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Un exfuncionario de la Caja Costarricense de Seguro Social es condenado a arresto domiciliario por cobros indebidos

Investigaciones recientes destapan nuevos procedimientos judiciales vinculados a irregularidades dentro de oficinas de la seguridad social y el uso inapropiado de recursos públicos en el país centroamericano.

Exfuncionario de la Caja Costarricense de Seguro Social es condenado a cuatro años de arresto domiciliario y nueve de inhabilitación por concusión./(Caja Costarricense de Seguro Social)
Exfuncionario de la Caja Costarricense de Seguro Social es condenado a cuatro años de arresto domiciliario y nueve de inhabilitación por concusión./(Caja Costarricense de Seguro Social)
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Un exfuncionario de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) fue sentenciado a cuatro años de arresto domiciliario, con monitoreo electrónico, y a nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, tras comprobarse que cobró sumas indebidas para gestionar trámites de seguros estatales que debían ser gratuitos. El Ministerio Público de Costa Rica informó que el hombre, identificado con los apellidos Prendas Cubero, aceptó los cargos presentados en su contra por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.

Según los reportes de Diario Extra y Teletica, los hechos ocurrieron entre julio de 2023 y agosto de 2024, periodo durante el cual el funcionario laboraba en la Oficina de Validación de Derechos del área de Salud de Cartago. Durante ese tiempo, solicitó a diversas personas montos que iban desde ₡19,000 (41.72 dólares) hasta ₡80,000 (175.90 dólares) para gestionar seguros del Estado, a pesar de que el trámite debía ser gratuito. De acuerdo con la sentencia, Prendas Cubero recibió un total de ₡168.000 (369.58 dólares) por estas gestiones.

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La resolución, dictada por el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública el pasado 30 de abril, incluyó también la orden de pagar ₡10.824.000 ($23.717,55) por daño social, económico y moral, suma que será destinada al Estado y a una de las personas afectadas. El Ministerio Público confirmó que la investigación se sustentó en pruebas documentales y testimoniales que evidenciaron el cobro indebido, lo que llevó al imputado a aceptar su responsabilidad y permitir un proceso abreviado.

La investigación se sustentó en pruebas documentales y testimonios que demostraron el abuso de cargo y el cobro indebido por parte del funcionario público./(Caja Costarricense de Seguro Social)
La investigación se sustentó en pruebas documentales y testimonios que demostraron el abuso de cargo y el cobro indebido por parte del funcionario público./(Caja Costarricense de Seguro Social)

La Fiscalía destacó que el delito de concusión se configura cuando un funcionario público, abusando de su cargo, exige o induce a otra persona a entregar un bien o beneficio patrimonial de manera indebida. Este tipo de conductas afecta directamente la confianza en las instituciones estatales y atenta contra los principios de transparencia y probidad.

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El caso de Prendas Cubero se suma a otros procesos de alto perfil por concusión en Costa Rica. En abril de 2025, la Fiscalía General presentó una acusación formal contra otros exfuncionarios por el uso indebido de fondos públicos y la aplicación de procedimientos especiales para juzgar a miembros de los supremos poderes en el país.

El delito de concusión está tipificado en el artículo 355 del Código Penal costarricense y conlleva penas de prisión de dos a ocho años, así como la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Según explicó la Fiscalía General en declaraciones recogidas por La Estrella de Panamá, este delito busca proteger los deberes de la función pública y sanciona cualquier ventaja patrimonial obtenida a través del abuso de autoridad.

Primer plano de un ejecutivo en traje oscuro firmando un documento, con fajos de billetes de dólares en una bandeja y sobre el escritorio, y un maletín abierto con más dinero al lado.
El delito de concusión está previsto en el artículo 355 del Código Penal costarricense y sanciona al funcionario que exige beneficios patrimoniales ilegítimos. /(Imagen Ilustrativa Infobae)

El caso de la CCSS muestra el impacto directo que estas conductas tienen en la ciudadanía. La sentencia dictada establece no solo la responsabilidad penal, sino también la obligación de reparar el daño ocasionado. Según la Fiscalía de Costa Rica “el pago de ₡10.824.000 (servirá) como reparación por daños sociales, económicos y morales”.

“Este monto será destinado al Estado y a una de las personas afectadas, conforme a las gestiones realizadas por la Oficina de Defensa Civil de la Víctima y la Procuraduría General de la República”, añadió la Fiscalía costarricense.

La aplicación de sanciones efectivas en este tipo de delitos es considerada por las autoridades judiciales como un paso fundamental para proteger la integridad del servicio público y desalentar prácticas que vulneran la confianza institucional.

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