
El Juzgado Civil del Circuito de Aguadas, Caldas, confirmó en segunda instancia el arresto de Jorge Iván Ospina y de Luis Carlos Velandia Cortés por desacatar una tutela que ordenaba garantizar la atención integral de un menor con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita, una decisión que deja en firme una sanción de tres días de privación de la libertad y una multa de 434 UVB para cada funcionario.
La ratificación judicial se conoció el mismo día en que la Corte Suprema de Justicia ordenó que el interventor de Nueva EPS, la Superintendencia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud y la Presidencia presenten en 60 días un plan de acción para cumplir gradualmente las tutelas incumplidas de la entidad, con prioridad para pacientes en riesgo grave e inminente.
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Así mismo, la sanción económica representa una multa de alrededor de $5.255.740 para cada uno. El juzgado concluyó que ambos responsables incumplieron la orden pese a los múltiples requerimientos hechos durante el trámite.
El fallo ratificó la decisión emitida el 23 de junio por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Aguadas, que declaró en desacato al agente interventor de Nueva EPS, Jorge Iván Ospina Gómez, y al gerente regional Centro Occidente encargado, Luis Carlos Velandia Cortés.
El caso se remonta a febrero de 2023, cuando un juez concedió una tutela para proteger los derechos fundamentales a la salud, la seguridad social y la vida digna de un menor. Esa decisión ordenó a la Nueva EPS garantizar un tratamiento integral de acuerdo con sus necesidades clínicas.
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La orden incluía consultas con especialistas, procedimientos, terapias, medicamentos y exámenes médicos, tanto dentro como fuera del Plan de Beneficios en Salud. El niño había sido diagnosticado con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita.
En abril de 2026, la madre del menor promovió un incidente de desacato al denunciar que la entidad seguía sin autorizar ni materializar varios servicios prescritos. Entre ellos mencionó controles por infectología, neurocirugía, neurología pediátrica, psicología, fonoaudiología y una tomografía de cráneo.
Durante ese trámite, el despacho judicial pidió en varias oportunidades a Ospina y a Velandia que acreditaran el cumplimiento de la tutela o explicaran las razones del incumplimiento. Según el expediente, guardaron silencio y no demostraron gestiones para asegurar la atención del niño.
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Al revisar el caso en grado de consulta, la jueza María Magdalena Gómez Zuluaga concluyó que existió un incumplimiento injustificado de la orden y que los responsables actuaron con negligencia. La decisión señala que esa omisión afectó los derechos fundamentales del menor a la salud, la vida y la dignidad.
La jueza también advirtió que la sanción no exime a los funcionarios de cumplir de inmediato la tutela. Si el desacato persiste, podrán imponerse nuevas medidas hasta que se garantice la atención ordenada por la justicia.
Ospina suma una segunda sanción como interventor de la entidad

El también exalcalde de Cali Jorge Iván Ospina fue designado agente especial interventor de Nueva EPS por la Superintendencia Nacional de Salud el 13 de abril de 2026. La orden confirmada en Aguadas es la segunda sanción de arresto que recibe en poco más de tres meses en el cargo.
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La primera se produjo el 29 de abril, cuando el Juzgado 25 Penal con Funciones de Conocimiento de Bogotá le impuso cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos por desacatar un fallo de tutela del 16 de diciembre de 2025, en un caso que puso en riesgo la vida de un afiliado.
Su antecesor también había recibido una sanción similar. En febrero de 2026, el Juzgado 27 Penal del Circuito de Medellín ordenó 48 horas de arresto para el entonces interventor Luis Óscar Galves Mateus y para el gerente regional noroccidente Carlos Andrés Vasco por no practicar a tiempo el cambio de marcapasos a Blanca Uribe, una paciente de 92 años que llevaba más de 45 días hospitalizada en Envigado, Antioquia.
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La confirmación de la sanción contra Ospina ocurrió en medio de una crisis de cumplimiento de tutelas que ya llegó al alto tribunal. En esa sentencia, la Corte calificó la situación de la aseguradora como una falla estructural.
La Nueva EPS está bajo intervención forzosa de la Supersalud desde el 3 de abril de 2024. Según la resolución que ordenó esa medida, la entidad llegó a registrar una tasa de cumplimiento del 0% en la gestión de requerimientos judiciales.
El fallo de la Corte también sostuvo que el Estado interventor debe asumir las consecuencias de esa crisis y garantizar los servicios de salud ordenados por los jueces.
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Con la confirmación en segunda instancia del caso de Aguadas, la sanción queda en firme y su ejecución pasa a las autoridades competentes para hacer efectivo el arresto y el cobro de la multa.
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