El proyecto ordena un sistema público interoperable que integre datos administrativos, asistenciales y financieros, con consulta en línea según competencias, y exige en 12 meses un mecanismo de trazabilidad con cadena de bloques - crédito @AnaErazoR/X
La bancada del gobierno saliente radicó el 21 de julio de 2026 una nueva reforma a la salud con 90 artículos, un Fondo Único Público, una Adres fortalecida y nuevas reglas para las EPS, una apuesta con la que busca trasladar al Estado la gestión del riesgo financiero y reorganizar el pago a clínicas, hospitales y proveedores desde el arranque del Congreso para el periodo 2026-2030.
Uno de los cambios más concretos del proyecto es el esquema de pago: las facturas de los prestadores tendrían que presentarse dentro de los ocho días siguientes al servicio y la Adres haría un giro inicial de al menos 85% dentro de 30 días calendario.
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La auditoría posterior quedaría en manos de la Gestora de Salud y Vida correspondiente, con un plazo de 60 días; si no se realiza en ese término, la cuenta se entendería aprobada.
La iniciativa fue presentada ante la Cámara de Representantes con las firmas de 60 congresistas: 22 senadores y 38 representantes. Su impulso principal proviene del Pacto Histórico, aunque también recibió apoyos de la Alianza Verde, el Movimiento Alternativo Indígena y Social y una curul especial afro.
Entre los firmantes aparecen Iván Cepeda, Diana Carolina Corcho, Wilson Arias, Isabel Zuleta y Aída Avella. En el Congreso también estuvo el ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo, que defendió puntos como el giro directo a los prestadores, que las EPS no administren los recursos y la eliminación de la integración vertical.
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El texto propone sustituir la arquitectura actual del Sistema General de Seguridad Social en Salud por un modelo de aseguramiento social definido como protección pública, única, universal, eficiente y solidaria. Bajo esa estructura, el Estado asumiría la gestión del riesgo financiero, mientras las instituciones públicas, privadas y mixtas conservarían las funciones clínicas, operativas y asistenciales.
La participación privada no desaparece. Lo que cambia es la distribución de funciones: la prestación seguiría en manos de clínicas, hospitales y otros actores, pero la administración de los recursos, el pago y el manejo del riesgo financiero quedarían concentrados en entidades públicas.

La Atención Primaria en Salud sería el eje transversal del sistema. El proyecto amplía su alcance a promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación, cuidados paliativos e intervención sobre los determinantes sociales de la salud.
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La operación territorial descansaría en los Centros de Atención Primaria en Salud, los equipos territoriales y las redes integrales e integradas de servicios. El modelo se define como predictivo, preventivo y resolutivo porque usaría información clínica, epidemiológica y territorial para anticipar eventos, reducir la carga de enfermedad y responder de forma integral a las necesidades de la población.
El Ministerio de Salud mantendría la rectoría nacional. Gobernadores y alcaldes ejercerían la dirección sanitaria en sus jurisdicciones y coordinarían las decisiones territoriales con las políticas nacionales.
La reforma también reemplazaría el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad por un Sistema Integrado de Calidad en Salud. Ese nuevo esquema estaría acompañado por una política nacional y un plan decenal de mejoramiento, cuyos resultados tendrían que publicarse.
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La Adres administraría un fondo con tres cuentas y asumiría el giro directo

El cambio financiero central es la creación del Fondo Único Público de Salud, administrado por la Adres, que pasaría a denominarse Administradora de los Recursos del Sistema de Salud. Las cotizaciones seguirían siendo obligatorias para empleadores y personas naturales obligadas a aportar, y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales conservaría la fiscalización, determinación y cobro de esos aportes.
La diferencia estaría en el destino del dinero: los recursos ingresarían a la cuenta de recaudo del nuevo fondo y serían gestionados por la Adres. La entidad asumiría el pago directo de los servicios de mediana y alta complejidad, además del recaudo, la administración, la auditoría, el seguimiento del gasto y la publicación de las transacciones.
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El fondo tendría tres cuentas: una para Atención Primaria en Salud, otra para fortalecer la red pública hospitalaria y una general para las demás obligaciones del sistema. La primera financiaría servicios y medicamentos ambulatorios de los Caps, transporte, dotación de equipos territoriales y atención prehospitalaria; la segunda respaldaría la sostenibilidad de las instituciones públicas y algunos componentes del transporte medicalizado; la tercera cubriría mediana y alta complejidad, medicamentos, prótesis, enfermedades raras, prestaciones económicas, formación del talento humano y otras obligaciones.
La entidad podría mover recursos entre cuentas por necesidades urgentes, pero cada traslado requeriría justificación técnica y financiera, aprobación de su junta directiva y reporte a la Supersalud, la Contraloría y el sistema interoperable. Los recursos con destinación específica no podrían trasladarse.
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La Adres tendría un año para fortalecer su capacidad institucional y asumir plenamente esas responsabilidades. En ese periodo también tendría que publicar transacciones, presentar informes semestrales sobre ejecución de recursos y rendir cuentas ante el futuro Consejo Nacional de Salud.
El proyecto crea un consejo con incidencia en la UPC y un sistema de información en tiempo real

La nueva arquitectura institucional incluye el Consejo Nacional de Salud, adscrito al Ministerio de Salud. Su composición reuniría al Gobierno nacional, autoridades territoriales, trabajadores, profesionales, pacientes, academia, comunidades étnicas, población campesina, víctimas del conflicto, prestadores y futuras Gestoras de Salud y Vida.
Ese consejo sesionaría cuatro veces al año y podría formular recomendaciones sobre políticas sectoriales, funcionamiento del sistema, beneficios, asignación de recursos y valor anual de la UPC. También consolidaría informes territoriales y presentaría al Congreso un balance anual sobre la implementación de la reforma.
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Las decisiones con implicaciones fiscales o efectos sobre la calidad del servicio requerirían concepto favorable de los ministerios de Salud y Hacienda. Los actuales consejos territoriales de seguridad social pasarían a llamarse Consejos Territoriales en Salud.
El proyecto también ordena crear el Sistema Público Unificado e Interoperable de Información en Salud, Spiis, para integrar datos administrativos, asistenciales y financieros. Todos los participantes estarían obligados a reportar información, y las transacciones podrían consultarse en línea y en tiempo real según las competencias de cada institución.
La Contraloría General de la República tendría acceso pleno y en tiempo real a esa información mediante su Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata. El texto además ordena implementar en los 12 meses siguientes un mecanismo de auditoría y trazabilidad con tecnología de cadena de bloques para seguir las operaciones financieras del fondo.
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En materia de usuarios, la figura del defensor del usuario en salud sería fortalecida para tramitar quejas y reclamaciones por barreras en la atención primaria y complementaria. No tendría facultades sancionatorias y no reemplazaría a la Superintendencia Nacional de Salud ni a los jueces.
La financiación incluiría impuestos saludables y más gasto público

Las fuentes del Fondo Único Público incluirían cotizaciones, aportes de solidaridad, recursos del Sistema General de Participaciones, rentas territoriales, contribuciones asociadas al Soat, copagos, transferencias del Presupuesto General de la Nación y rendimientos financieros. El documento destina además el 100% del recaudo de los impuestos a bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados al aseguramiento social en salud.
La segunda medida fiscal plantea ampliar progresivamente los cupos de gasto del Ministerio de Salud en un valor equivalente a un punto porcentual del producto interno bruto entre 2026 y 2032. El proyecto identifica como destinos de esos recursos la Atención Primaria en Salud, la red pública hospitalaria, medicamentos, tecnologías, transporte medicalizado, enfermedades de alto costo, atención a población migrante y emergencias sanitarias.
La metodología de la UPC seguiría en cabeza del Ministerio de Salud, pero tendría que considerar edad, sexo, ubicación geográfica, dispersión poblacional, carga de enfermedad, condiciones epidemiológicas, costos tecnológicos y disponibilidad territorial. Un componente financiaría por oferta la atención primaria y otro cubriría la mediana y alta complejidad con valores ajustados por riesgo y características poblacionales.
La iniciativa también incorpora servicios sociales complementarios para personas con barreras económicas, geográficas o derivadas de discapacidad, incluidos transporte, hospedaje, alimentación, asistencia personal y cuidado. En prestaciones económicas, mantiene compensaciones por maternidad, paternidad e incapacidades y crea un apoyo para mujeres y personas gestantes no cotizantes de los grupos A, B y C del Sisbén: medio salario mínimo durante los tres meses posteriores a un parto viable, con ampliación progresiva hasta cuatro meses.
El proyecto añade créditos blandos para instituciones públicas y privadas con dificultades financieras, destinados a capital de trabajo, pago de obligaciones y procesos de recuperación. También prevé mecanismos de saneamiento con uso temporal de algunos recursos del FOSFEC, saldos de cuentas maestras del régimen subsidiado y excedentes de aportes patronales.
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