
La magistrada Paola Meneses propondría devolver por segunda vez al Congreso de la República la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, suspendida desde junio de 2025, porque la corrección ordenada por la Corte Constitucional no habría subsanado los vicios de trámite y eso mantiene en suspenso una norma que afectaría el ahorro pensional de 25 millones de colombianos.
Si la ley queda en firme, los cotizantes aportarían hasta 2,3 salarios mínimos a Colpensiones y el excedente iría a los fondos privados de su elección. Ese rediseño del sistema quedó frenado después de que el máximo órgano de la Rama Judicial encontrara un vicio en el cuarto y último debate en la Cámara de Representantes.
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La nueva ponencia de la presidenta de la Corte sostiene que en las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio de 2025 tampoco hubo la “debida deliberación” que exigía el tribunal para corregir la falla. La razón central es que la plenaria no debatió el articulado y se concentró en votar una proposición para acoger el texto aprobado por el Senado, según El Tiempo.
La Corte cuestiona que la Cámara reemplazara el debate por una proposición
La reforma ya había sido devuelta una vez a la Cámara porque, en la revisión inicial, la Corte concluyó que la ley fue “pupitreada” en su último debate. Esa fue la base de la suspensión de su entrada en vigencia y del primer retorno del proyecto al órgano legislativo para remediar el defecto procedimental.
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El nuevo reparo apunta a lo ocurrido cuando el Gobierno nacional convocó sesiones extraordinarias con base en el comunicado de la decisión, antes de que se conociera la sustentación completa, que semanas después quedó consignada en el auto 841. En ese documento, el alto tribunal dejó expresamente dicho que no bastaba con discutir y aprobar una proposición que acogiera el texto del Senado, sino que era necesario tramitar el debate del articulado.

El auto citado por el diario afirma: “La sola aprobación de una proposición que sustituye el articulado en discusión por otro ya aprobado en otra etapa o instancia del trámite, sin mediar la posibilidad de un debate sobre su contenido ni la consideración de las proposiciones presentadas por los congresistas, constituye una omisión incompatible con el principio democrático”.
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El mismo documento añade: “La aprobación de una proposición que acoja el texto previamente aprobado por otra célula legislativa, no puede entenderse como un mecanismo de suplantación del debate, ni como una forma de trasplante automático del juicio deliberativo realizado en otra instancia”.
La reforma vuelve a una Cámara distinta de la que la aprobó

El expediente de la reforma ha tenido un recorrido accidentado en la Corte Constitucional. Primero estuvo a cargo del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, pero pasó al despacho de Paola Meneses después de que prosperara un impedimento en su contra.
La primera ponencia de Ibáñez proponía tumbar toda la ley. Antes de que la documentación cambiara de manos, el magistrado advertía una cadena de irregularidades en el trámite legislativo durante las sesiones extraordinarias, entre ellas dudas sobre el cuórum decisorio con el que se aprobó el orden del día y posibles fallas procedimentales en la convocatoria de la Cámara.
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Meneses, de acuerdo con la publicación, se inclinó por devolver la iniciativa al Congreso para que surtiera correctamente su trámite. Pero como la Corte esperó hasta el cambio de Gobierno para discutir el proyecto de auto, la reforma vuelve a una Cámara en la que las mayorías ya no aseguran de antemano su aprobación.
Cabe señalar que hoy existe una mayoría oficialista, algo que, según ese reporte, quedó evidenciado con la aprobación del traslado del Congreso a Cali, Valle del Cauca, para la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella. Aun así, el proyecto tendría que volver a ponerse a prueba políticamente para medir si conserva los votos necesarios.
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