Aclaran si trabajar por horas en Colombia cambia el pago de la prima, de las cesantías o las vacaciones: así quedó con la Refoma Laboral

Mientras el Gobierno aún debe definir las reglas para aplicar el mecanismo en microempresas y hogares formalizados, surge un debate sobre su impacto real en el empleo parcial y la supervisión estatal

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Con la entrada en vigor de la Reforma Laboral los trabajadores recuperaron varios derechos que habían perdido y se les mejoró el salario - crédito Colprensa

El domingo 12 de julio, la Oficina de Prensa del presidente electo, Abelardo de la Espriella, rechazó versiones sobre una supuesta decisión de reglamentar el trabajo o la cotización por horas en Colombia. Por medio de un comunicado, sostuvo que “esa información es falsa” y precisó que el próximo gobierno no ha tomado ninguna decisión sobre ese asunto.

La misma comunicación indicó que el abogado Charles Chapman “fue apartado hace varios días del equipo de empalme”. También señaló que no está autorizado para hablar en nombre del gobierno entrante.

La oficina agregó que las declaraciones atribuidas de Chapman a Valora Analitik “no representan, bajo ninguna circunstancia, la posición oficial del presidente electo, del Gobierno entrante ni del equipo oficial de empalme”. El pronunciamiento buscó separar el debate jurídico sobre una norma ya aprobada de una eventual decisión política que, según el gobierno electo, no existe.

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Cotización por horas - crédito @defensoresco/X
La oficina de comunicaciones informó que Charles Chapman fue separado del equipo de empalme hace varios días y, por lo tanto, no está autorizado para hablar en nombre del Gobierno electo ni para anunciar decisiones - crédito @defensoresco/X

Chapman respondió con otro comunicado. “En ningún momento asumí la vocería del presidente electo, del Gobierno entrante ni del equipo de empalme”, afirmó. También dijo que “tampoco afirmé que el nuevo Gobierno fuera a expedir un decreto para reglamentar el trabajo por horas”. En el mensaje, defendió la necesidad de transmitir con fidelidad las declaraciones públicas y de mantener la discusión sobre hechos.

No cambia el pago de la prima

En medio de la situación, el abogado Nicolás Yemail, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados, aclaró que la cotización por horas en Colombia no cambia el pago de prima, cesantías, intereses a las cesantías ni vacaciones, y la aplicación de la misma sigue en pausa porque el artículo 34 de la Ley 2466 de 2025 aún no tiene reglamentación. Así las cosas, la norma solo regula aportes a salud y pensión para trabajadores con jornadas parciales en microempresas y hogares formalizados, y no modifica las prestaciones laborales.

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Así las cosas, prima, cesantías, intereses a las cesantías y vacaciones se mantienen y se calculan en proporción a lo trabajado y a lo devengado, siempre que exista contrato de trabajo.

Yemail explicó que la disposición se limita a la seguridad social de trabajadores a tiempo parcial y no altera el régimen de prestaciones laborales. En ese sentido, afirmó que “la prima, las cesantías y sus intereses, y las vacaciones se siguen calculando en proporción a lo trabajado y a lo devengado, sin importar si la jornada es completa o parcial”.

Añadió que el punto de partida sigue siendo la existencia de un vínculo laboral. “Cotizar por horas no limita o restringe a nadie el derecho a estas prestaciones laborales, si de fondo existe un contrato de trabajo”, señaló. La norma se dirige a microempresas y hogares formalizados y, por ahora, solo aborda aportes a salud y pensión. El único frente que sigue sin definición corresponde a algunos componentes del sistema de salud, cuyo funcionamiento dependerá de la reglamentación que expida el Gobierno.

Charles Chapman aclaró que en ningún momento asumí la vocería del presidente electo - crédito Charles Chapman
Charles Chapman aclaró que en ningún momento asumí la vocería del presidente electo - crédito Charles Chapman

Como se recordará, el artículo 34 se aprobó hace más de un año, pero el Ejecutivo saliente todavía no ha fijado las reglas para poner en marcha el mecanismo. Si no lo hace, esa tarea quedará en manos de la administración entrante.

Riesgos para las empresas y la supervisión de la Ugpp

La ley prohíbe usar esta figura para disfrazar como parcial una relación laboral que, en los hechos, corresponde a tiempo completo. Si una empresa incurre en esa práctica, puede enfrentar consecuencias económicas y jurídicas.

Dentro de los riesgos aparece la intervención de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp), que puede exigir el pago de los aportes omitidos. A eso se suman intereses de mora y las sanciones previstas en la legislación.

Asimismo, el trabajador también puede acudir ante un juez para reclamar el reconocimiento de un contrato de tiempo completo, con todas las acreencias laborales derivadas de esa relación. Además, las compañías se exponen a inspecciones del Ministerio del Trabajo y a un posible daño reputacional.

El experto habló del criterio que rige en esos casos con una advertencia central. “En la práctica, lo que cuenta es la realidad del trabajo, no lo que diga el papel”, indicó. Señaló que la Ugpp tendrá vigilancia directa sobre este mecanismo. La función incluye revisar que solo lo utilicen quienes están habilitados, es decir, microempresas y hogares formalizados.

También sigue abierto un punto sobre el alcance sancionatorio del esquema. Aún no está claro si habrá castigos específicos para esta modalidad o si se aplicará el mismo régimen que la Ugpp ya usa en otros aportes, y esa definición depende de la reglamentación pendiente.

Foto de archivo. Empleados de la Compañía Nacional de Chocolates, empresa perteneciente al Grupo Nutresa, trabajan en una planta cerca de Medellín, Colombia, 25 de junio, 2019. REUTERS/Luis Jaime Acosta
Foto de archivo. Empleados de la Compañía Nacional de Chocolates, empresa perteneciente al Grupo Nutresa, trabajan en una planta cerca de Medellín, Colombia, 25 de junio, 2019. REUTERS/Luis Jaime Acosta

Potencial de la medida para formalizar empleo

Nicolás Yemail planteó que el esquema podría abrir una puerta de entrada al sistema para parte del empleo informal que hoy no hace aportes a seguridad social. Según él, permitir pagos parciales, incluso por debajo de un salario mínimo, podría facilitar el ingreso de miles de trabajadores a la protección social.

Dentro de las actividades que podrían usar este mecanismo mencionó:

  • Hoteles.
  • Restaurantes.
  • Bares.
  • Agro.
  • Turismo.
  • Transporte.
  • Droguerías.
  • Farmacias.

Se trata de sectores en los que el trabajo parcial tiene presencia y donde la informalidad ocupa una parte del mercado laboral.

La discusión también se cruza con la reforma pensional, que estudia la Corte Constitucional. La ley contempla reglas de cotización para trabajadores dependientes, contratistas o independientes que laboren a tiempo parcial o perciban ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente. La entrada en vigor de la misma reforma, no obstante, depende de la decisión sobre su constitucionalidad. Por eso, el alcance real de la cotización parcial sigue atado tanto a la reglamentación del artículo 34 como a la definición sobre esa otra norma.

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