado burocrático. Es un reclamo que los diferentes sectores del mercado del arte venían realizando hace años. ¿Cómo es, entonces, ahora?
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Cuando se trata de obras de artistas nacionales e internacionales, vivos o fallecidos hasta hace 50 años, se realiza un aviso de exportación. Esto es un trámite por vía electrónica a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD: www.tramitesadistancia.gob.ar) o por la web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar). Sencillo y rápido, se cargan datos para que todo se acelere.
El aviso de exportación tiene el valor de Declaración Jurada y lo que emite la web ya es válido para presentarlo al momento de salir del país. Se puede hacer como encomienda o como equipaje. En la segunda opción, si es acompañado, el límite es hasta quince obras.
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Cuando se trata de obras de artistas nacionales e internacionales fallecidos hace más de 50 años, anónimos y desconocidos, lo que se hace es una licencia. Como el aviso, tiene validez de un año a partir de su emisión. El trámite es prácticamente el mismo —las mismas vías— pero demora 48 horas para que, en el caso de que lo requiera, el Ministerio de Cultura de la Nación pueda hacer cualquier observación. Si no la hay, se puede dar salida. Si la hay, en el caso de que sea formal, puede ser rápidamente subsanada.

Tanto el aviso comoo la licencia de exportación se pueden realizar con anterioridad a la venta de la obra. Luego, una vez vendida, se deben informar en el sistema los datos del comprador para que sea expedida a su nombre.
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Mientras los funcionarios explican los pormenores de la nueva reglamentación, artistas, galeristas y periodistas levantan la mano y preguntan. Muchos relatan experiencias personales embarazosas donde la burocracia nunca dejaba de poner, como suele decirse, palos en la rueda. Preguntas y preguntas. Los funcionarios despejan sus dudas y aclaran que ahora, con esta nueva modalidad y el proyecto de ley que preparan junto al senador Esteban Bullrich (ya está en marcha y pronto llegará al Congreso) todo será más fácil, veloz y transparente.

"Son todas ideas de ustedes que hemos tomado y las hemos puesto en el DNU", dice Claudia Cabouli, directora nacional de Bienes y Sitios Culturales del Ministerio de Cultura; mientras que a su lado, Pedro Inchauspe, secretario de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción de la Nación, asegura que "se está trabajando en cambiar el paradigma y dar paso a la desburocratización".
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Luego de casi dos horas de diálogo, todos salen del auditorio con la sensación de que ahora, luego de tantos años de espera, los bienes culturales circularán de una mejor manera. Para el Gobierno, desburocratizar es la tarea. Los actores del mercado del arte esperan que así sea.
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