
Dos policías de Cali quedaron presos por orden de un juez de control de garantías, tras una investigación de la Fiscalía General de la Nación por una presunta exigencia de dinero a un ciudadano.
El subintendente Cristian Fernando Mosquera Rentería y la patrullera Diana Marcela Castro Reina son procesados por concusión y falsedad ideológica en documento público.
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El ente investigador sostiene que habrían pedido $5 millones para no ejecutar una orden de captura relacionada con una investigación por receptación.
La medida de aseguramiento ordenada por el juez implica que ambos uniformados permanecerán en un centro carcelario mientras avanza el proceso judicial. La decisión se adoptó después de que la Fiscalía presentara los elementos reunidos durante la investigación.

La investigación sostiene que, después de recibir el pago, los agentes habrían incorporado información falsa en documentos oficiales.
Según el ente investigador, los uniformados intimidaron al ciudadano con la posibilidad de ejecutar el procedimiento de captura. La exigencia económica habría sido planteada como condición para detener esa actuación.
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El expediente también indica que el vehículo relacionado con el caso ya había sido retenido legalmente el 3 de mayo de 2025. Pese a ello, los dos investigados habrían elaborado informes en los que señalaron que el automotor fue encontrado abandonado.
Para la Fiscalía, esa versión no correspondía con lo ocurrido durante el procedimiento. La captura de los agentes se produjo el 10 de septiembre en la estación de Policía Los Mangos, situada en el oriente de Cali.

La operación estuvo a cargo de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional. Las labores de inteligencia de la Dijín permitieron reunir elementos que derivaron en la detención de los uniformados.
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Durante las audiencias, un fiscal de la Seccional Cali formuló la imputación contra los uniformados. La acusación se centra en el presunto uso de sus funciones para obtener dinero y respaldar una versión que no coincidiría con las circunstancias de la retención del vehículo.
La concusión es el delito que se atribuye a un servidor público cuando, mediante su cargo o funciones, exige o induce a otra persona a entregar dinero u otra utilidad indebida. En este expediente, la Fiscalía relaciona esa conducta con la supuesta amenaza de hacer efectiva la captura.
La falsedad ideológica en documento público, a su vez, se vincula con el contenido de los informes oficiales. La acusación plantea que los registros habrían incorporado datos que no correspondían con lo sucedido.
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Los elementos conocidos en las audiencias llevaron al juez a imponer la detención preventiva en un establecimiento carcelario. La medida no supone una condena y los dos policías conservarán su condición de procesados mientras se define su responsabilidad penal.

La Fiscalía continuará con las actuaciones para esclarecer cómo se produjeron los hechos investigados. El proceso deberá determinar la participación individual de cada uniformado y establecer si las pruebas permiten sostener las imputaciones ante la justicia.
¿Qué dice la ley colombiana?
El Código Penal castiga los delitos contra la Administración Pública. Entre los que pueden aplicarse a un policía figuran:
- Concusión: cuando el servidor público exige, induce o constriñe a una persona para que entregue o prometa dinero u otra utilidad. Por ejemplo, pedir dinero para evitar un comparendo, un procedimiento o una captura.
- Cohecho propio: cuando recibe dinero o una ventaja para retardar u omitir un acto de su cargo, o para realizar uno contrario a sus deberes.
- Cohecho impropio: cuando acepta una dádiva para ejecutar un acto que sí corresponde a sus funciones.
- Peculado: cuando se apropia, usa indebidamente, pierde o da una destinación distinta a bienes o recursos públicos bajo su administración o custodia.
- Tráfico de influencias de servidor público: cuando usa indebidamente la influencia derivada de su cargo para obtener un beneficio.
- Prevaricato: cuando profiere una decisión u orden manifiestamente contraria a la ley, o cuando omite o retrasa un acto que debía realizar.
Estas conductas pueden conllevar prisión, multa e inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas. Las penas varían según el tipo penal, la cuantía, el daño causado, la modalidad de la conducta y otros agravantes previstos por la ley. El proceso penal corresponde a la Fiscalía General de la Nación y a los jueces penales; una denuncia no equivale a una condena, que exige debido proceso y prueba.
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