La candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, se mantiene. La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá admitió una acción de tutela presentada por el ciudadano Daniel Felipe Villa Duarte en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil, pero rechazó la medida provisional que solicitó.
En la tutela, el accionante pidió que, mientras se hace un estudio de fondo, se deje sin efectos la inscripción de la candidatura del aspirante. “Ordenar al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL que, en el término improrrogable de VEINTICUATRO (24) HORAS contadas a partir de la notificación de esta providencia, SUSPENDA PROVISIONALMENTE los efectos jurídicos de la inscripción de candidatura del ciudadano ABELARDO GABRIEL DE LA ESPRIELLA OTERO para la segunda vuelta presidencial del 21 de junio de 2026″, indicó Villa Duarte en la acción de tutela.
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De igual manera, el accionante planteó una medida provisional subsidiaria, en caso de que el alto tribunal llegara a considerar que la suspensión de la inscripción de la candidatura del aspirante excede sus facultades cautelares. Solicitó que se ordenara al CNE emitir un pronunciamiento “formal, motiva y vinculante” sobre el juramento de naturalización estadounidense prestado por Abelardo de la Espriella.

Pidió que en ese pronunciamiento diera claridad sobre si dicho juramento es o no compatible con el juramento presidencial y con el ejercicio de funciones soberanas. Esto, “con comunicación inmediata del resultado a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Consejo de Estado Sección Quinta, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la Nación”.
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Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá negó las medidas porque debe efectuarse la recolección de más elementos de juicio, para así poder tomar una decisión frente a la petición del accionante. Esto, teniendo en cuenta que hay carencia de razones suficientes para aplicar las medidas
“Conceder el decreto de la medida sería tanto como anticipar el fallo de tutela sin agotar el trámite previsto por el legislador, en el que se deben analizar tanto lo expuesto y acreditado en la demanda de tutela, como los informes y las pruebas que se llegaran a aportar por los accionados, respecto de la situación litigiosa”, indicó.
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Así las cosas, no autorizó la imposición de ninguna de las medidas cautelares, pero admitió la tutela y vinculó a ese proceso al candidato Abelardo de la Espriella, a la Sección Quinta del Consejo de Estado, a la Procuraduría General de la Nación, al Ministerio de Relaciones Exteriores y al movimiento Defensores de la Patria.
El alto tribunal concedió el término máximo de un día para que las personas vinculadas descorran el traslado de la acción de tutela.
Por otro lado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) también tomó una decisión que favorece al aspirante de la derecha. Dejó en firme la candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella para el periodo 2026-2030, al negar una demanda que buscaba revocar su inscripción por su doble nacionalidad.
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“Negar la solicitud de revocatoria de inscripción presentada contra el candidato Abelardo Gabriel de la Espriella, inscrito para participar en la elección de Presidencia y Vicepresidencia de la República de Colombia, periodo 2026-2030, por el Grupo Significativo de Ciudadanos denominado ‘Defensores de la Patria’, con ocasión de las elecciones a celebrarse el 21 de junio de 2026 – segunda vuelta, dentro del expediente identificado con el radicado CNE-E-DG-2026-021536”, se lee en el documento.
La decisión se tomó en la Sala Plena con una votación de 8 a 1 a favor de la ponencia que promovió archivar la solicitud, la cual fue presentada por Robinson Emilio Masso Arias, vicepresidente de la Corporación Coordinadora Nacional de Pensionados y Personas Mayores. El único voto en contra fue de la magistrada Alba Lucía Velásquez, y tres magistrados que respaldaron la ponencia presentaron aclaración de voto.
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