
La Asamblea Legislativa de Costa Rica anunció que el próximo lunes 3 de agosto presentará una querella por prevaricato contra cuatro magistrados de la Sala Constitucional, acusándolos de excederse en sus atribuciones al prorrogar los nombramientos de magistrados suplentes cuyo periodo concluyó en diciembre de 2025.
La denuncia estará dirigida contra Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Ingrid Hess Herrera y Jorge Araya García, quienes, según la acusación, dictaron una resolución contraria a la ley y vulneraron la división de poderes.
La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, sostuvo que la medida judicial adoptada por los magistrados constituye una violación al artículo 158 de la Constitución Política de Costa Rica, que señala que los magistrados deben ser elegidos por un periodo de ocho años y que la potestad de nombramiento recae exclusivamente en el Poder Legislativo.
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La querella, que será presentada ante la Secretaría de la Corte Plena, busca que se investiguen las responsabilidades penales y disciplinarias de los magistrados señalados. Además, la presidenta de la Asamblea Legislativa advirtió que el proceso judicial pretende restituir el equilibrio institucional y reafirmar la autoridad de la Asamblea en el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Contexto de la crisis institucional
El conflicto institucional surgió tras una resolución de la Sala Constitucional (Sala Cuarta), que decidió prorrogar en sus cargos a magistrados suplentes cuyo mandato había finalizado el 16 de diciembre de 2025.
La decisión fue calificada como “ilegal e inconstitucional” por la presidenta de la República, Laura Fernández, quien consideró el acto como “un golpe de Estado de un sector del Poder Judicial contra la Asamblea Legislativa”. Fernández argumentó que la Sala Constitucional ha asumido facultades que la Constitución y los tratados internacionales no le otorgan.
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Según el Ejecutivo, la resolución vulnera diversos artículos constitucionales, incluyendo el 9, 11, 121 (incisos 3 y 20), 154, 157, 158 y 164. El artículo 164, citado por la presidenta, establece que solo la ley puede fijar el periodo y las condiciones de los magistrados propietarios y suplentes, en tanto que el artículo 121 otorga al Legislativo la competencia exclusiva para el nombramiento y destitución de magistrados.
Por lo que, el el jefe de fracción oficialista, Nogui Acosta, respaldó la postura del Ejecutivo y señaló que la decisión judicial fractura el Estado de derecho.
Repercusiones y división de poderes
La controversia ha reavivado el debate sobre la separación de poderes en Costa Rica. La Constitución Política define que la Asamblea Legislativa es la única instancia con autoridad para designar y remover magistrados de la Corte Suprema de Justicia. La prórroga decidida por la Sala Constitucional ha generado críticas desde distintos sectores políticos y jurídicos, que advierten sobre el riesgo de un precedente que pueda debilitar la estructura democrática y los equilibrios institucionales.
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El Poder Ejecutivo y la Asamblea Legislativa han insistido en que el fallo de la Sala Constitucional transgrede los límites legales y afecta la legitimidad del sistema democrático. En declaraciones reproducidas por La Nación, la presidenta Fernández subrayó que la independencia de poderes resulta indispensable para garantizar la estabilidad democrática, y que cualquier extralimitación judicial pone en peligro ese fundamento.
De acuerdo con analistas consultados por La Nación, la disputa refleja tensiones acumuladas en la relación entre el Poder Judicial, el Ejecutivo y el Legislativo, en un contexto donde la confianza ciudadana en las instituciones enfrenta desafíos significativos. La agudización de este conflicto institucional ocurre en un momento en que la imagen del Poder Judicial ya estaba bajo escrutinio público.
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