
El 17 de julio, la Fiscalía General de la Nación ocupó bienes por más de 45.000 millones de pesos pertenecientes al cantante Charlie Zaa, en un proceso de extinción de dominio por presuntos vínculos con dinero ilícito del paramilitarismo.
Las propiedades intervenidas incluyen el centro comercial El Oasis y el hotel boutique Monasterio Resort en Girardot, además de una discoteca en ese municipio y otra en Ibagué. La acción se registró tras una investigación de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá, que estableció posibles nexos entre estos bienes y recursos ocultos del exjefe paramilitar Diego Martínez Goyeneche, alias Daniel, del Bloque Tolima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
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El expediente señala que los inmuebles fueron adquiridos por terceros para lavar dinero y eludir la reparación a las víctimas. Tras el operativo, se confirmó que Charlie Zaa será investigado, mientras que los bienes quedarán bajo administración estatal mientras se define su destino legal.

Uno de los aspectos que sorprendieron del procedimiento es que las propiedades intervenidas no serán administradas por la Sociedad de Activos Especiales, sino que serán asumidas por Justicia y Paz, la justicia transicional que comenzó a funcionar tras el acuerdo de paz entre el Estado y las AUC.
La explicación de este hecho es que la Fiscalía señaló que la orden de ocupación se tramitó ante la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, no ante un juzgado de extinción de dominio ordinario.
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De hecho, el nombre de Charlie Zaa apareció en una investigación del tribunal transicional cuando en 2024 declararon que el artista había visitado en la cárcel a Diego José Martínez Goyeneche, alias Daniel, jefe del Bloque Tolima de las AUC, para entregarle cuentas de algunos negocios. La Fiscalía sostiene que esos bienes en realidad pertenecerían a “Daniel”, que habría recurrido a terceros para mover dinero e invertir en inmuebles con el fin de ocultar su origen ilícito y evitar que fueran destinados a reparar a las víctimas del conflicto.
Por esa razón, la Fiscalía indicó expresamente que, tras la ocupación por el CTI, los bienes “serán dispuestos al Fondo para la Reparación de las Víctimas”, y no a la SAE.
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Al respecto, en diálogo con Infobae Colombia, el docente jurídico Nicolás Mayorga explicó que cuando un bien viene de la confesión de un postulado de Justicia y Paz, o fue identificado por la Fiscalía dentro de ese proceso especial, la Ley 975 de 2005 ordena que ese bien no se quede en el trámite ordinario que administra la SAE, sino que será puesto a disposición del Fondo para la Reparación de las Víctimas. Esa regla fue introducida por la Ley 1592 de 2012 y fue ajustada por la Ley 1849 de 2017, es decir, la ley le da prioridad a la ruta de reparación a víctimas sobre la ruta ordinaria de extinción de dominio.
¿Qué es Justicia y Paz?

Mayorga recordó que se trata de un mecanismo de justicia transicional para excombatientes de grupos armados ilegales desmovilizados, principalmente de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
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A quienes se acogen a esta ley se les denomina “postulados”. Estos deben confesar sus delitos, aportar verdad y entregar bienes, a cambio de penas alternativas reducidas respecto a las del proceso penal ordinario. La reducción de la pena está condicionada a la reparación económica de las víctimas, usando el patrimonio propio y el de terceros que hayan actuado como testaferros.
Entre 2004 y 2006, las AUC entregaron las armas en desmovilizaciones colectivas, disolviendo 36 estructuras armadas y sumando 30.944 personas desmovilizadas. Ante la imposibilidad de juzgar individualmente todos los delitos graves cometidos, la ley estableció una unidad de la Fiscalía y salas judiciales especializadas para tramitar estos casos. La Unidad Nacional de Fiscalía para la Justicia y la Paz y los tribunales superiores, como el de Bogotá, gestionan estos procesos. La entrega de bienes por parte de los postulados es un requisito permanente y no prescribe, ya que muchos activos solo se identifican años después mediante investigaciones o denuncias. La Ley 975 de 2005 sigue vigente y ha sido reformada, manteniendo la obligación de reparar a las víctimas con el patrimonio de los excombatientes.
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