
La Corte Suprema de Justicia confirmó que ell político Arturo Char deberá enfrentar un juicio por su presunta participación en una red criminal de compra de votos, conocida como la ‘Casa Blanca’, en Barranquilla. Los magistrados desestimaron los argumentos de la defensa y ratificaron que existen evidencias sólidas que vinculan al exsenador con delitos de concierto para delinquir y corrupción al sufragante.
La decisión judicial se apoyó en un extenso expediente que analiza no solo los testimonios de la excongresista Aida Merlano, ya condenada por estos hechos, sino declaraciones de testigos adicionales y material probatorio incautado en la sede política donde, según la investigación, se coordinaban las operaciones ilícitas.
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Según el escrito de acusación revelado por la revista Cambio, la sala explicó que la estructura en cuestión no era una simple alianza electoral, sino una organización con metodología de crimen organizado y mecanismos específicos para manipular los resultados de las elecciones al Congreso de 2018.
La Corte advirtió que el plan criminal habría sido acordado en octubre de 2017, con la participación de varios actores políticos y empresariales. Entre ellos figurarían el propio Arturo Char, su hermano Alejandro Char —actual alcalde de Barranquilla—, el empresario Julio Gerlein y la dirigente política Lilibeth Llinás. El objetivo sería asegurar los escaños de Merlano y Llinás, y la reelección de Char en el Senado.
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En el documento, la Corte precisó que el financiamiento de la operación provenía de recursos aportados por Faisal Jacobo Cure, contratista de la alcaldía, por Julio Gerlein y por fondos atribuidos a Alejandro Char.
“El referido pacto fue financiado fundamentalmente con dineros entregados por Faisal Jacobo Cure, contratista de la alcaldía de Barranquilla (durante el gobierno de Alejandro Char), y con aportes de Julio Gerlein Echeverria, también contratista de la aludida administración, y compañero sentimental de Aida Merlano, al igual que con dineros provenientes del entonces alcalde del referido Distrito Especial, Alejandro Char Chaljub”, cuenta el expediente judicial.
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El centro de operaciones sería la llamada ‘Casa Blanca’, desde donde se habría gestionado la captación de votantes, la administración de los dineros y el control del cumplimiento de los acuerdos con quienes aceptaban vender su voto.
De acuerdo con el fallo, la investigación reveló que el precio de cada voto oscilaba entre 50.000 y 90.000 pesos colombianos, pagados tras comprobarse la participación electoral pactada. Este sistema estructurado permitiría que la compra de votos no fuera un hecho aislado, sino parte de un esquema complejo y coordinado diseñado para alterar los resultados de los comicios.
Detalles de la decisión judicial sobre Arturo Char
La Sala de Instrucción detalló que, ante los recursos interpuestos por la defensa, no se hallaron argumentos suficientes para revocar la acusación. La defensa cuestionó especialmente la credibilidad de Aida Merlano, alegando contradicciones en sus declaraciones y supuestos intereses personales en afectar la imagen de los Char.
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No obstante, los magistrados consideraron que las declaraciones de Merlano estaban respaldadas por otros testigos y por pruebas adicionales, como videos y documentación incautada durante los operativos. La Corte enfatizó que la investigación no dependía exclusivamente del testimonio de Merlano; la decisión se apoyó en un análisis integral de múltiples fuentes probatorias.

La Corte concluyó que existía un colectivo criminal de gran entidad, en el que Arturo Char —por su posición social y política— habría mantenido contacto y coordinación directa solo con los integrantes de su entorno de confianza, como su hermano Alejandro y el empresario Julio Gerlein. La decisión también consideró relevante la presencia de Char en la sede de campaña en diciembre de 2017, sin que existiera otra explicación plausible para su visita, lo que reforzaba la hipótesis de su implicación.
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“El sentido común indica que, con dos desconocidos para él, como Rafael Antonio Rocha Salcedo o Francisco Rafael Palencia Borrero, Arturo Char no se iba a reunir para concretar un pacto relativo al establecimiento de una especie de fondo económico destinado a la compra de votos, o con el fin de definir aspectos relativos a la financiación de la referida empresa delictiva. Las mismas reglas de la lógica y la experiencia indican ese tipo de asuntos, un personaje como el acá procesado, los desarrolla, como en efecto lo hizo, con personas conocidas, por pertenecer a su mismo entorno social y político, como Julio Gerlein y Faisal Cure, personajes relevantes de la sociedad barranquillera, y con personas de confianza, como su hermano, el alcalde Alejandro Char Chaljub, y en presencia de la amante de este, y beneficiada con el pacto, como lo era Aida Merlano”, señala el fallo revelado por Cambio.
La sala concluyó que, según el estándar probatorio requerido para la acusación, Arturo Char habría hecho parte del grupo investigado y ahora deberá defenderse ante la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema.
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Funcionamiento del entramado y antecedentes del caso
Según la acusación, el esquema operaba desde la sede conocida como ‘Casa Blanca’, donde se dirigían las campañas de Aida Merlano y Lilibeth Llinás. Allí, coordinadores internos se encargaban de organizar la compra de votos, manejar los recursos y verificar el cumplimiento de los acuerdos con los votantes reclutados.
El operativo del 11 de marzo de 2018, en el que las autoridades allanaron la sede, permitió recolectar abundante material probatorio que dio inicio a la investigación formal. Ese hallazgo condujo a la condena de Aida Merlano y Evelyn Díaz, así como a la apertura de procesos contra otros presuntos miembros de la organización, entre ellos Arturo Char.
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Testigos clave, como Rafael Rocha Salcedo, aseguraron ante la justicia que la familia Char habría financiado una parte considerable de la campaña. Otros participantes, como Evelyn Díaz, recordaron presuntos encuentros nocturnos entre Alejandro Char y Merlano en la sede política, y la presencia de Arturo Char en momentos cruciales de la organización.
“No existe una explicación posible en el expediente para una visita de Arturo Char Chaljub en el mes de diciembre de 2017, a la sede política de Aida Merlano, diferente a que este hacia parte del entramado delictivo que desde alii se configuraba, mucho más aún si se repara en que tal como se ha puesto de presente en la acusación, su paso por dicha sede no fue para garantizar o dilucidar con Aida Merlano algún tópico relacionado con la nueva mesa directiva de la Asamblea del Departamento del Atlántico, porque nada había que resolver respecto a dicho tema puntual”, señaló la corte.
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A pesar de que la defensa de Arturo Char sostiene su inocencia y ha cuestionado la imparcialidad de los testimonios presentados, la justicia consideró que los elementos probatorios reunidos justifican el llamado a juicio. El proceso ahora pasa a la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema, donde se determinará la responsabilidad penal del exsenador.
“Arturo Char sí hizo parte de la sociedad investigada, al menos en el estándar probatorio que se requiere para proferir en su contra resolución acusatoria”, concluyó el alto tribunal en su acusación.
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