
La alocución del presidente de Colombia Abelardo de la Espriella, emitida en la noche del 30 de agosto de 2026, ha generado diferentes reacciones en el país, especialmente con sus disculpas públicas por el acto religioso que se realizó durante su posesión en Cali.
En una extensa intervención, el mandatario colombiano dio respuesta al fallo emitido por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, que determinó que esa ceremonia vulneró la neutralidad religiosa y el carácter laico del Estado colombiano.
Aunque el jefe de Estado reiteró su disposición para proteger la libertad religiosa de todos los ciudadanos, sectores opositores señalaron que en la parte final de su mensaje hizo una nueva alusión directa a su fe.
PUBLICIDAD
“Si este acto pudo generar incomodidad o si ofendió a alguna persona, en mi condición de jefe de Estado ofrezco excusas por ello (...) Le quiero decir al pueblo colombiano que su presidente hoy más que nunca está firme por la patria y que viva Cristo Rey. Que Dios bendiga a Colombia”, fue la declaración del presidente De la Espriella.
Daniel Briceño, representante a la Cámara del Centro Democrático, salió en respaldo de las declaraciones del mandatario colombiano, en donde cuestionó varias críticas emitidas desde la oposición.
El congresista, en su cuenta de X, recordó varios actos que se presentaron en la administración de Gustavo Petro y que generaron repudio en la ciudadanía nacional, entre ellos, se destaca la exaltación a las banderas del extinto movimiento guerrillero M-19.
PUBLICIDAD
“Les pido perdón por ser creyente … porque hoy en Colombia es más grave orar que ondear la bandera de un grupo criminal como el M- 19 en plaza pública”, escribió el parlamentario bogotano.

Crítica hacia Daniel Briceño
Sin embargo, la respuesta de Briceño también generó repercusión en la opinión publica. Uno de ellos fue el abogado Alejandro Carranza, reconocido por ser el representante jurídico del expresidente Gustavo Petro, quien rechazó la postura del congresista bogotano frente a las declaraciones de De la Espriella.
En su respuesta, el jurista sostuvo que Briceño estaría desconociendo varios aspectos que ha deliberado la Corte Constitucional en materia de la libertad religiosa y de culto, por lo que la expresión de De la Espriella, para Carranza, va más allá de emitir su devoción en particular.
PUBLICIDAD
“Hola Daniel, permítame le enseño un poco de derecho constitucional: nadie le está prohibiendo creer ni orar. Está confundiendo libertad religiosa con ejercicio del poder público”, respondió.
De igual manera, el abogado cita dos decisiones de la Corte Constitucional. La primera, la sentencia T-247 de 2026, en la que estableció que los servidores públicos conservan su libertad de conciencia, pero que al ejercer sus funciones “no les está permitido vincular sus manifestaciones de fea la institución que representan”.

La segunda, la C-088 de 2022, que fijó que el Estado no puede “realizar actos oficiales de adhesión”, aunque sean simbólicos, a una creencia, religión o iglesia.
PUBLICIDAD
En ese sentido, Alejandro Carranza remarcó el motivo por el que Abelardo de la Espriella no estaría cumpliendo con lo estipulado en la Carta Magna, en referencia a la libertad de culto y religión.
“Así que nadie cuestiona que usted o el Presidente oren, si es que lo hacen. Lo constitucionalmente problemático es utilizar al Congreso, en una sesión oficial o la investidura presidencial para hacer de esa fe una manifestación institucional”, manifestó.
Por último, el abogado señaló: “Esa es la diferencia entre perseguir una religión y vivir en un Estado laico, un Estado Social de Derecho, una Republica que proteja la libertad y la diversidad”.
PUBLICIDAD
Hasta el momento, el representante a la Cámara no ha emitido ninguna respuesta al abogado Alejandro Carranza.
La sentencia que originó la discusión surgió por una tutela presentada por Omar Alberto Franco Becerra. El ciudadano denunció que el acto religioso incluido en la ceremonia de posesión presidencial, celebrada el 7 de agosto de 2026 en la Arena USC de Cali, vulneró sus derechos fundamentales a la libertad de culto y de conciencia.
La orden judicial iba más allá de una disculpa. Según el fallo del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, también debía haber una transmisión obligatoria en radio y televisión nacional antes del 30 de septiembre y una directiva presidencial para prohibir y restringir expresiones religiosas en actos públicos institucionales de todos los funcionarios del Estado.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Yaya Muñoz reveló cuánto dinero gana como panelista en ‘Dímelo King’ con solo una hora de trabajo al día y los regalos más costosos que ha recibido: dos carros y un Rólex
La creadora de contenido y exparticipante de ‘La casa de los famosos Colombia’ habló de su presente en el formato digital y contó que cumple reuniones previas con el equipo antes de cada transmisión

Nuevas cifras de desempleo en Colombia: bajó en comparación con julio de 2025, según el Dane
La cifra registrada en 2025 fue de 8,8%, lo que representó una disminución de 0,7 puntos, según el Dane

Incendios forestales en Colombia, hoy 31 de agosto, EN VIVO: hay 6 incendios activos en tres departamentos
La Unidad Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres (Ungrd) mencionó que se han controlado 12 focos de incendio en el departamento del Tolima

Comienzan los desembolsos de subsidios para familias afectadas por el terremoto en Cali: esta es la suma que recibirán, según el alcalde Alejandro Eder
El alcalde afirmó que la ayuda, equivalente al 70% de un salario mínimo, beneficiará inicialmente a quienes reportaron daños en sus viviendas y estén bancarizados o utilicen SuperGiros

Cayó alias Hermes en Colombia, el hombre buscado por las autoridades de Luxemburgo está señalado de enviar toneladas de coca a Europa
El hombre, de 46 años, es señalado como articulador de cargamentos de cocaína desde Colombia hacia territorio europeo




